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da Liz Cutipa mancano 4 anni

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Ley 29735

La legislación destaca la importancia de la educación intercultural bilingüe y la promoción de las lenguas originarias en Perú. Se establece que los materiales de estudio y los programas de enseñanza deben estar disponibles en las lenguas originarias para sensibilizar sobre la pluriculturalidad.

Ley 29735

Ley 29735

Capítulo III: Idiomas oficiales

Idiomas oficiales
INC

Valor Jurídico

RNL

Instrumento técnico

Patrimonio cultural inmaterial

Capítulo II: Mapa Etnolingüistico del Perú

MEP
Criterios

Cuantitativo

Cualitativo

Responsables

Mapa Lingüístico

INEI

MINCU

MINEDU

Capítulo I: Disposiciones generales

DERECHOS
Uso de lengua en todos los espacios
OBJETIVO
Interés nacional

Difundir

Preservación

Recuperación

Constitución política del Perú

Art. 48

Capítulo VI: Lenguas originarias en la educación intercultural bilingüe

Artículo 23: Sensibilización sobre la pluriculturalidad
Los materiales de estudio, los programas de enseñanza deben ser en lengua originaria
Artículo 22: Educación inercultural bilingüe
Los educandos deben recibir educación en su lengua materna,incluyendo los que están en proceso de recuperación

Capítulo V: Normalización lingüísticas

Artículo 21: Reglas de escritura uniforme
El ministerio de educación debe proporcionar asistencia técnica,evaluar y oficializar las reglas de escritura

Capítulo IV: Promoción,conservación, recuperación y uso de lenguas originarias del Perú

Artículo 15: Uso oficial
El uso de las lenguas originarias deben ser obligatorias en las zonas predominantes de esta
El Estado debe asegurar a través de la educación el uso de las lenguas originarias
Artículo 14: Lenguas originarias en erosión y peligro extinsión
Lenguas originarias en peligro de extinción deben ser atendidas
Artículo 11: Política nacional
El estado debe promover y difundir en los medios de comunicación en lenguas originarias
Las tradiciones y expresiones orales deben ser tratadas como patrimonio cultural inmaterial
Su diseño, formulación debe contar con representantes de los pueblos originarios