da Maricel Gomez mancano 3 anni
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Es asumida directamente por el causante del accidente o las lesiones, quien puede ser privado de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio o por lesiones personales.
El Decreto 1295 de 1994, articulo 56
Busca la reparación plena de perjuicios ocasionados por culpa patronal. La legislación Colombiana en el artículo 216 del Código Sustantivo Del Trabajo, señala que si el empleador no genera un ambiente de trabajo adecuado puede incurrir en el pago de indemnizaciones derivadas de la Responsabilidad Civil.
Daños o perjuicios patrimoniales Daños o perjuicios extrapatrimoniales (morales) Perjuicios fisiológicos
generadores de Culpa
La Impericia
La negligencia
La imprudencia
El empleador debe asegurar a través de una administradora de riesgos profesionales (ARL),
Es el pago de una indemnización de daños o perjuicios al trabajador y/o familiares, cuando por culpa del empleador se causa o se presenta un accidente de trabajo o enfermedad laboral.
Art. 111 del C.P Art. 112 del C.P.: o Incapacidad para trabajar o enfermedad. • Incapacidad < 30 días de uno (1) a dos (2) años. o Incapacidad > 30 < 90 días de uno (1) a tres (3) años de prisión y multa de cinco (5) a diez (10) SMLMV. o Incapacidad > 90 de dos (2) a cinco (5) años de prisión y multa de diez (10) a veinte (20) SMLMV. o Art. 113 del C.P.: Deformidad o Transitoria: Pena de uno (1) a seis (6) años y multa de quince (15) a veinticinco (25) SMLMV. o Permanente: Pena de dos (2) a siete (7) años de prisión y multa de veintiséis (26) a treinta y seis (36) SMLMV. Art. 114 del C.P.: Perturbación funcional. • Transitoria: Pena de dos (2) a siete (7) años y multa de quince (15) a veinticinco (25) SMLMV. o Permanente: Pena de tres (3) a ocho (8) años de prisión y multa de veintiséis (26) a treinta y seis (36) SMLMV. Art. 115 del C.P.: Perturbación psíquica. • Transitoria: Pena de dos (2) a siete (7) años y multa de veintiséis (26) a cuarenta (40) SMLMV. o Permanente: Pena de tres (3) a nueve (9) años de prisión y multa de veintisiete (27) a cincuenta (50) SMLMV. Art. 116 del C.P.: Pérdida anatómica o funcional de un órgano o miembro. • Pena de seis (6) a diez (10) años y multa de veinticinco (25) a cien (100) SMLMV.
Correctivas
Sanciones, memorando, llamados de atención a los trabajadores por no realizar las actividades con los protocolos de seguridad.
Preventivas
capacitaciones, importancia, cumplimeinto de las obligaciones, lugares adecuados para la ejecución del trabajo
civil
penal
Porque las ARL son las encargadas de realizar todo el protocolo, de estudio medico, exámenes, medicamentos entre otros, ademas es quien paga las actividades económicas de las consecuencias.
Este lo reporta el empleador con apoyo del empleado y/o afectado
Accidente de Trabajo
Porque la Trabajadora se encontraba desarrollando actividades de su labor, en horas laborales y con acompañamiento de personal de la empresa.
Medidas necesarias
No evadir la norma
Apoyo de las empresas de Riesgos Profesioanles
DECRETO 1295 DE 1994 "Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales"
Es quien rige la norma sobre las responsailidades
Penal
Civil
Laboral
Si, según Decreto 1072 de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Por parte del Empleador
En los tiempos adecuados y cumplir con la información de la situación y formatos diligenciados
Se da AT/EL
ENFERMEDAD LABORAL
Aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar
art 4 ley 1562 de 2012
Es por consecuencia de las labores, ademas debe ser confirmada y estudia por los profesionales de la salud especializados.
ACCIDENTE DE TRABAJO
“todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte”
art 3 ley 1562 de 2012
Porque se estaba ejecutando actividades relacionadas al trabajo en una condiciones donde se produjo un accidente.