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da VICTOR SALGADO mancano 11 anni

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Act 2 Semana 3 Derecho Procesal Penal I

La Constitución mexicana otorga diversas facultades al Ministerio Público a través de los artículos 21 y 102. En el artículo 21, se establece que el ejercicio de la acción penal ante los tribunales es responsabilidad del Ministerio Público, aunque la ley también define casos en los que los particulares pueden ejercer esta acción.

Act 2 Semana 3 Derecho Procesal Penal I

Act 2 Semana 3 Derecho Procesal Penal I Alumno: Víctor Miguel Salgado Sánchez

7. Menciona las 5 principales facultades del Ministerio Público, conforme a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y de la tu legislación local.

a) recibir denuncias y querellas recibidas en forma oral o escrita. b) praticar y ordenar las dirigencias para el esclarecimiento de los hechos. c) conducir juridcamente la investigacion. d) ordenar y asegurar los elementos probatorios para la cadena de custodia. e) controlar los elementos probatorios y la correcta cadena de custodia. f) ordenar la libertad del imputado cuando proceda. g) dictar las medidas y providencias encesarias para la seguridad yu auxilio de las victimas del delito. h) solicitar la orden de aprehension cuando proceda. i) promover la aplicacion de mecanismos alternativos a la solucion den controversias o cualuier otra forma anticipada de terminacion del proceso penal. j) notificar personalmente a la victima o al ofendido el no ejercicio de la accion penal. k) solicitar la reparacion del daño a favor de la victima o del ofendido. Para el cumplimiento de sus funciones, el ministerio publico podra disponer discrecionalmente de las siguientes medidas: apercibimiento, multa o auxilio de la fuerza publica.

6. En que consisten las conclusiones del Ministerio Público.

El ministerio publico como autoridad, al termino de la averiguacion previa, solo tendra dos posibles conlcusiones: a)el ejercicio de la accion penal con o sin deteniudo. b) no ejercitar la accion penal.

5. En que casos procede el desistimiento de la acción penal.

El desistimiento oportuno produce efectos plenos de manera que no existira posibilidad de imponer nueva querella por los mismos hechos y contra la misma persona.

4. Como se determina la competencia (materia federal o local)

En caso de concurso de delitos, el ministerio publico federal sera competente para conocer de los delitos del fuero comun que tengan conexidad con delitos federales, y los jueces tendran, asimismio, competencia para juzgarlos.
En relacion al territorio: es compenente el juez del lugar donde se cometio el delito, pero cuando existen varios jueces de la misma categoria, es competente el que haya prevenido, tambien cuando se trate de delitos continuos.
De acuerdo con la persona: esta competencia tiene justificacion en la necesidad de tomar en cuenta ciertas cualidades profesionales del sujeto.
En relacion a la materia: la competencia se determina a partir de la distincion realizada por el elgislador en cuanto al orden comun, federal, militar, entre otras materias.

3. Que es la jurisdicción.

Es la potestad soberana e decidir en un cas concreo obe laauacion de una petension punitiva y la de resarcimento, en s caso, de acuerdo conla ersion generica y abstrcta de las nras juriicas.

2. Que facultades confieren al Ministerios Público los artículos 21 y 102 constitucionales

En el articulo 102 constitucional, se le atribuye la intervencion en cuestiones de constitucionalidad: "..NCUMBE AL MINISTERIO PUBLICO DE LA FEDERACION, LA PERSECUCION, ANTE LOS TRIBUNALES, DE TODAS LOS DELITOS DEL ORDEN FEDERAL; Y, POR LO MISMO, A EL CORRESPONDERA SOLICITAR LAS ORDENES DE APREHENSION CONTRA LOS INCULPADOS; BUSCAR Y PRESENTAR LAS PRUEBAS QUE ACREDITEN LA RESPONSABILIDAD DE ESTOS; HACER QUE LOS JUICIOS SE SIGAN CON TODA REGULARIDAD PARA QUE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA SEA PRONTA Y EXPEDITA; PEDIR LA APLICACION DE LAS PENAS E INTERVENIR EN TODOS LOS NEGOCIOS QUE LA LEY DETERMINE. .."
En el articulo 21 constitucioinal se aprecia su atribucion fundamental: "...EL EJERCICIO DE LA ACCION PENAL ANTE LOS TRIBUNALES CORRESPONDE AL MINISTERIO PUBLICO. LA LEY DETERMINARA LOS CASOS EN QUE LOS PARTICULARES PODRAN EJERCER LA ACCION PENAL ANTE LA AUTORIDAD JUDICIAL...."

1. ¿Qué es el ministerio público?.

El diccionario juridicomexicano lo define como la institucion unitaria y jerarquica dependiente del organismo ejecutivo, que posee como funciones escenciales la persecucion de los delitos y el ejercicio de la accion penal; asimismo, intervien en otros procedimientos judiciales, de ausentes, menores e incapacitados y, al final, funge como consultor y asesor de los jueces y tribunales.
Es una institucion dependiente del Estado (Poder Ejecutivo), que actua en representacion del interes social en el ejercicio de la accion penal y la tutela social, en todos aquellos casos que le asignen las leyes.