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par Magdaley Ortiz Il y a 3 jours

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LEY DE PENSIONES DEL ESTADON DE VERACRUZ

En el Estado de Veracruz, se establece una ley que regula las pensiones de los trabajadores del gobierno y entidades públicas. Esta ley define las cuotas que deben aportar los trabajadores, el patrón y los pensionistas al Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

LEY DE PENSIONES DEL ESTADON DE VERACRUZ

LEY DE PENSIONES DEL ESTADON DE VERACRUZ

conservacion de derechos

regimen financiero

seguro de salud

cuotas y aportaciones

El importe de las cuotas a cargo de los trabajadores será el equivalente a 12% del sueldo de cotización. Artículo 18. El patrón cubrirá al Instituto como aportaciones, el equivalente al 20% del sueldo de cotización de sus trabajadores. Artículo 19. Los pensionistas aportarán al Instituto el 12% de la jubilación o pensión que disfruten. Queda exento de este porcentaje, la percepción que no exceda el monto equivalente a tres salarios mínimos generales elevado al mes correspondiente al área geográfica “A”, sobre el excedente se pagará la aportación.

Seguros que cubre

I. Jubilación; II. Pensión por vejez; III. Pensión anticipada; IV. Pensión por incapacidad; V. Pensión de invalidez; VI. Pensión por causa de muerte; VII. Gastos de funeral; VIII. Indemnización global; IX. Préstamos a corto y a mediano plazo; X. Promoción de préstamos hipotecarios; y XI. Pago del seguro de enfermedad al Instituto Mexicano del Seguro Social para los pensionistas, el cual será cubierto por el gobierno del Estado.

Regimenes

Sujetos

trabajadores del gobierno y entes publicos pensionistas, famliares

instituto a cargo

Instituto de Pensiones del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave