a Rolando Pérez 4 éve
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El trabajador tiene derecho a trabajar el horario que le compete la jornada laboral en que ha sido contratado.
Mixta
Esta jornada comprende las jornadas anteriores y sus horarios, por lo cual se compone de 7 horas de trabajo.
Nocturna
Esta es lo contrario de la jornada diurna, se compone de 6 horas de trabajo, en horario de 6 de la tarde a 6 de la mañana del día siguiente.
Diurna
Esta jornada se establece con 8 horas diarias de trabajo, pudiendo realizarlas en horarios de las 6 de mañana a las 6 de la tarde.
Bonificación
Es un incentivo económico que recibe el trabajador al fin de mes, en Guatemala la bonificación es de Q. 250.00
Aguinaldo
Es recompensación económica que recibe cada trabajador al final de cada año laborado, la cantidad no puede ser menor al salario obtenido.
Bono 14
Es la prestación laboral que recibe una persona por cada año trabajado, correspondiente a la cantidad de salario mensual.
Vacaciones
15 días continúos, sin interrupciones, o puede dividirse en dos partes
Días de asueto, si trabajare deben ser renumerado
1ro. de enero, jueves, viernes y sábado santo, 1ro de mayo, 30 de junio, 15 de septiembre, 20 de octubre, 1ro de noviembre, 24, 25, y 31 de diciembre.
Un día a la semana, si trabajaré tiene que ser renumerado por el patrono.
Todo trabajador tiene derecho a elegir el trabajo en que más pueda desempeñarse.
Como todo trabajo debe ser renumerado, por tanto el trabajador recibe una cantidad en efectiv, o en especie depende de los acuerdos que se establecieron, por sus servicios prestados.
Un trabajador puede ver, escuchar y conocer varias cosas dentro de la empresa o entidad, mismas que no puede divulgarlas por políticas de la empresa y ética profesional del trabajador.
Muchas empresas exigen certificación médica, pues todo trabajador está obligado a presentar la misma para poder cumplir con la política de salud en la empresa o institución educativa.
Todo trabajador si recibe instrumentos para efectuar su trabajo, el mismo es responsable del cuido de estos.
Un trabajo bien realizado es lo que la empresa desea, por lo tanto es obligación del trabajador por realizarlo sin pretexto alguno.
Realizar su trabajo que le es otorgado por el contratante o representante del mismo.
En cada empresa o institución existen normas que los trabajadores deben respetar, entre ellos horarios de entrada y salida, u otras de conducta laboral.
Patrono puede establecer la jornada de trabajo y horarios, con referencia a lo establecido por el código de trabajo
A que si el patrono desea que su empleado labore en un día de asueto tiene todo el derecho, siempre que éste sea renumerado de conformidad a la ley.
Todo patrono tiene derecho de elegir al empleado, más capacitado y que más le convenga para el puesto.
Para poder llevar un cultural organizacional de respeto y responsabilidad en la empresa u otro lugar, el patrono tiene la obligación de realizar un reglamento interno, para poder mantener una cultura de paz laboral.
Ninguna persona puede ser discriminada por su raza, etnia, idioma entre otros para optar a un empleo, siempre cuando ésta cumpla con los requisitos que exige el puesto.
Por el servicio que recibe de sus trabajadores el patrono está obligado a renumerar los mismos, ya sea en efectivo o en especie, todo depende de lo acordado de las partes.