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CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL

En la relación clínica, el secreto profesional es un principio fundamental que protege la confidencialidad de la información compartida entre el paciente y el profesional de salud. Este pacto implícito se basa en la lealtad y la confianza, esenciales para una práctica médica efectiva.

CONFIDENCIALIDAD Y SECRETO PROFESIONAL

INTEGRANTES

MONICA QUEVEDO

LAURA NEUTA

VIVIANA PENAGOS

LAURA CARRILLO

LIDA BELTRAN

SECRETO PROFESIONAL


obligatoriedad de revelar el secreto médico en las siguientes situaciones

Cuando se cite al profesional como perito, testigo o inculpado en procedimientos judiciales
En el caso de conocimiento de la comisión de un delito
En caso de enfermedades infecto-contagiosas

Fundamento legal del deber de secreto

Constitución Española
El derecho a la intimidad

en la Ley Orgánica de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar

establece el derecho a la intimidad de los ciudadanos, recomendando limitar el uso de la informática en su artículo 18, y remitiendo la regulación del secreto profesional a una ley específica, todavía no desarrollada, en su artículo 20.1.
Centrándonos en la legislación vigente actualmente en nuestro país
podría clasificarse en

ámbito autonómico

ámbito interno

comunitaria

normativa internacional

Se apoya en una serie de principios jurídicos

secreto médico

grandes supuestos en los que se plantea hacer excepciones al deber de secreto
imperativo legal

Un profesional sanitario que revele información confidencial por exigencia legal no necesariamente está justificado

para evitar un daño a la propia persona

acto es auténtico

cuando una persona se niega a dar informacion a terceros

se define que que su negativa a dar información es irracional e incoherente, ya que esas personas pueden ayudarle a recuperar la salud

cuando es coherente con el sistema de valores y las actitudes generales ante la vida que una persona ha asumido reflexiva y conscientemente

El respeto a la autonomía del paciente

para evitar un daño a otras personas

cuando una persona dispone de una información cuya utilización puede evitar un daño a tercero

se debe plantear el por que es necesario el permiso de la informacion disminuyendo problemas juridicos

solicitar el permiso del paciente para hacer uso de la información

razón que justifica el deber de secreto
La lealtad
la confianza social en la reserva de la profesión médica
la existencia de un pacto implícito en la relación clínica
la existencia de un pacto implícito en la elación clínica
se fundamenta básicamente en el respeto a la persona
relativo
obligación necesaria para garantizar

una relación de confianza que permita el ejercicio de la medicina, asegurando el respeto a la intimidad de la persona

Absoluto

El Juramento Hipocrático

El secreto profesional
es un deber, asumido de manera compartida o derivada por todos los profesionales que participan en la atención médica de la persona
hace 24 siglos,
recogía: “Guardaré silencio sobre todo aquello que en mi profesión, o fuera de ella, oiga o vea en la vida de los hombres que no tenga que ser público, manteniendo estas cosas de manera que no se pueda hablar”

IDEAS

Usuario
persona la cual accede al servicio sanitario

prevención de enfermedades e información sanitaria

educacion y promocion de la salud

Secreto médico
compromiso que adquiere el médico

ante el paciente y la sociedad

sobre toda información a la cual tenga acceso del paciente o usuario

Privacidad
derecho de todo ser humano

determinar y controlar qué información sobre sí mismo es revelada

Paciente
Todo aquel que requiere asistencia sanitaria
Intimidad
lo más interior y reservado

De la persona o grupo familiar

Información clínica
cualquier dato que permita adquirir

conocimientos

Subtopic

modo de preservarla, cuidarla, mejorarla o recuperarla

la salud de una persona

el estado físico

Estado de necesidad
que se encuentra en el artículo 20 del Código Penal
caracterización jurídica de una determinada situación,
Datos de carácter personal
soportes físicos

que se contiene información clínica y asistencial

Confidente necesario
todo aquel que queda justificado para conocer datos confidenciales de un paciente o usuario

para garantizar la atención sanitaria

Confidencialidad
“lo que se hace o dice en confianza o con seguridad recíproca entre dos o más personas”.

es un deber de la institución, garantizar la protección de los datos de un paciente

respeto a la autonomía personal