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av raquel chacha för 2 årar sedan

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Código de la Niñez y la Adolescencia

El Código de la Niñez y la Adolescencia aborda múltiples aspectos relacionados con los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes en el contexto familiar. La normativa establece las obligaciones fundamentales de los hijos y los derechos de los progenitores, así como la protección estatal y la corresponsabilidad parental.

Código de la Niñez y la Adolescencia

Código de la Niñez y la Adolescencia

Primer libro: El niño, niña y adolescente como sujeto de derecho

TITULO V: DEL TRABAJO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Capítulo IV: De las medidas de protección y de las sanciones relacionadas con el trabajo

Art. 95.- Sanciones aplicables por violación a las disposiciones referentes al trabajo.

Art. 94.- Medidas de protección

Capítulo III: Trabajo sin relación de dependencia

Art. 93.- Trabajo por cuenta propia.- Los municipios otorgarán, en sus respectivas jurisdicciones, los permisos para que los adolescentes que hayan cumplido quince años ejerzan actividades económicas por cuenta propia, siempre que no sean de aquellas consideradas como perjudiciales

Capítulo II: Trabajo en relación de dependencia

Art. 92.- Trabajo formativo.

Art. 91.- Trabajo doméstico.

Art. 90.- De los aprendices.

Art. 89.- Derechos laborales y sociales.

Art. 88.- Formas del contrato de trabajo.

Capítulo I: Disposiciones Generales

Art. 87.- Trabajos prohibidos.

Art. 86.- Excepción relativa a los trabajos formativos realizados como prácticas culturales.

Art. 85.- Registro de adolescentes trabajadores.

Art. 84.- Jornada de trabajo y educación.

Art. 83.- Erradicación del trabajo infantil.

Art. 82.- Edad mínima para el trabajo.

Art. 81.- Derecho a la protección contra la explotación laboral.

TITULO IV: DE LA PROTECCION CONTRA EL MALTRATO, ABUSO, EXPLOTACION SEXUAL, TRAFICO Y PERDIDA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Art. 80.- Exámenes médico legales.
Art. 79.- Medidas de protección para los casos previstos en este título.
Art. 78.- Derecho a protección contra otras formas de abuso.
Art. 77.- Protección contra el traslado y retención ilícitos de niños, niñas y adolescentes.
Art. 76.- Prácticas culturales de maltrato.
Art. 75.- Prevención del maltrato institucional.
Art. 74.- Prevención y políticas respecto de las materias que trata el presente título.
Art. 73.- Deber de protección en los casos de maltrato.
Art. 72.- Personas obligadas a denunciar.
Art. 71.- Concepto de pérdida de niños, niñas o adolescentes.
Art. 70.- Concepto de tráfico de niños.
Art. 69.- Concepto de explotación sexual.
Art. 68.- Concepto de abuso sexual.
Art. 67.- Concepto de maltrato.
TITULO III: DERECHOS, GARANTIAS Y DEBERES
Capítulo VI: Deberes, capacidad y responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes

Art. 66.- Responsabilidad de los niños, niñas y adolescentes.-

Art. 65.- Validez de los actos jurídicos.

Art. 64.- Deberes.

Capítulo V: Derechos de participación

Art. 63.- Derecho de libre asociación.

Art. 62.- Derecho a la libertad de reunión.

Art. 61.- Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

Art. 60.- Derecho a ser consultados.

Art. 59.- Derecho a la libertad de expresión.

Capítulo IV: Derechos de protección

Art. 58.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados.

Art. 57.- Derecho a protección especial en casos de desastres y conflictos armados.

Art. 56.- Derecho de los hijos de las personas privadas de libertad.

Art. 55.- Derecho de los niños, niñas y adolescentes con discapacidades o necesidades especiales.

Art. 54.- Derecho a la reserva de la información sobre antecedentes penales.

Art. 53.- Derecho a la privacidad y a la inviolabilidad del hogar y las formas de comunicación.

Art. 52.- Prohibiciones relacionadas con el derecho a la dignidad e imagen.

Art. 51.- Derecho a la libertad personal, dignidad, reputación, honor e imagen.

Art. 50.- Derecho a la integridad personal.

Capítulo III: Derechos relacionados con el desarrollo

Art. 49.- Normas sobre el acceso a espectáculos públicos.

Art. 48.- Derecho a la recreación y al descanso.

Art. 47.- Garantías de acceso a una información adecuada.

Art. 46.- Prohibiciones relativas al derecho a la información.

Art. 45.- Derecho a la información.

Art. 44.- Derechos culturales de los pueblos indígenas y negros o afroecuatorianos.

Art. 43.- Derecho a la vida cultural.

Art. 42.- Derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.

Art. 41.- Sanciones prohibidas.

Art. 40.- Medidas disciplinarias.

Art. 39.- Derechos y deberes de los progenitores con relación al derecho a la educación.

Art. 38.- Objetivos de los programas de educación.

Art. 37.- Derecho a la educación.

Art. 36.- Normas para la identificación.-

Art. 35.- Derecho a la identificación.

Art. 34.- Derecho a la identidad cultural.

Art. 33.- Derecho a la identidad.

Capítulo II: Derechos de supervivencia

Art. 32.- Derecho a un medio ambiente sano.

Art. 31.- Derecho a la seguridad social.

Art. 30.- Obligaciones de los establecimientos de salud.

Art. 29.- Obligaciones de los progenitores.

Art. 28.- Responsabilidad del Estado en relación a este derecho a la salud.

Art. 27.- Derecho a la salud.

Art. 26.- Derecho a una vida digna.

Art. 25.- Atención al embarazo y al parto.

Art. 24.- Derecho a la lactancia materna.

Art. 23.- Protección prenatal.

Art. 22.- Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.

Art. 21.- Derecho a conocer a los progenitores y mantener relaciones con ellos.

Art. 20.- Derecho a la vida.

Capítulo I: Disposiciones generales

Art. 19.- Sanciones por violación de derechos.

Art. 18.- Exigibilidad de los derechos.

Art. 17.- Deber jurídico de denunciar.

Art. 16.- Naturaleza de estos derechos y garantías.

Art. 15.- Titularidad de derechos.

TITULO II: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Art. 14.- Aplicación e interpretación más favorable al niño, niña y adolescente.- Ninguna autoridad judicial o administrativa podrá invocar falta o insuficiencia de norma o procedimiento expreso para justificar la violación o desconocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Art. 12.- Prioridad absoluta.- En la formulación y ejecución de las políticas públicas y en la provisión de recursos, debe asignarse prioridad absoluta a la niñez y adolescencia, a las que se asegurará, además, el acceso preferente a los servicios públicos y a cualquier clase de atención que requieran.
Art. 11.- El interés superior del niño.- El interés superior del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Art. 10.- Deber del Estado frente a la familia.- El Estado tiene el deber prioritario de definir y ejecutar políticas, planes y programas que apoyen a la familia.
Art. 9.- Función básica de la familia.- La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente.
Art. 8.- Corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.
Art. 7.- Niños, niñas y adolescentes, indígenas y afroecuatorianos.- La ley reconoce y garantiza el derecho de los niños, niñas y adolescentes de nacionalidades indígenas y afroecuatorianos.
Art. 6.- Igualdad y no discriminación.- Todos los niños, niñas y adolescentes son iguales ante la ley.
TITULO I: DEFINICIONES
Art. 5.- Presunción de edad.- Cuando exista duda sobre la edad de una persona, se presumirá que es niño o niña antes que adolescente; y que es adolescente, antes que mayor de dieciocho años.
Art. 4.- Definición de niño, niña y adolescente.
Art. 3.- Supletoriedad.- En lo no previsto expresamente por este Código.
Art. 2.- Sujetos protegidos.- Las normas del presente Código son aplicables a todo ser humano, desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad.
Art. 1.- Finalidad.- Este Código dispone sobre la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en el Ecuador, con el finde lograr su desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en un marco de libertad, dignidad y equidad.

El Código de la Niñez y la Adolescencia (CONA), es un conjuntos de normas jurídicas que regula el ejercicio y la protección de sus derechos (Art.1 del Código)

Segundo libro: El niño, niña y adolescente en sus relaciones de familia

TITULO VII: DE LA ADOPCION
Capítulo IV: De la adopción internacional

Art. 189.- La adopción receptiva.

Art. 188.- Convenios internacionales sobre adopción.

Art. 187.- Obligaciones para las entidades de adopción.

Art. 186.- Seguimiento de las adopciones internacionales.

Art. 185.- Traslado del adoptado al exterior.

Art. 184.- Procedimiento administrativo.

Art. 183.- Presentación de la solicitud de adopción.

Art. 182.- Requisitos para la adopción internacional.

Art. 181.- Entidades autorizadas de adopción.

Art. 180.- Concepto.

Capítulo III: Fase judicial

Art. 179.- Seguimiento de las adopciones.

Art. 178.- La acción de nulidad.

Art. 177.- Nulidad de la adopción.

Art. 176.- Inscripción en el Registro Civil.

Art. 175.- Juicio de adopción.

Capítulo II: Fase administrativa

Art. 174.- El emparentamiento.

Art. 173.- Negativa de asignación.

Art. 172.- La asignación.

Art. 171.- De los miembros de los Comités de Asignación.

Art. 170.- De los Comités de Asignación Familiar.

Art. 169.- Negativa de solicitud de adopción.

Art. 168.- De las Unidades Técnicas de Adopciones.

Art. 167.- Organismos a cargo de la fase administrativa.

Art. 166.- Prohibiciones relativas a esta fase.

Art. 165.- Objeto de la fase administrativa.

Capítulo I: Reglas generales

Art. 164.- Personas que debe oírse para la adopción.

Art. 163.- Adopciones prohibidas.

Art. 162.- Asesoramiento a la persona que debe prestar el consentimiento.

Art. 161.- Consentimientos necesarios.

Art. 160.- Adopción por el tutor.

Art. 159.- Requisitos de los adoptantes.

Art. 158.- Aptitud legal del niño, niña o adolescente para ser adoptado.

Art. 157.- Edad del adoptado.

Art. 156.- Limitación a la separación de hermanos.

Art. 155.- Prohibición de beneficios económicos indebidos.

Art. 154.- Incondicionalidad e irrevocabilidad de la adopción.

Art. 153.- Principios de la adopción.

Art. 152.- Adopción plena.

Art. 151.- Finalidad de la adopción.

TITULO VI: DEL DERECHO DE LA MUJER EMBARAZADA A ALIMENTOS
Art. 150.- Normas aplicables.-
Art. 149.- Obligados a la prestación de alimentos.
Art. 148.- Contenido.
TITULO V: DEL DERECHO A ALIMENTOS
CAPITULO II: Del Procedimiento para la fijación y cobro de pensiones alimenticias y de supervivencia

Art. 45.- Normas supletorias.-

Art. 44.- Sanción por incumplimiento de términos y plazos.

Art. 43.- Indexación Automática Anual.

Art. 42.- Incidentes para aumento o disminución de pensión.

Art. 41.- Tramitación en segunda instancia.-

Art. 40.- Recurso de apelación.

Art. 39.- Resolución.-

Art. 38.- Diferimiento de la audiencia.

Art. 37.- Audiencia única.

Art. 36.- Notificación electrónica.

Art. 35.- Calificación de la demanda y citación.

Art. 34.- La demanda.

CAPITULO i: Derecho de alimentos

Art. 33.- Improcedencia de la acumulación de acciones y de la reconvención.

Art. 32.- Caducidad del derecho.

Art. 31.- Interés por mora.

Art. 30.- Obligación privilegiada.

Art. 29.- Aplicación de estas normas en otros juicios.

Art. 28.- Otras Inhabilidades.

Art. 27.- Cesación de los apremios.

Art. 26.- Medidas cautelares reales.

Art. 25.- Prohibición de salida del país.

Art. 24.- Otras medidas cautelares a los obligados subsidiarios.-

Art. 23.- Apremio personal a los obligados subsidiarios.-

Art. 22.- Apremio personal.-

Art. 21.- Inhabilidades del deudor de alimentos.

Art. 20.- Incumplimiento de lo adeudado.

Art. 19.- Pago por medio del sistema financiero.

Art. 18.- Obligaciones de las entidades públicas y privadas.

Art. 17.- Del efecto de cosa juzgada.

Art. 16.- Subsidios y otros beneficios legales.

Art. 15.- Parámetros para la elaboración de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas.

Art. 14.- Forma de prestar los alimentos.

Art. 13.- Suficiencia de la prueba de ADN.

Art. 12.- Responsabilidad de los peritos.

Art. 11.- Condiciones para la prueba de ADN.

Art. 10.- Obligación del presunto progenitor.

Art. 9.- Fijación provisional de la pensión de alimentos.

Art. 8.- Momento desde el que se debe la pensión de alimentos.

Art. 7.- Procedencia del derecho sin separación.

Art. 6.- Legitimación procesal.

Art. 5.- Obligados a la prestación de alimentos.

Art. 4.- Titulares del derecho de alimentos.

Art. 3.- Características del derecho.

Art. 2.- Del derecho de alimentos.

Art. 1.- Ambito y relación con otros cuerpos legales.

TITULO IV: DEL DERECHO A VISITAS
Art. 125.- Retención indebida del hijo o la hija.
Art. 124.- Extensión.
Art. 123.- Forma de regular el régimen de visitas.
Art. 122.- Obligatoriedad
TITULO III: DE LA TENENCIA
Art. 121.- Recuperación del hijo o hija.
Art. 120.- Ejecución inmediata.
Art. 119.- Modificaciones de las resoluciones sobre tenencia.
Art. 118.- Procedencia.
TITULO II: DE LA PATRIA POTESTAD
Art. 117.- Restitución de la patria potestad.
Art. 116.- Medidas de protección.
Art. 115.- Legitimación activa.
Art. 114.- Improcedencia de limitar, suspender o privar la patria potestad por razones económicas.
Art. 113.- Privación o pérdida judicial de la patria potestad.
Art. 112.- Suspensión de la patria potestad.
Art. 111.- Limitación de la patria potestad.
Art. 110.- Formas de otorgar la autorización de salida.
Art. 109.- Autorización para salir del país.
Art. 108.- Suspensión de la representación legal por causa de conflicto de intereses.
Art. 107.- Ejercicio de la patria potestad en caso de reconocimiento posterior.
Art. 106.- Reglas para confiar el ejercicio de la patria potestad.
Art. 105.- Concepto y contenidos.
Art. 104.- Régimen legal.
TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Art. 103.- Deberes fundamentales de los hijos e hijas.
Art. 102.- Deberes específicos de los progenitores.
Art. 101.- Derechos y deberes recíprocos de la relación parental.
Art. 100.- Corresponsabilidad parental.-
Art. 99.- Unidad de filiación.
Art. 98.- Familia biológica.
Art. 97.- Protección del Estado.
Art. 96.- Naturaleza de la relación familiar.