En la Región Centro de Argentina, se han duplicado los rendimientos de ciertos cultivos gracias a la transición de un modelo agrícola tradicional a uno moderno que aprovecha tecnologías avanzadas como semillas mejoradas, biotecnología, fertilizantes, agroquímicos y maquinaria.
El Gobernador de la Provincia de Córdoba, Dr. Ramón Bautista Mestre y de Santa Fe, Ing. Jorge Alberto Obeid, en pleno ejercicio de los mandatos y responsabilidades otorgados por la soberanía popular de nuestros respectivos pueblos, en pleno ejercicio de las facultades constitucionales instituidas, dictaron diferentes artículos.
Artículo Primero: Crear la Región Centro de la Argentina integrada por las Provincias de Córdoba y Santa Fe con el fin de promover el desarrollo económico y social en virtud de lo establecido en el Art. 124 de la Constitución Nacional y el desarrollo humano, la salud, la educación, la ciencia, el conocimiento y la cultura de conformidad a lo estipulado en el Art. 125 de la referida Ley Suprema de la Nación. Artículo Segundo: Instituir como organismo máximo de decisión ejecutivo de la Región Centro a la Junta de Gobernadores la que está integrada por los Primeros Mandatarios de las Provincias signatarias del presente tratado. Artículo Tercero: A la Junta de Gobernadores le incumbe la conducción política del proceso de integración como Órgano Superior de la Región Centro y la promoción de todas las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el artículo primero. Artículo Cuarto: Instituir como organismo de implementación de las políticas regionales al Comité Ejecutivo, integrado por los Ministros de las Provincias signatarias, con facultad de proponer proyectos y programas a la Junta de Gobernadores, crear y regular subgrupos de trabajo y los demás funcionarios que le sean expresamente delegados por la Junta de Gobernadores. Además deberá ejecutar las medidas necesarias para el cumplimiento de las decisiones que ésta le imparta y supervisar las actividades de la Secretaría Administrativa de la Región. Artículo Quinto: Instituir como instancia deliberativa de la Región Centro a la Comisión Parlamentaria Conjunta, integrada por los legisladores de cada una de las Provincias signatarias, elegidos por las respectivas Cámaras Legislativas con representación de las minorías y la que tiene carácter consultivo, deliberativo y de formulación de propuestas. Artículo Sexto: Instituir como organismo de coordinación de la integración regional a la Secretaria Administrativa, integrada por un funcionario en representación de cada provincia signataria y cuya sede será rotativa cada año entre las mismas. Deberá desempeñar las tareas que le sean impartidas por la Junta de Gobernadores y la Comisión Ejecutiva de la Región Central y tiene carácter administrativo y organizativo de los demás órganos instituidos. Artículo Séptimo: La Junta de Gobernadores podrá acordar políticas regionales en las distintas materias a través de Protocolos adicionales que serán implementados en las respectivas jurisdicciones provinciales por el Comité Ejecutivo. Artículo Octavo: La Junta de Gobernadores deberá procurar la participación de la Región Centro en la formulación y ejecución de las políticas del MERCOSUR que le afecten, junto al Gobierno de la Nación. Artículo Noveno: La Junta de Gobernadores deberá procurar la participación de los gobiernos municipales de la Región Centro en la formulación y ejecución de las políticas regionales que le afecten. Artículo Décimo: Son facultades de la Junta de Gobernadores: Decidir y aprobar los programas de desarrollo económico y social de la Región Centro, evaluar su ejecución, dictar las normas necesarias para su conducción, negociar y firmar acuerdos, crear y regular órganos que estime pertinentes, dictar reglamentos, homologar los estatutos o reglamentos internos de los demás órganos instituidos, designar al titular de la Secretaría Administrativa de la Región y cualquier otro acto relativo al cumplimiento de los objetivos establecidos por el presente Tratado Interprovincial para la integración de la Región Central. Artículo Décimo Primero: El presente Tratado de Integración Regional será sometido a la aprobación de las respectivas Legislaturas Provinciales en el plazo de treinta días a partir de la fecha de conformidad de las disposiciones constitucionales de cada una de las Provincias signatarias. Cumplido el procedimiento en ambas jurisdicciones de conformidad a lo prescripto por el artículo 124 de la Constitución Nacional, se dará conocimiento del presente al Congreso de la Nación. Artículo Décimo Segundo: La Junta de Gobernadores podrá invitar a otras provincias a formar parte de la Región Centro.
El logro de estas metas coloca a la región en una posición de privilegio en el marco del Mercosur, e importa el incremento de las ventajas comparativas de la actividad productiva de las tres provincias y toda su zona de influencia. En conclusión, la Región Centro, representa una extraordinaria oportunidad para acrecentar la importancia económica, política, social y cultural de nuestra provincia a nivel regional, nacional e internacional.
Son objetivos fundamentales de ésta Región, el conformar instrumentos de integración regional a efectos de garantizar la vigencia plena del federalismo, estableciendo los lineamientos de una política común de desarrollo, que abarque aspectos económicos, sociales, culturales y educativos, abordando las problemáticas y las potencialidades del todo.
Además, la industria avícola prospera en Entre Ríos y el norte de la provincia de Buenos Aires. Pero ahora se abren
nuevas zonas para esta pujante actividad, como Río Cuarto y San Luis.
Y, finalmente, la promisoria industria del cerdo se abre paso en Córdoba, Santa Fe, norte de Buenos Aires y San Luis.
La actividad ganadera también experimenta una transformación en la Región Centro. Si bien se ha reducido el
stock, se verifica una especialización regional de enorme magnitud. En la Región Centro se concentra la mayor parte de los corrales de engorde que hoy explican la mayor parte de la
producción de carne en el país.
Subtema
La industria láctea en Rafaela-Sunchales, epicentro de la cuenca lechera más desarrollada del mundo, es otro de los
jalones de la Región Centro. El efecto multiplicador de esta industria es enorme, ya que con sustento en una rica
historia, capitaliza ahora todos los avances agrícolas
De la mano de las nuevas tecnologías, se potenció la industria de maquinaria agrícola. Así surgieron los polos de
desarrollo en Rosario, Armstrong, Las Parejas, Marcos Juárez, Monte Maíz, San Francisco, Rafaela, Cruz Alta, Colón,
Venado Tuerto y tantas pequeñas ciudades en las que pululan fábricas y talleres que elaboran desde agropartes
hasta productos terminados.
Una de las claves que dieron lugar a este proceso fue la autorización de construir puertos privados.
La desregulación del sistema de transporte fluvial y marítimo abrió paso al dragado y balizamiento de la Hidrovía,
desde el Río de la Plata hasta el Paraná, al norte de Rosario. Se trata de la mayor obra de dragado de la historia a nivel mundial, que permitió el acceso de los buques de gran calado, más eficientes.
Se han duplicado los rendimientos de algunos cultivos y se ha transitado de un modelo de producción basado
exclusivamente en el recurso natural (el suelo) a un sistema moderno, que aprovecha todos los atributos de la nueva
tecnología (semillas mejoradas, biotecnología, fertilizantes, agroquímicos y maquinaria).
La clave de la expansión es el salto tecnológico, que
llevó a la intensificación de la producción agropecuaria.
El proceso se operó sin plan alguno, sin políticas activas ni consensos alcanzados en el debate nacional. La
carencia de una política de Estado consecuente y estable no hace más que resaltar la fortaleza estructural del
fenómeno, que ha dotado de solidez macroeconómica a un país históricamente abrumado por su floja performance
exportadora.
Más de la mitad de lo que se produce y la mayor parte de la canasta exportadora provienen de la
Región Centro.
Hoy manda la Región Centro, un amplio espacio productivo integrado por las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba, San Luis y el norte de Buenos Aires y La Pampa.
La Región Centro de la República Argentina, se constituye como un espacio político sub nacional, que agrupa a las provincias de Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe, con el fin de promover su desarrollo económico y social; conformando un área de gran potencial para transitar el favorable escenario de la economía internacional. Ubicada en el corazón de la Pampa, centro neurálgico del polo agro-exportador, cuenta con alrededor de 8 millones de habitantes y 377.109 km² de superficie.