par AARON SEGURA Il y a 1 année
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En la normativa del TPIR se observan algunas normas relativas a la protección de las víctimas (arts. 14, 19 y 21, ETPIR; reglas 69 y 75, RPP)
Victimas
Resulta preocupante el limitado número de víctimas de mujeres y niñas reportados, frente a los extendidos y los graves hechos de violencia sexual que tuvieron lugar durante el genocidio de 1994.
Las limitadas posibilidades normativas de atención hacia las víctimas, tampoco llegaron a aplicarse
Sólo un pequeño número de víctimas fueron individualizadas en los procedimientos
28 niñas, 19 niños, 161 hombres, 50 mujeres y 54 víctimas sin especificación de género
La determinación de las víctimas no fue una de las prioridades del TPIR
Sujeto a:
Una alusión a la compensación (Regla 106, RPP)
Se expresó como posibilidad condicionada a la actuación de las jurisdicciones nacionales
La restitución de sus propiedades a iniciativa de la Fiscalía o de las Salas de Primera Instancia (regla 105, RPP)
Organizaciones internacionales de DDHH atribuyen al FPR entre 25.000 y 45.000 asesinatos de civiles solo en un periodo de tres meses.
Respaldado por
La Comisión de Expertos establecida mediante Resolución 935 (1994).
Presentó en su informe de octubre de 1994 (Comisión de Expertos, 1994c) que las dos partes en el conflicto habían cometido graves infracciones al DIH y Crimenes de Lesa Humanidad
Afirmó la existencia de actos de genocidio contra el grupo tutsi, señaló que no se observaban situaciones similares en relación con el grupo hutu.
Fueron enviados 128.700 detenidos
En promedio, 1.300 terminaron siendo enjuiciadas por los tribunales penales ruandeses, mientras que las restantes fueron sometidas a la justicia comunitaria.
Los casos relativos a personas de rango medio y bajo serían transferidos a las jurisdicciones nacionales.
La limitada estructura del TPIR hizo que junto con la política criminal de selección de casos, tuviera que ponerse en marcha a partir de 2002 una estrategia complementaria de remisión de casos a las jurisdicciones nacionales
La Fiscalía tuvo que diseñar estrategias de selección de casos por el TPIR y de transferencias de casos desde este último hacia las jurisdicciones nacionales (en particular, la ruandesa).
Las primeras acciones de la Fiscalía del TPIR se centraron en conocer los casos que se venían adelantando en otros tribunales nacionales, principalmente en Bélgica y Suiza, y que contaban con personas capturadas
Excesiva Humanización de la Guerra
La violencia sexual aparece como una de las temáticas objeto de priorización
Seguridad
Se producía al mismo tiempo que el propio Consejo de Seguridad reflexionaba sobre la finalización de los trabajos del tribunal.
Lejania
Las estructuras de impulso (la Fiscalía) y de cierre del tribunal (la Sala de Apelaciones), se encontraban en sitios distantes de Kigali, la capital de Ruanda
Limitó la interrelación con la sede oficial del TPIR en Arusha, y con los equipos en el terreno al interior de Ruanda
En sus inicios éste estaba integrado por apenas once magistrados, seis de ellos en la Sala de Primera Instancia y cinco en la Sala de Apelaciones
No podían examinar más de seis casos por año
El Consejo de Seguridad permitiese lentamente, a lo largo de los seis años siguientes, aumentar el número de magistrados (catorce desde 2003 y dieciocho desde 2007)
Los presupuestos anuales eran fluctuantes y a partir de 1996 las resoluciones de asignación de presupuesto fueron parciales
Sus limitaciones se mantuvieron a lo largo de todo su funcionamiento y en ningún caso se correspondieron con las necesidades del TPIR
El Consejo de Seguridad reconoció la precaria situación financiera del tribunal
Goce y Promoción de los Derechos humanos
Protección de la dignidad del ser humano