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da María Teresa Pérez mancano 3 anni

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Directrices para el desarrollo de la práctica.

La legislación colombiana refuerza la importancia de la participación activa de los padres y cuidadores en la educación y desarrollo integral de los niños y adolescentes. Las leyes establecen la obligatoriedad de asistir a escuelas de padres en instituciones educativas, enfocándose en la formación integral académica y social.

Directrices para el desarrollo de la práctica.

Directrices para el desarrollo de la práctica.

Ley 1098 de 2006: Código de la infancia y adolescencia.

Las familias tienen obligaciones en enseñar valores, poner en prácticas los cuidados y pautas de crianza, dar una identidad, seguridad alimentaria con sus hijos y además promover el cumplimiento de las responsabilidades que tienen con los niños.
Las familias deben tener corresponsabilidad, responsabilidad al igual que las entidades prestadoras de servicio para que se cumplan los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Garantiza el pleno goce de los niño, adolescentes dentro de la familia.

Ley 1857 de 2017. Medidas de protección a las familias, (modifica la Ley 1361 de 2009)

Flexibiliza el horario de trabajo de un empleador para que pueda brindar acompañamiento a su familia (conyugue, personas discapacitadas, adulto mayor, menores de edad)

Ley 1361 de 2004: Protección integral a la familia.

Se fortalece a las familias para mejorar sus condiciones de vida.
El Estado garantiza el pleno ejercicio de los derechos y en tanto, las familias deben cumplir sus deberes con el Estado y la sociedad.
Considera a la familia como núcleo de la sociedad y promueve la propiciación de ambientes favorables para ellos.

Guía N 50: Modalidades y condiciones de calidad para la educación inicial.

Desde los componentes familia, escuela y redes sociales, la familia debe promover el desarrollo integral a partir de las particularidades y de acuerdo a los componentes deben garantizar la calidad de vida de sus hijos.

Ley 2025 de 2020: Implementación de las escuelas para padres y madres de familia y cuidadores en las instituciones educativas.

Dentro de las instituciones educativas se propende la obligatoriedad de la asistencia a las escuelas de padres.
Promueve la participación de los padres, cuidadores, para fortalecer la formación integral, académica, social de los niños y adolescentes.

Ley 1804 2016: Estrategia de cero a siempre.

´Promueve en las familias las buenas prácticas de hábitos alimenticios y estilos de vida.
Cada familia debe conocer la RIA para seguir una ruta en caso de violación de los derechos de los niños.
Compromiso con cada niño o niña, deben contar con padre, madre, familiares o cuidadores que pongan en práctica pautas de crianza.
Articula un trabajo donde las familias tengan un goce efectivo de sus derechos y vivan en las mejores condiciones humanas.
Brinda protección y garantía de los derechos de las mujeres gestantes, niños y niñas.