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a Gina Narvaez 5 éve

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PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN

Las instituciones educativas pueden clasificarse en públicas, municipales, fiscomisionales y particulares. Las instituciones educativas particulares están constituidas por entidades privadas y pueden ser confesionales o laicas, permitiéndoles cobrar pensiones y matrículas sin tener como objetivo principal el lucro.

PRINCIPIOS Y FINES DE LA EDUCACIÓN

INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y SUS ORGANISMOS

Art. 60.-Instituciones educativas binacionales

Son aquellas instituciones educativas particulares que, mediante acuerdo, convenio u otra figura legal suscrita entre ellas y el Estado con que se hallan vinculados, obtienen la facultad de brindar una educación binacional

Art. 58.-Deberes y obligaciones de las instituciones educativas particulares

n. Proporcionar un mínimo de becas
m. Cumplir con sus obligaciones patronales
i. Participar en el circuito educativo correspondiente
f. Construcción de códigos de convivencia
d. Respetar los derechos de las personas y excluir toda forma de abuso
b. Cumplir las medidas de protección
a. Garantizar la utilización de medidas de acción afirmativa

Art. 57.-Derechos de las instituciones educativas particulares

i. Acceder a convenios de cooperación interinstitucional
h. Articularse con otros centros educativos
g. Elegir a sus directivos y autoridades
d. Ser evaluados de manera integral
b. Organizarse de acuerdo con sus estatutos y reglamentos
a. Cobrar las pensiones y matrículas

Art. 56.-Instituciones educativas particulares

Están constituidas y administradas por personas naturales o jurídicas de derecho privado
La educación en estas instituciones puede ser confesional o laica.

Están autorizadas a cobrar pensiones y matriculas, no tendrán como finalidad principal el lucro

Art. 55.-Instituciones educativas fiscomisionales

La Autoridad Educativa Nacional regulará el pago de los servicios educativos
Son de carácter religioso o laica, de derecho privado y sin fines de lucro, garantizando una educación gratuita y de calidad.
Aquellas cuyos promotores son congregaciones, órdenes o cualquiera otra denominación confesional o laica.

Art. 54.-Instituciones educativas públicas

La comunidad tiene derecho a la utilización responsable de las instalaciones y serviciosma
Su educación es laica y gratuita para el beneficiario.
Las instituciones educativas públicas son: fiscales o municipales, de fuerzas armadas o policiales.

Art. 53.-Tipos de instituciones

Pueden ser públicas, municipales, fiscomisionales y particulares