par América Del Carmen Galindo Rendón Il y a 2 années
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Ley Reglamentaria en materia de Mejora Continua de la Educación
La normativa en cuestión establece las bases para un Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, cuyo propósito es asegurar un aprendizaje de calidad para niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
América Del Carmen Galindo Rendón
Licenciatura en Educación Preescolar
Sexto Semestre
Ley Reglamentaria en materia de Mejora Continua de la Educación
LA OFERTA DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEBERÁ:
Responder, en su dimensión regional o local a lo que el personal solicite para su desarrollo profesional.
Ser pertinente con las necesidades del docente, de la escuela, zona escolar y entidad federativa.
Hacer uso de las tecnologías.
Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas.
Propiciar un marco de inclusión educativa.
Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos.
Ser gratuita, diversa y de excelencia.
Propiciar la excelencia de la educación que imparta el Estado. Incorporar la perspectiva de género y el enfoque de derechos humanos.
Favorecer la equidad educativa.
Fortalecer el desempeño académico de los educandos
Centrarse en la mejora continua de las maestras y maestros para fortalecer el aprendizaje de niños, niñas y adolescentes.
FINES DEL SISTEMA INTEGRAL DE FORMACIÓN,CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
La realización de programas de inducción. actualización, capacitación y superación profesional para docentes de educación media superior.
La promoción de programas de
especialización, maestría y doctorado.
La formación continua que contribuya a la superación docente.
La formación, con nivel de licenciatura, de maestras y maestros de Educación Básica.
SISTEMA INTEGRAL DE FORMACIÓN,CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
Suscribir convenios de colaboración con
instituciones dedicadas a la formación.
pedagógica de los profesionales de la
educación.
Acceso a un sistema integral de formación,
de capacitación y de actualización.
Evaluaciones diagnósticas
Las autoridades educativas determinarán
los procesos, criterios e indicadores de las
evaluaciones diagnósticas del personal
docente, directivo y de supervisión.
Los resultados de la evaluación
diagnóstica, no tendrán efecto sobre la
permanencia en la plaza de las maestras y
maestros.
Permitirá detectar fortalezas y área de
oportunidad.
Será formativa e integral.
Las evaluaciones diagnósticas tendrán
como objetivo fortalecer las capacidades,
conocimientos, aptitudes, habilidades,
destrezas y actitudes del personal docente,
directivo de supervisión.
Será participativa y transparente.
Contará con las etapas de diagnóstico,
implementación, seguimiento y evaluación.
La evaluación del Sistema Educativo
Nacional será integral, continua, colectiva,
incluyente, diagnóstica y comunitaria.
Principios que regulan
el Sistema Nacional de Mejora
Continua de la Educación
La participación social y comunitaria.
Garantizar una cobertura universal en todos
los tipos y niveles educativos.
La integralidad del Sistema Educativo
Nacional, desde el nivel inicial hasta el
superior
La búsqueda de la excelencia en el
aprendizaje de los educandos.
El reconocimiento de las maestras y los
maestros como agentes fundamentales del
proceso educativo y de la transformación
social.
El desarrollo y fortalecimiento permanente
del Sistema Educativo Nacional para el
incremento del logro académico de los
educandos.
El aprendizaje de las niñas, niños,
adolescentes y jóvenes.
Objeto
Regular el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, así como el organismo que lo coordina: Comisión Nacional Para la Mejora Continua de la Educación y el Sistema Integral de Formación, Actualización y Capacitación que será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas.
¿Qué es?
La presente Ley es reglamentaria del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de mejora continua de la educación. Es de observancia general para toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su objeto es regular el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación, así como el organismo que lo coordina, al que se denominará Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación y el Sistema Integral de Formación, Actualización y Capacitación que será retroalimentado por evaluaciones diagnósticas.