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da Judith Escalona mancano 7 anni

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DELITOS CONTRA LAS LIBERTADES

Los delitos contra las libertades políticas afectan la capacidad de las personas para actuar según sus deseos o decisiones. En el código penal venezolano, están clasificados en delitos contra las libertades políticas, la libertad de culto y la libertad individual.

DELITOS CONTRA LAS LIBERTADES

Judith Escalona

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Se puede afirmar que la libertad política da al hombre el derecho de pensar, el derecho de emitir su pensamiento, el derecho de reunirse, el derecho de ejercer el oficio, profesión o industria que le acomode, el derecho de transitar libremente por el territorio nacional, y entre otros muchos derechos y prerrogativas tiene el derecho de votar y ser votado para los cargos públicos de elección popular. El estado tiene dentro de sus funciones principales garantizar a los ciudadanos sus libertades políticas.Que la opinión del pueblo sea escuchada, tomada en cuenta y cuando llegue el momento, sea acatada

La libertad religiosa de que habla el artículo 59 dela Constitución de la República se presenta bajo dos aspectos tradicionalmente conocidos con los nombres de libertad de culto prevista en el mencionado artículo y libertad de conciencia consagrada en el artículo 61. La primera es el derecho a ejercer su culto privada o públicamente siempre que no sea contrario al orden público o a las buenas costumbres. Sin embargo, más amplia que la Constitución del 61, la actual la extiende hasta manifestar sus creencias, mediante la enseñanza u otras prácticas. A lo cual se suma, como novedad, la consagración constitucional de la independencia y la autonomía de las iglesias y confesiones religiosas con las limitaciones derivadas dela Constitución y las leyes; y cómo el padre y la madre tienen el derecho a que sus hijos reciban la educación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones. La libertad de conciencia, es el derecho que tiene todo ser humano de profesar la religión que haya recibido de sus mayores o que haya adoptado libremente, así como la libre facultad de no creer en ninguna religión. Por tanto, la esfera íntima de la conciencia en el terreno de las creencias religiosas es absolutamente libre y no puede el Estado obligar a ningún habitante dela República a profesar una determinada religión ni tampoco a no profesar ninguna; salvo que su práctica afecte la personalidad o constituya un delito. En todo caso, el Estado, por mandato constitucional garantiza la libertad de religión y de culto y nadie puede invocar creencias o disciplinas religiosas para eludir el cumplimiento de una ley ni para impedir a otro el ejercicio de sus derechos.

.-El derecho a participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes. .- El derecho al sufragio mediante votaciones libres, universales, secretas y directas, el cual tiene como consecuencia lógica el derecho a que sea respetada la decisión popular. .- El derecho a la rendición de cuentas públicas de los representantes políticos. .- El derecho a asociarse con fines políticos.

Las libertades políticas están consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela formuladas en un sentido positivo como derechos políticos

La libertad política da al hombre el derecho de pensar, el derecho de emitir su pensamiento, el derecho de reunirse, el derecho de ejercer el oficio, profesión o industria que le acomode, el derecho de transitar libremente por el territorio nacional, y entre otros muchos derechos y prerrogativas tiene el derecho de votar y ser votado para los cargos públicos de elección popular.

Son los otorgados o reconocidos por las Constituciones u otras disposiciones fundamentales de los Estados en relación con las funciones públicas o con las actividades que se ejercitan fuera de la esfera privada. Son inherentes a la calidad de ciudadano. Suelen negárseles a los extranjeros aunque se les reconozcan los individuales.

El articulo 172 C.P, ha de aplicarse únicamente cuando el sujeto activo exhume osustraiga un cadáver, o se apodere de sus restos, sin finalidad injuriosa y por unarazón ilícita, más bien sin la autorización debida.

Articulo 172 C.P: Cualquiera que fuera de los casos antes indicados, profanaretotal o parcialmente, el cadáver de alguna persona, lo exhumare, sustrajere o seapoderare de sus restos, será castigado con prisión de tres a quince meses.

Tipo subsidiario

Profanación del cadáver o violación de tumbas.

Articulo 171C.P:Cualquiera que cometa actos de profanación en el cadáver o enlas cenizas de una persona y cualquiera que con un fin injurioso, o simplemente ilícito, sustrajere, fraudulentamente, el todo o parte de los despojos o restosmismos, o de alguna manera viole un túmulo o urna cineraria, será castigado conprisión de seis meses a tres años

Daños a monumentos u ornatos a funerarios y/o religiosos en lugaresdestinados a el culto o en cementerio

Articulo 170 C.P: Cualquiera que en los lugares destinados al culto, o en loscementerios, deterioré, desperfeccione o afee los monumentos, pinturas, piedras,lápidas, inscripciones o túmulos, será castigado con arresto de uno a seis meses omulta de ciento cincuenta U.T a 1500 U.T.

Articulo 169 C.P: El que por desprecio a un culto establecido o que se establezcaen la República, destruya, maltrate o desperfeccione de cualquier manera, en unlugar público, las cosas destinadas a dicho culto; y también el que violente ovilipendie a alguno de sus ministros, será castigado con prisión de cuarenta ycinco días a quince meses.

Actos de desprecio contra un culto y delitos contra los ministros de un culto.

Articulo 168 C.P: El que por hostilidad contra algún culto establecido o que seestablezca en la República, vilipendie a la persona que lo profese, será castigado,por acusación de la parte agraviada con prisión de uno hasta seis meses.

Será castigado con arresto desde cincohasta cuarenta y cinco días

Vilipendio a creyentes.

Impedimento o perturbación de las funciones o ceremonias religiosas:articulo 167 C.P.

Su fundamento legal es el artículo 59 de la C.R.V.B

Podríamos dividir los delitos contra la libertad de culto previsto en elcapítulo II del título II del libro segundo del (código penal venezolano) .

Delitos contra la libertad de conciencia y de cultos propiamente dichos y delitos contra la religiosidad de la muerte.

Si el culpable es un funcionario público y ha cometido el delito con abuso de sus funciones, el arresto será de seis a treinta meses.

Artículo 167.- Cualquiera que, por medio de violencias, amenazas o tumultos, impida o paralice, total o parcialmente, el ejercicio de cualquiera de los derechos políticos, siempre que el hecho no este previsto por una disposición especial de la ley, será castigado con arresto en Fortaleza o Cárcel Política por tiempo de quince días a quince meses.

DELITOS CONTRA LAS LIBERTADES

De los delitos contra la libertad de cultos

Son aquellos delitos que afectan a la capacidad de una persona para actuar y obrar con arreglo a sus deseos o con arreglo a las decisiones que ha tomado. En el código penal venezolano vigente se encuentran ubicado En el libro segundo título II y los clasifica de la siguiente manera:

.-Delitos Contra Las Libertades Políticas . .-Delitos .-Contra La Libertad De Culto . .-DelitosContra La Libertad Individual.

Delitos Contra Las Libertades Políticas.