da MATEO VILLADA mancano 6 anni
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LA ACCIÓN DE TUTELA REQUIERE NOMBRE Y EDIFICACIÓN DEL AFECTADO AL IGUAL QUE LA ENTIDAD A LA CUAL IMPONE LA TUTELA, EL LISTADO DE HECHOS Y LOS DERECHOS VULNERADOS O AMENAZADOS. TODOS LOS JUECES TIENEN COCIMIENTO SOBRE LA ACCIÓN DE TUTELA Y TIENES UN TIEMPO MÁXIMO PARA DAR RESOLUCIÓN O RESPUESTA DE 10 DÍAS.
ES UN MECANISMO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 86 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA VIGENTE, QUE BUSCA PROTEGER LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES DE LOS INDIVIDUOS CUANDO CUALQUIERA DE ÉSTOS RESULTEN VULNERADOS O AMENAZADOS POR LA ACCIÓN O LA OMISIÓN DE CUALQUIER AUTORIDAD PÚBLICA.
SON AQUELLOS QUE SE LE BRINDAN A UN GRUPO DE PERSONAS DETERMINADO CON EL FIN DE PROTEGER SUS INTERESES Y SU IDENTIDAD Y BUSCAN PRESERVAR Y REGULAR EL MEDIO AMBIENTE DE USOS Y ACTIVIDADES INADECUADAS QUE LO VULNEREN. (ARTC. 78-82)
SON LOS DERECHOS HUMANOS RELATIVOS A LAS CONDICIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS BÁSICAS NECESARIAS PARA UNA VIDA EN DIGNIDAD Y LIBERTAD, Y HABLAN DE CUESTIONES TAN BÁSICAS COMO EL TRABAJO, LA SEGURIDAD SOCIAL, LA SALUD, LA EDUCACIÓN, LA ALIMENTACIÓN, EL AGUA, LA VIVIENDA, UN MEDIO AMBIENTE ADECUADO Y LA CULTURA. (ARTCICULOS 42-77)
SON AQUELLOS INHERENTES AL SER HUMANO, PERTENECEN A TODA PERSONA EN RAZÓN A SU DIGNIDAD HUMANA. (ARTICULOS 11-41)