da Neyda Quintana mancano 5 anni
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HECHOS SOBRE LOS QUE RECAE EL IMPUESTO
La importación de bienes corporales que no hayan sido excluidos expresamente.
La prestación de servicios en el territorio nacional, o desde el exterior, con excepción de los expresamente excluidos.
La venta o cesiones de derechos sobre activos intangibles, únicamente asociados con la propiedad industrial.
son aquellos que no se encuentran expresamente señalados en la norma como bienes o servicios exentos o excluidos, por lo que se entiende que están gravados con IVA.
Son aquellos que no generan IVA,Las personas o entidades que producen o comercializan este tipo de bienes o servicios, deben tomar el IVA que les facturen en la compra de insumos y servicios necesarios para la producción y venta de los bienes y/o servicios excluidos, como mayor valor del costo.
Se encuentran gravados con una tarifa del 0%, razón por la cual los productores y prestadores de este tipo de bienes y servicios son responsables del IVA y deben presentar declaración de este impuesto.