Kategóriák: Minden - servicios - regulación - organismo - funciones

a Florencia Noeli Filgueira Montenegro 4 éve

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EPAS

El EPAS es un organismo autónomo creado en 1993 con la misión de regular, controlar y garantizar los servicios de agua potable y cloacas en Mendoza. Tiene plena capacidad jurídica y patrimonio propio.

EPAS

EPAS

Coordinación Interjurisdiccional

Municipalidad

EN LO RELATIVO A DESCARGAS DE AFLUENTES DE CUALQUIER NATURALEZA CUYOS CUERPOS RECEPTORES SEA LA RED DE RIEGO DEL ARBOLADO PUBLICO Y LOS DESAGUES PLUVIALES

EN LO RELATIVO A DESCARGAS DE EFLUENTES CLOACALES EN CUALQUIER CUERPO RECEPTOR Y EFLUENTES DE CUALQUIER NATURALEZA CUYOS CUERPOS RECEPTORES SEAN LAS REDES COLECTORAS CLOACALES E INDUSTRIALES, COMO TAMBIEN SOBRE LOS SISTEMAS CERRADOS DE REUTILIZACION

DGI

EN LO RELATIVOA DESCARGA DE AFLUENTES DE CUALQUIER NATURALEZA CUYOS CUERPOS RECEPTORES SEAN CAUCES HIDRICOS NATURALES, SISTEMAS DE RIEGO Y EMBALSES NATURALES Y ARTIFICIALES

Resolución de controversias

LAS CONTROVERSIAS ADMINISTRATIVAS QUE SE SUSCITEN, CON MOTIVO DE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS SERAN SOMETIDAS EN FORMA PREVIA Y OBLIGATORIA A LA JURISDICCION DEL E.P.A.S., QUIEN CONOCERA Y RESOLVERA EN UNICA INSTANCIA ADMINISTRATIVA. CONTRA LA DECISION DEFINITIVA Y QUE CAUSE ESTADO SE INCOARA LA ACCION PROCESAL ADMINISTRATIVA.


Audiencia Pública

EL E.P.A.S. CONVOCARA A AUDIENCIA PUBLICA A LAS PARTES INTERESADAS Y A LA POBLACION EN GENERAL.

LA CONVOCATORIA INDICARA EL TEMA, EL DIA Y EL LUGAR DE LA REUNION Y SE EFECTUARA MEDIANTE EDICTOS PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL Y EN UN DIARIO DE

CIRCULACION GENERAL DEL LUGAR

Características

- ENTE AUTARQUICO.-

- PLENA CAPACIDAD JURIDICA PARA ACTUAR EN LOS AMBITOS DEL DERECHO PUBLICO Y PRIVADO.-

- CON PATRIMONIO PROPIO

Prestacion del servicio

LA PRESTACION DEL SERVICIO SERA PRESTADO EN CONDICIONES QUE ASEGUREN SU CONTINUIDAD, REGULARIDAD, CALIDAD, GENERALIDAD Y OBLIGATORIEDAD, DE MANERA QUE SE LOGRE LA SATISFACCION DE LAS NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y LA PROTECCION DEL AMBIENTE.(ART. 15)


Tarifas
Duracion

TENDRÁN UNA DURACIÓN DE 5 AÑOS, EXCEPTO CUANDO EXISTAN CAMBIOS IMPORTANTES EN LOS SUPUESTOS DE HECHO PARA SU CALCULO

Fijacion

-MEDIANTE DECRETO PROVINCIAL

-A PROPUESTA DEL E.P.A.S.,

-POR INTERMEDIO DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, URBANISMO Y VIVIENDA.


Restricción y suspensión

PODRA RESTRINGIRSE TRANSITORIAMENTE EL SERVICIO PARA USO DOMESTICO: CUANDO SE HAYA PRODUCIDO EL VENCIMIENTO DE DOS FACTURAS O HAYAN TRANSCURRIDO MAS DE SESENTA (60) DIAS DESDE EL VENCIMIENTO ORIGINAL DE LA PRIMERA DE ELLAS.-

PODRA SUSPENDERSE EL SERVICIO PARA USO DOMESTICO: CUANDO OCURRIDO EL VENCIMIENTO DE DOS PERIODOS IMPAGOS Y TRANSCURRRIDOS QUINCE (15) DIAS DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PREVISTO EN EL PARRAFO ANTERIOR, PREVIA INTIMACION FEHACIENTE, SALVO EL CASO DE LOS USUARIOS JUBILADOS Y DE ESCASOS RECURSOS QUE ESTÉN SUBSIDIADOS, Y/O EL DE AQUELLOS EN CUYOS CASOS SE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA IMPOSIBILIDAD DE PAGO.

EN TODOS LOS CASOS, EL RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO SE HARA EN FORMA INMEDIATA UNA VEZ ABONADAS LAS DEUDAS.


Comercializacion

ES LA PROMOCION, FACTURACION Y COBRANZA DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

Distribucion

- DE AGUA POTABLE: ES EL TRANSPORTE Y CONDUCCION DE AGUA PRODUCIDA HASTA SU ENTREGA EN EL INMUEBLE DEL USUARIO.

- DESAGUES CLOACALES O INDUSTRIALES: ES LA CONDUCCION DE AGUAS SERVIDAS DESDE EL INMUEBLE DEL USUARIO HASTA LA ENTREGA PARA SU TRATAMIENTO.

- TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS: ES LA ADECUACION DE LA CALIDAD DE ESTAS A LA NORMA DE CALIDAD ADMISIBLE POR EL CUERPO DE DISPOSICION FINAL QUE SE UTILICE

Produccion

ES LA CAPTACION Y TRATAMIENTO DE AGUA CRUDA PARA SU POSTERIOR DISTRIBUCION EN CONDICIONES TECNICAS Y SANITARIAS ESTABLECIDAS.-

Composición

Funciones
APLICAR Y HACER CUMPLIR LA PRESENTE LEY Y SU REGLAMENTACIÓN
CELEBRAR CONTRATOS
APROBAR LA ESTRUCTURA ORGANICA Y DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL ENTE
ELABORAR UN INFORME ANUAL SOBRE SUS ACTIVIDADES Y RESULTADOS
PROMOVER ANTE LOS TRIBUNALES COMPETENTES LAS ACCIONES CIVILES O PENALES
ORGANIZAR Y APLICAR EL REGIMEN DE AUDIENCIAS PUBLICAS
RESOLVER LOS CONFLICTOS ENTRE LOS USUARIOS, LOS OPERADORES DEL SERVICIO Y TERCEROS
ESTABLECER Y APLICAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTROL DE LOS SERVICIOS
PROPONER LAS TARIFAS DE LOS SERVICIOS
DEFINIR LAS SUBAREAS DE PRESTACION DEL SERVICIO
CONTROLAR EL REGIMEN DE EXPLOTACION
CONTROLAR LA EJECUCION DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE INVERSION
DICTAR LAS NORMAS REGLAMENTARIAS DE CARáCTER TECNIcO
Directorio
3 Vocales
Vicepresidente
Presidente

El presidente es propuesto por el Poder Ejecutivo Provincial y,

 luego de someterse a Audiencia Pública, es ratificado mediante

 votación secreta del Honorable Senado de Mendoza

Definición

es un organismo descentralizado y autárquico. creado en 1993 por la Ley Provincial de Reordenamiento del Sector Nº 6044.-

Con la misión de regular, controlar y garantizar los servicios de Agua Potable y Cloacas en todo el territorio de la provincia de Mendoza