La designación de candidatos a jurados se lleva a cabo mediante un proceso estructurado y detallado. Inicialmente, cualquier ciudadano puede reclamar el resultado del sorteo ante la Audiencia Provincial, que resuelve las reclamaciones antes del 15 de octubre.
30 días antes de la primera vista del J.O., habiendo citado a las partes el Magistrado-Presidente, dispondr que LAJ en Audiencia pública sortee a los jurados de la lista de modo que queden 36 por causa
Art 18: Designación de candidatos a jurados para CADA causa
Art 17: Alardes de causas y periodos de sesiones
Antes de 40 días, las AP, el TSJ y el TSUP efectuarán un alarde de causas en las que hayan de intervenir jurados:
Sesiones:
*01/01 al 20/03
*21/03 al 10/06
*11/06 al 30/09
*01/10 al 31/12
Designacion de jurados (Trib Jurado)
Art 19: Citación de los candidatos a juradosdesignados para UNA causa
Art 16: Comunicación y rectificación de las listas definitivas
Art 15: Resolución de las reclamaciones
El JUez Decano (JD) trasladrá la reclamación al interesado no reclamante por 3 días, practicará diligencias imprescindibles y dictará resolución motivada sobre cada una de las reclamaciones antes del 30 de Noviembre.
Mandará hacer las rectificaciones necesarias al DPOCE y notificará al interesado.
Contra dicha resoluciçon no cabe recurso
Art 14: Reclamaciones contra la inclusión en las listas