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par esmeralda rubi Il y a 5 années

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concurso mercantil

La Ley de Concursos Mercantiles regula los procedimientos a seguir cuando un comerciante no puede cumplir con sus obligaciones financieras. Esta ley establece dos procedimientos principales:

concurso mercantil

Ley de Concursos Mercantiles

supuestos

el comerciante que solicite su declaración, cualquier acredor o el ministerio publico
el comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones
incumplimiento de pago a 2 o mas acredores distintos y estas obligaciones tengan por lo menos 30 dias de haber vencido

las empresas de participación estatal constituidas como sociedades también podrán ser declaradas en concurso mercantil

los pequeños comerciantes solo podrán ser declarado en concurso mercantil por voluntad propia

sus obligaciones vencidas no rebasen la 400 mil UDIs

FRAUDE DE ACREDORES

los que el comerciante haya realizado antes de la declaración del concurso, defraudando a sabiendas a los acredores

el procedimiento de un concurso mercantil, la ley nos marca dos procedimientos

CONCILIACION
una duración de 185 dias naturales a partir de su publicación el D.O.F
es lograr la conservación de la empresa, mediante el convenio que suscriba con sus acredores

reconocimiento de creditos

lista provisional

solicitudes de reconocimientos de credito

llegar a una sentencia de reconocimiento, graduación y prelación de creditos

QUIEBRA
el comerciante declarado en quiebra

cuando no se hubiera concluido el reconocimiento de creditos, el sindico procederá a la enajenación de los bienes y derechos que integran la masa

sentencia se dictara la declaración que suspende la capacidad de ejercicio del comerciante sobre los bienes y derechos que integran la masa

dicta orden de que las personas que tengan bienes del comerciante en su posesión deberán entregar al sindico

prohibición a los deudores del comerciante de pagarle o entregarle bienes sin autorización del sindico

es la venta de la empresa del comerciante

el pago de acredores reconocidos

a partir de la fecha de sentencia, por lo menos cada 2 meses el sindico presentara al juez un reporte de las enajenaciones realizadas y de la situación de activo remanente y una lista de los acredores que serán pagados

Solicitud de declaración de concurso mercantil, la cual debe presentarse en los formatos del instituto o demanda de concurso mercantil

el juez de distrito con jurisdicción en el lugar donde tenga su domicilio el comerciante

se deberá dar contestación, se deberán exibir las pruebas necesarias para demostrar el concurso

realizara la visita de verificacion

el juez reciba el dictamen del visitador, este lo pondrá a la vista de las partes para que en su caso dentro de 5 dias presenten sus alegatos por escrito

sin necesidad de citación el juez dictara la sentencia que corresponda

designara al conciliador

dara la orden de supender el pago de adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir efecto la sentencia

dar inicio a la etapa de conciliación, salvo que se haya solicitado la quiebra

agotar el procedimiento de reconocimiento, graduación y prelacion de creditos

los acredores se clasificaran

acredores singularmente privilegiados, con garantía real, con privilegio especial, comunes y subordinados

conciliador tendrá a su cargo la lista provisional de creditos a cargo del comerciante

solicitudes de crédito deberán presentarse al conciliador

acredores podrán solicitar el reconocimiento de sus creditos