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par Jason Fonseca Il y a 5 années

1985

IMPACTO AMBIENTAL

La normativa regula los proyectos y actividades que requieren licencias ambientales, especialmente en los sectores de hidrocarburos, electricidad y minería. En el sector hidrocarburos, se establecen procedimientos para la exploración sísmica y el transporte de hidrocarburos líquidos y gaseosos.

IMPACTO AMBIENTAL

DECRETO 1076 DE 2015

LICENCIAS AMBIENTALES

AUTORIZACIÓN QUE OTORGA LA AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE PARA LA EJECUCIÓN DE UN PROYECTO OBRA O ACTIVIDAD QUE PUEDE OCASIONAR DAÑOS R LICENCIAS AMBIENTALES
AUTORIDADES COMPETENTES QUE OTORGAN O NIEGAN LAS LICENCIAS AMBIENTALES

AUTORIDADES NACIONALES DE LICENCIAS AMBIENTALES

AUTORIDADES AMBIENTALES CREADAS MEDIANTE LA LEY 768 DE 2002

MUNICIPIOS, DISTRITOS Y ÁREAS METROPOLITANAS CON POBLACIONES SUPERIORES A UN MILLON

CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES

TIERRA

FAUNA
CONJUNTO DE ANIMALES QUE NO HAN SIDO OBJETO DE DOMESTICACIÓN NI ALTERACIÓN GENÉTICA O QUE HAN REGRESADO A SU ESTADO SALVAJE
PRODUCTORAS DE CARÁCTER INDUSTRIAL O COMERCIAL
DESTINADAS AL APROVECHAMIENTO FORESTAL
PLANTACIONES FORESTALES
PROTECTORAS

PARA PROTEGER O RECUPERAR ALGÚN RECURSO NATURAL RENOVABLE EN ÁREAS FORESTALES

PROTECTORAS - PRODUCTORAS

MANTENIMIENTO O RACIONABILIDAD DE LA PLANTACIÓN

APROVECHAMIENTO FORESTAL
EXTRACCIÓN DE PRODUCTOS DE UN BOSQUE

CLASES

EXCLUSIVAMENTE PARA SATISFACER NECESIDADES VITALES DOMÉSTICAS PERO SIN FINES COMERCIALES

PERSISTENTES

CON CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD Y BAJO CONDICIONAMIENTO DE CONSERVAR EL RENDIMIENTO NORMAL DEL BOSQUE CON TÉCNICAS QUE PERMITAN SU RENOVACIÓN

ÚNICOS

POR UNA SOLA VEZ

DESDE LA OBTENCIÓN HASTA SU TRANSFORMACIÓN

AIRE

CALIDAD
NIVEL DE SUSTANCIAS O FENÓMENOS CONTAMINANTES

CONTAMINANTES

PLOMO

DIÓXIDO DE AZUFRE

DIÓXIDO DE CARBONO

MATERIAL PARTICULADO

MONÓXIMO DE CARBONO

SMOG FOTOQUÍMICO

OZONO TROPOSFÉRICO

AGUA

TODA PERSONA NATURAL O JURÍDICA, PÚBLICA O PRIVADA REQUIERE CONCESIÓN O PERMISO DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL COMPETENTE PARA HACER USO DE LAS AGUAS PÚBLICAS O SUS CAUCES
SE OTORGAN POR NO MÁS DE 10 AÑOS CON EXCEPCIÓN DE LOS DESTINADOS A LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS O CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INTERÉS PÚBLICO O SOCIAL LAS CUALES PUEDEN IR HASTA POR 50 AÑOS
VERTIMIENTOS
TASAS RETRIBUTIVAS

POR LAS AUTORIDADES AMBIENTALES COMPETENTES DE ACUERDO A LA EVALUACIÓN HECHA ANUALMENTE

DOMÉSTICOS

INICIO DE CONSTRUCCIÓN, REQUIERE PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PLANOS DE DESAGÜE, MÉTODOS DE TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS RESIDUALES

INDUSTRIAL

DESAGÜES PROVENIENTES DE LA INDUSTRIAL SE DEBEN EVACUAR POR UN DESAGÜE ESPECIAL

AGRÍCOLA

LA RE UTILIZACIÓN DE AGUAS DE RIEGO

CUMPLIRÁN PRINCIPIOS GENERALES Y REGLAS ESTABLECIDAS POR EL CÓDIGO NACIONAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES
DE DOMINIO PRIVADO

NACEN Y SE EXTINGUEN EN EL MISMO PREDIO

NO PUEDEN USARSE POR 3 AÑOS CONSECUTIVOS O SE CONVERTIRÁN EN PÚBLICAS

DE USO PÚBLICO

REGLA GENERAL PARA RÍOS, LAGUNAS, LAGOS

CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE REFINERÍAS

DECRETO 2041 DE 1014

PROYECTO QUE REQUIERE TRÁMITE AMBIENTAL, LICENCIA AMBIENTAL

SECTOR ELÉCTRICO
CONSTRUCCIONES ACTIVIDADES RELACIONADAS CON ESTE CAMPO

ACTIVIDADES RELACIONADAS EN EL ÁREA MARÍTIMA Y PORTUARIA

PROYECTOS DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA ALTERNATIVA CONTAMINANTES ENTRE 100MW

CONSTRUCCIÓN Y OPERACIÓN DE CENTRALES, CAPACIDAD IGUAL O MAYOR A 100MW

ÁREA DE INFLUENCIA
MANERA CUANTIFICABLE

MEDIOS ABIÓTICOS, ABIÓTICOS Y SOCIO ECONÓMICO

SECTOR MINERO
OTROS MINERALES

CUANDO LA EXPLOTACIÓN ESTÉ ENTRE 1000000 TONELADAS/AÑO

MINERALES METÁLICOS Y PIEDRAS PRECIOSAS Y SEMIPRECIOSAS

REMOCIÓN TOTAL DE MATERIAL ÚTIL Y ESTÉRIL SEA IGUAL O MAYOR A 2000000 TONELADAS/AÑO

MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

CANTIDAD SEA MAYOR O IGUAL (600.000) TONELADAS/AÑO

CARBON

EXPLOTACIÓN SEA MAYOR O IGUAL (8000.000) TONELADAS/AÑO

SECTOR HIDROCARBUROS
ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN SÍSMICA

TRANSPORTE Y CONDUCCIÓN DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Y GASEOSOS QUE ESTÉN FUERA DEL ÁREA DE EXPLOTACIÓN, QUE IMPLIQUEN MONTAJE Y LINEA DE CONDUCCIÓN DE SUPERACIÓN 6 PUL

ECOSISTEMAS DE ESPECIAL IMPORTANCIA ECOLÓGICA

CUANDO ALGUNO DE ESTOS PROYECTOS O ACTIVIDADES PRETENDA INTERVENIR HUMEDALES, PÁRAMOS Y MANGLARES DEBERÁN DIRIGIRSE AL MADS

QUE NECESITEN CONSTRUCCIÓN DE CÍAS, EN ÁREAS MARINAS O PROFUNDAS MENORES A 200 M