a raquel chacha 2 éve
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Art. 95.- Sanciones aplicables por violación a las disposiciones referentes al trabajo.
Art. 94.- Medidas de protección
Art. 93.- Trabajo por cuenta propia.- Los municipios otorgarán, en sus respectivas jurisdicciones, los permisos para que los adolescentes que hayan cumplido quince años ejerzan actividades económicas por cuenta propia, siempre que no sean de aquellas consideradas como perjudiciales
Art. 92.- Trabajo formativo.
Art. 91.- Trabajo doméstico.
Art. 90.- De los aprendices.
Art. 89.- Derechos laborales y sociales.
Art. 88.- Formas del contrato de trabajo.
Art. 87.- Trabajos prohibidos.
Art. 86.- Excepción relativa a los trabajos formativos realizados como prácticas culturales.
Art. 85.- Registro de adolescentes trabajadores.
Art. 84.- Jornada de trabajo y educación.
Art. 83.- Erradicación del trabajo infantil.
Art. 82.- Edad mínima para el trabajo.
Art. 81.- Derecho a la protección contra la explotación laboral.
Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes.-
Art. 65.- Validez de los actos jurídicos.
Art. 64.- Deberes.
Art. 63.- Derecho de libre asociación.
Art. 62.- Derecho a la libertad de reunión.
Art. 61.- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
Art. 60.- Derecho a ser consultados.
Art. 59.- Derecho a la libertad de expresión.
Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados.
Art. 57.- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados.
Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad.
Art. 55.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales.
Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.
Art. 53.- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.
Art. 52.- Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.
Art. 51.- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.
Art. 50.- Derecho a la integridad personal.
Art. 49.- Normas sobre el acceso a espectáculos públicos.
Art. 48.- Derecho a la recreación y al descanso.
Art. 47.- Garantías de acceso a una información adecuada.
Art. 46.- Prohibiciones relativas al derecho a la información.
Art. 45.- Derecho a la información.
Art. 44.- Derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o afroecuatorianos.
Art. 43.- Derecho a la vida cultural.
Art. 42.- Derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
Art. 41.- Sanciones prohibidas.
Art. 40.- Medidas disciplinarias.
Art. 39.- Derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación.
Art. 38.- Objetivos de los programas de educación.
Art. 37.- Derecho a la educación.
Art. 36.- Normas para la identificación.-
Art. 35.- Derecho a la identificación.
Art. 34.- Derecho a la identidad cultural.
Art. 33.- Derecho a la identidad.
Art. 32.- Derecho a un medio ambiente sano.
Art. 31.- Derecho a la seguridad social.
Art. 30.- Obligaciones de los establecimientos de salud.
Art. 29.- Obligaciones de los progenitores.
Art. 28.- Responsabilidad del Estado en relación a este derecho a la salud.
Art. 27.- Derecho a la salud.
Art. 26.- Derecho a una vida digna.
Art. 25.- Atención al embarazo y al parto.
Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.
Art. 23.- Protección prenatal.
Art. 22.- Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.
Art. 21.- Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con ellos.
Art. 20.- Derecho a la vida.
Art. 19.- Sanciones por violación de derechos.
Art. 18.- Exigibilidad de los derechos.
Art. 17.- Deber jurídico de denunciar.
Art. 16.- Naturaleza de estos derechos y garantías.
Art. 15.- Titularidad de derechos.
Art. 189.- La adopción receptiva.
Art. 188.- Convenios internacionales sobre adopción.
Art. 187.- Obligaciones para las entidades de adopción.
Art. 186.- Seguimiento de las adopciones internacionales.
Art. 185.- Traslado del adoptado al exterior.
Art. 184.- Procedimiento administrativo.
Art. 183.- Presentación de la solicitud de adopción.
Art. 182.- Requisitos para la adopción internacional.
Art. 181.- Entidades autorizadas de adopción.
Art. 180.- Concepto.
Art. 179.- Seguimiento de las adopciones.
Art. 178.- La acción de nulidad.
Art. 177.- Nulidad de la adopción.
Art. 176.- Inscripción en el Registro Civil.
Art. 175.- Juicio de adopción.
Art. 174.- El emparentamiento.
Art. 173.- Negativa de asignación.
Art. 172.- La asignación.
Art. 171.- De los miembros de los Comités de Asignación.
Art. 170.- De los Comités de Asignación Familiar.
Art. 169.- Negativa de solicitud de adopción.
Art. 168.- De las Unidades Técnicas de Adopciones.
Art. 167.- Organismos a cargo de la fase administrativa.
Art. 166.- Prohibiciones relativas a esta fase.
Art. 165.- Objeto de la fase administrativa.
Art. 164.- Personas que debe oírse para la adopción.
Art. 163.- Adopciones prohibidas.
Art. 162.- Asesoramiento a la persona que debe prestar el consentimiento.
Art. 161.- Consentimientos necesarios.
Art. 160.- Adopción por el tutor.
Art. 159.- Requisitos de los adoptantes.
Art. 158.- Aptitud legal del niño, niña o adolescente para ser adoptado.
Art. 157.- Edad del adoptado.
Art. 156.- Limitación a la separación de hermanos.
Art. 155.- Prohibición de beneficios económicos indebidos.
Art. 154.- Incondicionalidad e irrevocabilidad de la adopción.
Art. 153.- Principios de la adopción.
Art. 152.- Adopción plena.
Art. 151.- Finalidad de la adopción.
Art. 45.- Normas supletorias.-
Art. 44.- Sanción por incumplimiento de términos y plazos.
Art. 43.- Indexación Automática Anual.
Art. 42.- Incidentes para aumento o disminución de pensión.
Art. 41.- Tramitación en segunda instancia.-
Art. 40.- Recurso de apelación.
Art. 39.- Resolución.-
Art. 38.- Diferimiento de la audiencia.
Art. 37.- Audiencia única.
Art. 36.- Notificación electrónica.
Art. 35.- Calificación de la demanda y citación.
Art. 34.- La demanda.
Art. 33.- Improcedencia de la acumulación de acciones y de la reconvención.
Art. 32.- Caducidad del derecho.
Art. 31.- Interés por mora.
Art. 30.- Obligación privilegiada.
Art. 29.- Aplicación de estas normas en otros juicios.
Art. 28.- Otras Inhabilidades.
Art. 27.- Cesación de los apremios.
Art. 26.- Medidas cautelares reales.
Art. 25.- Prohibición de salida del país.
Art. 24.- Otras medidas cautelares a los obligados subsidiarios.-
Art. 23.- Apremio personal a los obligados subsidiarios.-
Art. 22.- Apremio personal.-
Art. 21.- Inhabilidades del deudor de alimentos.
Art. 20.- Incumplimiento de lo adeudado.
Art. 19.- Pago por medio del sistema financiero.
Art. 18.- Obligaciones de las entidades públicas y privadas.
Art. 17.- Del efecto de cosa juzgada.
Art. 16.- Subsidios y otros beneficios legales.
Art. 15.- Parámetros para la elaboración de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas.
Art. 14.- Forma de prestar los alimentos.
Art. 13.- Suficiencia de la prueba de ADN.
Art. 12.- Responsabilidad de los peritos.
Art. 11.- Condiciones para la prueba de ADN.
Art. 10.- Obligación del presunto progenitor.
Art. 9.- Fijación provisional de la pensión de alimentos.
Art. 8.- Momento desde el que se debe la pensión de alimentos.
Art. 7.- Procedencia del derecho sin separación.
Art. 6.- Legitimación procesal.
Art. 5.- Obligados a la prestación de alimentos.
Art. 4.- Titulares del derecho de alimentos.
Art. 3.- Características del derecho.
Art. 2.- Del derecho de alimentos.
Art. 1.- Ambito y relación con otros cuerpos legales.