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Modalidades a través de las cuales el Estado puede adquirir bienes.

El Estado tiene diversas modalidades para adquirir bienes de los ciudadanos, siendo las principales el decomiso, la expropiación y la requisición. El decomiso es una sanción impuesta por una autoridad judicial o administrativa, que priva a una persona de sus bienes debido a la infracción de una norma penal o administrativa.

Modalidades a través de las cuales el Estado puede adquirir bienes.

Modalidades a través de las cuales el Estado puede adquirir bienes.

NACIONALZACION

ART. 25 CONSTITUCIONAL
Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. La competitividad se entenderá como el conjunto de condiciones necesarias para generar un mayor crecimiento económico, promoviendo la inversión y la generación de empleo.

La nacionalización es el proceso mediante el cual el Estado pasa a ser propietario o controlador de bienes o actividades que hasta la fecha pertenecían al sector privado. Por medio de una nacionalización una industria o un bien pasa a convertirse en patrimonio de un país o de sus instituciones públicas.

Subtopic

DECOMISO

ART. 22 CONSTITUCIONAL
Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.

El decomiso es la privación de los bienes de una persona, decretada por una autoridad judicial o administrativa a favor del Estrado, y ello representa una sanción, por la infracción a una norma penal o administrativa.

REQUISICION

ART. 16 CONSTTITUCIONAL PARRAFO XVIII
En tiempo de guerra los militares podrán exigir alojamiento, bagajes, alimentos y otras prestaciones, en los términos que establezca la ley marcial correspondiente.

Procedimiento que permite a la administración constreñir mediante indemnización a los particulares a concederle sus servicios, el uso de muebles o de inmuebles, la propiedad de cosas muebles, en las hipótesis enumeradas por las leyes, pero cuyo número va cada día en aumento.

EXPROPIACION

ART. 27 CONSTITUCIONAL PARRAFO I
La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización

Acto administrativo en virtud del cual el Estado priva una persona de su propiedad ya sea parcial o totalmente, siempre que exista una causa de utilidad pública prevista en la ley y mediante el pago de una indemnización