El texto destaca la importancia de la educación en la infancia y adolescencia, subrayando que debe comenzar con los adultos que deben tratar a los niños con respeto y amor. Se observa una evolución en la percepción de los niños, con mejoras en la mortalidad infantil, asistencia escolar y oportunidades para las niñas, aunque persisten problemas como la pobreza y el maltrato.
IMPORTANCIA DE LA EDUCACION DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
1989
El 20 de Noviembre es la aprovación de la Convensión sobre los derechos del niño por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
2000
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba los protocolos sobre la venta de niños y su participacion en conflictos armados
1990 la Cumbre mundial en favor de la infancia de 1990 aprueba la declaracion mundial sobre la supervivencia proteccion y desarrollo del niño
1979
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba convencion sobre la eliminacion en todas las formas de discriminacion contra la mujer. Año declarado como el Año Internacional del Niño.
1959
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la declaracion de los Derechos del Niño.
1948
La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba la declaracion de derechos Humanos: Art 25 habla sobre los cuidados y asistencia infantil
1924
Se aprueba la declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño por la LIga de las Naciones Unidas
CODIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA LEY 1098 DE 2006
PRINCIPIOS RECTORES: PROTECCION INTEGRAL, INTERES SUPERIOR DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, PREVALENCIA DE SUS DERECHOS, CORRESPONSABILIDAD, EXIGIBILIDAD DE LOS DERECHOS, PERSPECTIVA DE GENERO, RESPONSABILIDAD PARENTAL, DERECHOS QUE CUBREN PUEBLOS INDIGENAS Y GRUPOS ETNICOS.
SUJETO DE DERECHO Y RESPONSABILIDADES, TODAS LAS PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS
OBJETO: ESTABLECER NORMAS QUE PROTEGAN A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES GARANTIZANDO EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS Y LIBERTADES
NIÑO O NIÑA ENTRE L0S 0 Y LOS 12 AÑOS. ADOLESCENTE PERSONAS ENTRE LOS 12 Y 18 AÑOS
SE APLICA A TODOS LOS NIÑOS Y NIÑAS Y ADOLESCENTES NACIONALES O EXTRANJEROS QUE SE ENCUENTREN EN EL TERRITORIO NACIONAL Y NACIONALIDAD COLOMBIANA
LAS NORMAS DE ESTE CODIGO SON DE ORDEN PUBLICO Y CARACTER IRRENUNCIABLE Y APLICABLES A DISPOSICIONES CONTENIDAS EN OTRAS LEYES
LAS NORMAS CONTENIDAS EN LA CONSTITUCION POLITICA Y EN CUALQUIER TRATADO RATIFICADO POR COLOMBIA SERAN APRTE INTEGRAL DE ESTE CODIGO.
FINALIDAD : GARANTIZAR DESARROLLO PLENO Y ARMONIOSO PARA QUE CREZCAN EN EL SENO DE LA FAMILIA Y LA COMINIDAD
La educación debe comenzar por el adulto de hoy, crear el conocimiento sobre ese infante que debe ser tratado con respeto y amor. Que ese niño o niña no es un obstáculo ni tampoco puede ser usado como medio para obtener algún beneficio.
Se va evidenciando una evolución en el concepto de niños y niñas, la reducción en la mortalidad infantil, mayor número de escolares y las oportunidades para las niñas. Pero no se puede obviar la pobreza, el maltrato son muchos los niños que están lejos de ser protegidos por alguna de estas leyes.
LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS
A LA VIDA Y AL JUEGO
A LA PROTECCION CONTRA TODO ABANDONO FISICO Y EMOSIONAL
AL AMOR Y A LA FAMILIA
A SER LOS PRIMEROS EN SITUACIONES DE EMERGENCIAS
AL BUEN TRATO
A NO SUFRIR DE DISCCRIMINACION
A RECIBIR ATENCION Y CUIDADOS ESPECIALES CUNADO EL NIÑO O NIÑA LO NECESITEN
A DISFRUTAR DE ALIMENTACION, VIVIENDA, SERVICIOS MEDICOS
A LA EDUCACION Y A LA LIBERTAD
A GOZAR DE UNA SEGURIDAD SOLCIAL
A TENER NOMBRE Y UNA NACIONALIDAD
Ley 115 de Febrero 8 de 1994
TITULO XI
Disposiciones varias
TITULO IX
Financiación de la Educación
TITULO X
Normas especiales para la educación impartida por particulares
TITULO VIII
Dirección, Administración, Inspección y vigilancia
TITULO VII
De los Establecimientos educativos
TITULO VI
De los educadores
TITULO V
De los educandos
TITULO IV
Organización para la prestación del servicio educativo