El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ofrece una amplia gama de prestaciones y beneficios a sus afiliados. Entre estos se encuentran la atención médica preventiva, curativa y de maternidad, así como la rehabilitación física y mental.
tener 65 años cumplidos
25 años cotizando, quien cumpla tiene derecho a Renta
vitalicia, que se actualizará anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor
LEY DEL ISSSTE
PENSION ANTICIPADA
contar con al menos 55 años de edad y haber cotizado al menos 15 años.
PENSION POR VEJEZ
OBLIGACIONES PATRONALES
AFILIACION DE TRABAJADORES
PAGO DE LAS CUOTAS PATRONALES
ACTUALIZACION DE DATOS
RETENCION DE LAS CUOTAS DEL TRABAJADOR
ENTREGA DE INFORMES
CUMPLIR CON LAS NORMATIVAS DEL ISSSTE
ENTREGA DE CONSTANCIAS Y DOCUMENTOS
CUOTAS Y APORTACIONES
Empleado: 6.125% del sueldo básico, por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez.
Entidades o dependencia: 2% del sueldo básico por concepto de retiro y 3.175% por concepto de cesantía en edad avanzada y vejez. Gobierno federal: Aporta 5.5% del salario mínimo general vigente para el Distrito Federal como Cuota Social.
SUJETOS
Todos los trabajadores del estado
y familiares directos:conyuges, concubina,hijos menores de 18 años, mayores de edad discapacitados, padres y suegros en ciertas circunstancias.
PENSION POR JUBILACION
Trabajadores que hubieren cotizado treinta años o más y las Trabajadoras que hubieran
cotizado veintiocho años o más, tendrán derecho a Pensión por Jubilación equivalente al cien por ciento
del promedio del Sueldo Básico de su último año de servicio
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
Última Reforma DOF 07-06-2024
Años Edad Mínima de Jubilación edad minima jubilacion
trabajadores trabajadoras
2010 y 2011 51 49
2012 y 2013 52 50
2014 y 2015 53 51
2016 y 2017 54 52
2018 y 2019 55 53
2020 y 2021 56 54
2022 y 2023 57 55
2024 y 2025 58 56
2026 y 2027 59 57
2028 en adelante 60 58
La Pensión por jubilación dará derecho al pago de una cantidad equivalente al cien por ciento del sueldo
PENSION POR CAUSA DE MUERTE
CUAUSA DE MUERTE POR RIESGO DE TRABAJO O DESAPARICION POR ACTO DELINCUENCIAL
La pension sera del cien porciento del sueldo basico del trabajador en ese momento
Muerte por incapacidad permanente
cien por ciento del sueldo basico recibido en ese momento
Muerte por causas ajenas
equivalente a seis meses de la pension asignada
PENSION POR INVALIDEZ
A partir de los 15 años laborando obtiene el 50% del sueldo basico
sube el porcentaje gradualmente segun los años laborados cumplidos hasta llegar a los 30 años cumplidos para una pension del 100 %
15 años de servicio........................ 50 %
16 años de servicio........................ 52.5 %
17 años de servicio........................ 55 %
18 años de servicio........................ 57.5 %
19 años de servicio........................ 60 %
20 años de servicio........................ 62.5 %
21 años de servicio........................ 65 %
22 años de servicio........................ 67.5 %
23 años de servicio........................ 70 %
24 años de servicio........................ 72.5 %
25 años de servicio........................ 75 %
26 años de servicio........................ 80 %
27 años de servicio........................ 85 %
28 años de servicio........................ 90 %
29 años de servicio........................ 95 %
PENSION POR INCAPACIDAD
todo trabajador que haya sufrido un accidente o una enfermedad (no profesional) recibirá un pago del 50 por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo
incapacidad temporal, sólo se otorga cuando hay una disminución orgánico funcional del 25 por ciento.
PRESTACIONES
1.- Atención médica preventiva.
2.- Atención médica curativa y de maternidad.
3.- Rehabilitación física y mental.
4.- Seguro contra riesgos de trabajo.
5.- Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
6.- Seguro de invalidez y vida.
7.- Adquisición de casa habitación.
8.- Reparación o mejoras de vivienda.
9.- Ampliación de vivienda.
10.- Préstamo para pagos de pasivos.
11.- Préstamos personales.
12.- Préstamos especiales.
13.- Préstamos conmemorativos y para adquisición de automóviles nuevos y motocicletas.
14.- Préstamos extraordinarios para damnificados por desastres naturales.
15.- Servicios turísticos a todo el país.
16.- SUPERISSSTE.
17.- Servicios funerarios.
18.- Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil (EBDI).
19.- Programas educativos y de capacitación.
20.- Atención a jubilados, pensionados y discapacitados (Centro de Convivencia CONVIVE).
21.- Programas de fomento cultural, deportivo y recreativo (ISSSTEHuixtla).
22.- Casas de Día para personas jubiladas y pensionadas.
INSTITUTO A CARGO
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES