par estephani castellanos Il y a 4 années
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• la revocación será solicitada ante el consejo consultivo delegacional que corresponda
ART 32
De la suspensión del procedimiento administrativo de la ejecución • será ordenado por el secretario general del instituto o el secretario del consejo consultivo delegacional • el acto recurrido en vías de ejecución.- la suspensión podrá ser solicitado por el interesado • el secretario del consejo al recibir la solicitud de suspensión.- la remitirá oficina para cobros • la suspensión se sujetará a las normas del .- código fiscal de la Federación
ART 33
así el fallo fuera favorable al recurrente.
se cancelará la garantía otorgada
ART 34 De las suplencias
Serán suplidas por el prosecretario del consejo técnico
•ausencia del secretario general del instituto o. • secretario del consejo consultivo delegacional.
• en materia.- admisión o desechamiento del recurso y pruebas ofrecidas
Las resoluciones que pongan fin al recurso se notificarán dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su firma.
ART 29
Las resoluciones que se dicten en el recurso se ejecutarán en el término de quince días
ART 30
El incumplimiento del el Reglamento por parte del personal encargado será sancionado disciplinariamente por el superior jerárquico del infractor
En caso de empate el Presidente del Consejo respectivo tendrá voto de calidad
ART 25
. La resolución que se dicte en el recurso; - será la que se ocupará de todos los motivos de impugnación aducidos por el inconforme y decidirá sobre las pretensiones de éste, analizando las pruebas recabadas
ART 26
Los Consejeros que no estuvieran de acuerdo con la resolución aprobada;
-Los acuerdos que dicten los Consejos Consultivos Delegacionales para aprobar, modificar o desechar los citados proyectos serán firmados por el Presidente y Consejeros que intervengan en la sesión.
El acuerdo que apruebe el proyecto lo revestirá del carácter de resolución, la cual será firmada por los integrantes del Consejo Consultivo y certificada por el Secretario del Consejo Consultivo Delegacional, Autorizada dicha resolución, será devuelta a la dependencia tramitadora del recurso para su notificación
Tendrán un plazo de 3 días para formular su voto ante el secretario del consejo consultivo
Las pruebas se desahogaran en un plazo de quince días a partir de que fue admitida.
ART 22
Dentro del término de treinta días el secretario del Consejo elaborara los proyectos de resolución
ART 23
El Secretario del consejo someterá a la aprobación del consejo consultivo el proyecto de resolución respectivo.
ART 17
Las pruebas se sujetaran a lo establecido en la ley.
ART 18
Solo se admitirán las pruebas que se relacionen con la controversia.
ART 19
Se deberán señalar fechas para el desahogo de las pruebas y deberán tener lugar en distintas diligencias.
Es improcedente el recurso si se hace valer contra actos administrativos
ART 14
El sobreseimiento procderá en los casos...
ART 15
Subtopic
Se podrán habilitar días y horas para el desahogo o continuación de las actuaciones.
Las notificaciones se harán al recurrente en forma personal o a su representante legal por correo certificado
ART 10
De forma personal se llevara a cabo la primera notificación que se realiza a terceros, las demás por correo.
ART11
Las notificaciones personales se harán en el domicilio indicado del inconforme.
ART 2
Los consejos consultivos delegacionales son competentes para tramitar y resolver el recurso de inconformidad.
ART 3
El Consejo Técnico resolverá los recursos de inconformidad que se interpongan en contra de las resoluciones que dicten los Consejos Consultivos
ART 4
El escrito en que se interponga el recurso de inconformidad deberá contener
ART 6
Artículo 6. El recurso de inconformidad se interpondrá dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acto definitivo que se impugne.
estos son los casos en que se va a dar
1.-Las resoluciones 2.-Acuerdos o liquidaciones del Instituto que no hubiesen sido impugnados en la forma y términos que señale el reglamento 3.-Las controversias entre los asegurados o sus beneficiarios y el Instituto sobre las prestaciones que esta Ley otorga.