a Mabel Camargo 4 éve
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RESPONSABILIDADES. Las entidades calificadoras de riesgo, sus representantes y quienes elaboran los informes de calificación, serán responsables personal y solidariamente por las calificaciones que realizan y las opiniones que expresan
IMPEDIMENTOS. No podrán ser directores, administradores o socios principales de una entidad calificadora de riesgo, ni inscribirse en el Registro del Mercado de Valores
OBLIGATORIEDAD Y PROCEDIMIENTO DE CALIFICACION. Los emisores de Valores de oferta pública representativos de deuda, deberán contratar obligatoriamente, a su costo, la calificación permanente de dichos Valores con una entidad calificadora, conforme a reglamento
LIMITACIONES. Los bancos y entidades financieras, las bolsas de Valores, las agencias de bolsa, las sociedades administradoras de fondos de inversión, las sociedades,
a. Los Títulos-Valores normados por el Código de Comercio. b. Los Valores emitidos por el Estado boliviano y sus entidades. c. Aquellos instrumentos de transacción en el Mercado de Valores, que cumplan con las siguientes condiciones:
a. Tener un capital pagado igual o mayor al mínimo establecido por reglamento
b. Tener como accionistas sólo a agencias de bolsa y todas con igual número de acciones
c. conformar su capital en acciones ordinarias y nominativas de igual valor
d. Tener un Directorio compuesto de por lo menos cinco (5) integrantes titulares
e. Tener la organización, infraestructura y reglamentación internas necesarias y la capacidad e idoneidad que aseguren un mercado eficiente, equitativo, competitivo, ordenado y transparente;
f. Contar con los medios necesarios y los procedimientos adecuados tendentes a asegurar un mercado unificado que permita a los participantes la eficiente ejecución de sus órdenes
Presentar un estudio económico financiero que justifique la creación de una bolsa de valores, en beneficio del interés público y el desarrollo de un Mercado de Valores competitivo
Los demás requisitos que establezca la Superintendencia de Valores.
Regular, controlar, supervisar y fiscalizar el Mercado de Valores y las personas, entidades y actividades relacionadas a dicho mercado
Velar por el desarrollo de un Mercado de Valores sano, seguro, transparente y competitivo
Vigilar la correcta prestación de servicios por parte de las personas naturales y jurídicas bajo su jurisdicción
Absolver consultas y reclamos que recaigan bajo su competencia.
Investigar y sancionar las conductas que generen conflictos de interés, las que impidan, restrinjan o distorsionen la libre competencia o propendan a prácticas colusivas en el Mercadode Valores
Disponer la intervención, disolución y liquidación de los intermediarios del Mercado de Valores.
Promover el Mercado de Valores, prestando el asesoramiento necesario y destinando los recursos para tal fin
Proponer normas para el ámbito de su competencia elevándolas, según su naturaleza, a las autoridades competentes.
a. Los especificados en el artículo anterior
b. Tener un capital pagado igual o mayor al mínimo establecido por reglamento, en función al tipo de operaciones que realice.
c. Ser accionista de por lo menos una bolsa de valores situada en la República de Bolivia
d. Contar con oficinas e instalaciones adecuadas para desarrollar sus actividades
e. Su registro no debe haber sido cancelado anteriormente, ni encontrarse éste suspendido
f. Sus accionistas, representantes, directores, síndicos o funcionarios no deberán estar impedidos y/o prohibidos para ejercer el comercio de conformidad al Código de Comercio, ni estar inhabilitados para actuar en el Mercado de Valores
h. Los demás requisitos que se establezcan mediante reglament
g. Constituir las garantías que la presente Ley establezca para permitir la operación de las agencias de bolsa; y Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros 8/43 Ley No. 1834 – Ley del Mercado de Valores
a. Los Valores que sean de oferta pública y sus emisores
b. Las bolsas de valores y sus reglamentos internos Las bolsas de valores y sus reglamentos internos
c. Las agencias de bolsa;
d. Los operadores de las agencias de bolsa
e. Las entidades de depósito de valores
f. Los fondos de inversión y sus reglamentos
g. Las sociedades administradoras de fondos de inversión
h. Las sociedades de titularización
i. Los Valores emitidos producto del proceso de titularización
j. Las entidades calificadoras de riesgo
k. Las empresas de auditoría externa que participen en el Mercado de Valores