Categorie: Tutti - deberes - potestad - patria - derechos

da Ramiro Damacena mancano 5 anni

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🔻Institutos de Protección a los Incapaces 🔺

El concepto de patria potestad se encuentra regulado en el artículo 252 del Código Civil, donde se define como el conjunto de derechos y deberes que la ley otorga a los padres sobre sus hijos menores de edad, tanto en su persona como en sus bienes.

🔻Institutos de Protección a los Incapaces 🔺

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CURATELA

Es un cargo impuesto a alguno, en favor del mayor de edad que no puede dirigirse a sí mismo, o administrar sus negocios. Características: Impuesto, personal, protector, general, duración indeterminada.
Tipos: Legítima, Testamentaria, Dativa y Legal
Art 431, 441, 442, 444

El concepto legal de patria potestad surge del art 252 del Código Civil , " es el conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres en la persona y los bienes de sus hijos menores de edad".

Artículo: Parte de un tratado, ley o documento oficial que forma con otras iguales una serie numerada y ordenada.

TUTELA

Instituto de Protección al incapaz que tiene como finalidad la guarda de la persona y los bienes del menor de edad.
Tipos: Testamentaria, Legítima y Dativa. Es ejercida por un tutor
Art 321, 328, 329, 333

PATRIA POTESTAD

Conjunto de derechos y deberes que la ley atribuye a los padres en la persona y en los bienes de sus hijos.
Lo ejercen ambos padres o un padre.
Se puede: Suspender, privar y/o limitar
Art. 252 C.C