da Jessica jordan mancano 4 anni
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SUELO RURAL: Constituyen esta categoría los terrenos no aptos para el uso urbano, por razones de oportunidad, o por su destinación a usos agrícolas, ganaderos, forestales, de explotación de recursos naturales y actividades análogas. A esta categoría pertenecen los Suelo de Producción, Suelos de Protección y los Suelos Suburbanos.
EL SUELO RURAL SE CLASIFICA EN:
3. Suelo de protección: Constituido por las zonas y áreas de especial significación ambiental en terrenos localizados dentro de cualquiera de las anteriores clases (urbanas rurales, suburbanas), que por sus características geográficas, paisajísticas o ambientales o por formar parte de las zonas de utilidad pública, para la ubicación de infraestructuras para la provisión de servicios públicos domiciliarios, o de las áreas de amenazas y riesgo no mitigable para la localización de asentamientos humanos, tienen restringida la posibilidad de urbanizarse (cfr. artículo 35, Ley 388/97).
El Suelo de Protección define dos zonas
Zonas expuestas a amenaza y riesgo: Estas zonas deben tratarse integralmente para evitar el riesgo que pueden producir en los asentamientos humanos; la evaluación de las zonas de amenaza realizadas en el PBOT no reemplaza los estudios específicos de micro zonificación, geología estructural, tectónica e inundaciones, de tipo detallado que deben realizarse para definir mejor las áreas expuestas a amenaza
Áreas de alto riesgo susceptibles a amenazas antrópicas. Comprende los sitios, lugares y áreas de afectaciones ambientales producidas por la disposición final de residuos sólidos, y líquidos, el sistema vial troncal y ferroviario, el sistema interconectado local y regional de energía eléctrica y los sistemas de almacenamiento y transporte de hidrocarburos y derivados del petróleo.
Áreas de alto riesgo susceptibles a amenazas naturales. Comprende la amenaza por erosión, deslizamientos e inestabilidad geológica en las áreas estratégicas de piedemonte y colinas estructurales erosionadas y cruzadas por fallas paralelas al sistema Bucaramanga - Santa Marta, por la Falla de Besote, la Falla de Noreán, la Falla de Aguachica y demás lineamientos cubiertos e inferidos; integra sectores de las veredas el Corral, Noreán, La Morena, Las Latas y Quebrada seca, La Yegüerita, Cerro Bravo, y Peñoncito; la presencia de estos elementos estructurantes hacen que la Reserva forestal del río Magdalena presente cierta inestabilidad geológica y tectónica que puede hacerse evidente en cualquier momento.
Zonas de especial significación ambiental: incluye las áreas de conservación y protección ambiental que deben ser protegidas imperativamente; hacen parte de ellas:
Áreas de manejo integral. Comprende las áreas de amortiguación de las rondas hídricas de las corrientes y del complejo cenagoso.
Áreas de recuperación. Comprende los cuerpos de agua del complejo cenagoso de los ríos Lebrija y Magdalena.
Áreas protegidas. Aquí se incluye el área de reserva forestal del río Magdalena declarada por la Ley 2 de 1959 y el Decreto 111 de 1959
Áreas de Protección. Tendrán acciones restrictivas sobre el uso y aprovechamiento del suelo de tal forma que se permita el mantenimiento de la diversidad biológica a perpetuidad, así como de los recursos naturales y culturales asociados a los ecosistemas estratégicos de especial significación ambiental para el municipio.
Áreas estratégicas de utilidad pública e interés social. Son las áreas estratégicas de utilidad pública e interés social que comprenden dos tipos, primero las microcuencas abastecedoras de los sistemas de acueductos urbanos y rurales con sus áreas estratégicas
Áreas de Conservación. Deberán mantener en su estado propio los recursos naturales renovables y las bellezas panorámicas fomentando el equilibrio biológico de los ecosistemas.
2.Suelo de producción: Son suelos que presentan características físicas y bióticas adecuadas para sustentar actividades económicas. Las actividades en los suelos de producción definidos en el PBOT serán tales como producción agropecuaria, producción minera, producción de hidrocarburos, turismo y asentamientos humanos, incluyendo todas estas dentro de las zonas de producción con restricciones ambientales, las zonas de producción sin restricciones ambientales y las zonas de producción minera. Sin embargo, en estos suelos deben efectuarse prácticas de conservación, prácticas agronómicas y obras mecánicas o civiles que disminuyan los factores que favorecen la erosión, amortigüen el golpe de las gotas de las lluvias, disminuyan la velocidad del agua de escorrentía y encausen las aguas sobrantes para proteger la estructura del suelo y el régimen hidrobiológico.
Son suelos de producción
Zonas de producción minera: Son aquellas zonas del municipio en donde se encuentran yacimientos minerales o energéticos y depósitos de agregados pétreos, económica y ambientalmente explotables, están localizados por fuera de las zonas o áreas declaradas como de protección ambiental.
Zonas de Producción sin restricciones ambientales: Son las zonas sin erosión evidente, profundas de capacidad agropecuaria, de buen drenaje, fertilidad media, caracterizados por un relieve plano y / o ligeramente ondulados, en los cuales se pueden implantar sistemas, sistemas de riego, usos agropecuarios intensivos, extensivos y producción limpia; corresponden a la llanura de piedemonte entre Noreán y Besote.
Zonas de producción con restricciones ambientales: Son zonas susceptibles a la erosión, donde los suelos y procesos productivos presentan restricciones de uso para el desarrollo de actividades agrícolas y pecuarias que requieran alta mecanización
1. Suelo Suburbano. Constituyen esta categoría las áreas ubicadas dentro del suelo rural, en las que se mezclan los usos del suelo y las formas de vida del campo y la ciudad, diferentes a las clasificadas como áreas de expansión urbana, que pueden ser objeto de desarrollo con restricciones de uso, de intensidad y de densidad, garantizando el autoabastecimiento en servicios públicos domiciliarios, de conformidad con lo establecido en la Ley 99 de 1993 y en la Ley 142 de 1994.
SUELO DE EXPANSIÓN URBANA: Constituido por la porción del territorio municipal destinada a la expansión urbana, que se habilitará para el uso urbano durante la vigencia del PBOT, según lo determinen los Programas de Ejecución. La determinación de este suelo se ajustará a las previsiones de crecimiento de la ciudad y a la posibilidad de dotación con infraestructura para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos domiciliarios, áreas libres, y parques y equipamiento colectivo de interés público o social.
la definición del suelo de expansión se ha realizado de acuerdo con los siguientes criterios
4. La habitabilidad general del casco urbano. Siguiendo con los conceptos expresados desde el diagnóstico, la habitabilidad del municipio se considera, en términos de espacio urbano cómodo y suficiente por habitante, con un indicador de 33,0 m²/hab (sin incluir vías, en cuyo caso será de 40 m²/hab).
3. La oferta de espacio urbano apto para adelantar procesos de urbanización. Dado que no todo el suelo de expansión disponible se requiere ocupar durante la vigencia del PBOT se hace necesaria una diferenciación clara en dos categorías, a saber; El Suelo de Expansión Inmediata, es decir, aquel que puede ser ocupado durante la vigencia del PBOT sin mediar requerimientos adicionales a los expuestos precedentemente; y, el Suelo de Expansión de Reserva Urbana, es decir, aquel que sólo puede ocuparse una vez se haya copado la capacidad de absorción del suelo de expansión inmediat
2. Las demandas de espacio para absorber la dinámica poblacional y económica del municipio. En la Dimensión Funcional del Diagnóstico Territorial se elaboraron los diferentes indicadores de espacio público y equipamiento y se mostraron los déficit en cada caso.
1. El examen de la dinámica poblacional urbana. La tendencia de la población de Aguachica muestra un incremento sostenido en el número de habitantes urbanos y un decremento en lo rural.
SUELO URBANO: El Suelo Urbano de Aguachica está constituido por todos los terrenos urbanizados que hacen parte del perímetro de servicios domiciliarios básicos y por aquellos terrenos que se incorporan al perímetro por tener desarrollos urbanos en proceso de consolidación a los cuales es necesario establecer criterios de uso y ocupación. El perímetro urbano así definido se hace con dos fines principales; el primer fin es la incorporación de áreas desarrolladas o en proceso de desarrollo que no están cobijadas por el perímetro actual y el segundo fin es delimitar zonas urbanas con tratamientos restrictivos o de contención del crecimiento, especialmente en zonas donde el proceso puede producir cambios drásticos en el territorio u ocasionar daños o impactos negativos en el entorno
Las directrices de ordenamiento territorial departamental que definen los tipos de zonas urbanas así: ~Zonas urbanas de vivienda; son aquellas destinadas a los usos residenciales. ~Zonas urbanas de uso mixto; son aquellas donde se presentan diferentes usos compatibles entre sí (comercial, institucional, recreacional). ~Zonas urbanas comerciales; son aquellas donde el uso principal es el comercio de alto impacto (especializado), centros comerciales, supermercados, restaurantes, cines, droguerías. ~Zonas urbanas institucionales; son aquellas con fines administrativos, institucionales o de utilidad pública (hoteles, puestos de salud, colegios, parques, campos deportivos, escuelas, etc.). ~Zonas urbanas industriales; son aquellas donde se desarrolla la industria de bajo impacto ambiental, cuya materia prima no produce efectos tóxicos ni contaminantes, su elaboración no produce ruidos ni requiere controles especiales para el tratamiento de deshechos (artesanales, industrias familiares, manufactura en pequeña escala). ~Zonas urbanas de industria pesada; son aquellas donde se desarrolla actividad industrial a gran escala, estas zonas son incompatibles con algunos usos urbanos.
EL SUELO URBANO SE CLASIFICA EN:
Suelo Urbano de los Centros Poblados: El Suelo Urbano de los Centros Poblados está constituido por todos lo terrenos contenidos dentro de la línea de perímetro de cada uno de ellos definidos en el Plano PF2: Perímetros Urbanos de los Centros Poblados. Así como en la definición del perímetro urbano de la Cabecera Municipal; se delimitan como suelo urbano los Centros Poblados ya que la dinámica de cada uno de ellos es de tal magnitud económica, social o cultural, que no se debe afectar de manera contundente su uso y ocupación.
Suelo Urbano de la Cabecera Municipal: Este suelo tiene una extensión total de 874,68 Ha. El bosque del Potosí se consideró dentro de la línea de perímetro del Suelo Urbano con el criterio de integrar un área estratégica al suelo urbano para protegerla aplicándole usos y tratamientos urbanos que permitieran la sustitución de actividades y edificaciones que causan deterioro o que tienden a afectarlo de forma que pueden conducirlo a desaparecer.
Desarrollo institucional creativo
Fomentar nuevas y mejores formas de administrar los recursos y prestar los servicios para conducir procesos de reestructuración conceptual y práctica del sistema administrativo municipal acorde con las políticas nacionales de racionalización de la gestión pública, logrando una mejor integración, subsidiariedad y corresponsabilidad con las entidades del nivel superior.
3. Estimular la capacitación técnica del personal de planta de manera que permita elevar los niveles de gestión interna y externa.
2. Establecer directrices que permitan organizar la administración optimizando los procesos, haciendo reingeniería y posibilitando la retroalimentación directa e inmediata.
1. Definir una nueva estructura administrativa más eficiente y coherente de acuerdo con las limitaciones del recurso humano disponible.
Desarrollo urbano moderado
Redistribuir antes que extenderse asignando nuevas posibilidades de desarrollo a los terrenos sin construcción dentro del perímetro urbano, facilitando los procesos de obtención de licencias y promoviendo acciones concertadas y conjuntas para localización de proyectos estratégicos de interés general.
3. Localizar la infraestructura de servicios necesaria para dotar la ciudad de una eficiente vialidad, movilidad y cobertura.
2. Establecer criterios claros de uso y ocupación de las áreas urbanas definiendo claramente el régimen de cesiones y bonificaciones.
1. Definir una norma urbanística lo suficientemente flexible para agilizar los procesos y lo suficientemente exigente para mejorar la calidad de los edificios.
Desarrollo ambiental armónico
Integrar el medio ambiente al proceso de construcción y urbanización garantizando la sostenibilidad ambiental con el establecimiento de una nueva arquitectura de la ciudad para definir los flujos urbanos en función de los requerimientos de espacio vital, desplazamiento, permanencia, trabajo, ocio y recreación.
En el sector rural se pretende sensibilizar a la comunidad en el manejo y cuidado del medio ambiente, de los recursos hídricos, edáficos y atmosféricos de forma que se desarrolle sosteniblemente el campo y los recursos naturales.
8. Diseño, construcción, dotación y mejoramiento de equipamiento comunitario rural.
7. Regular la contaminación del agua y el suelo.
6. Promover sistemas de producción agropecuaria ambientalmente sostenibles.
5. Mejorar la capacidad técnica del campo y educar ambientalmente al sector productivo para lograr un mejor aprovechamiento del potencial ecológico y agrícola.
4. Realizar estudios específicos que delimiten las áreas de amenaza y su afectación ambiental y socioeconómica.
3. Aplicación del Certificado de Incentivo Forestal establecido en la Ley 139 de 1994
2. Adquisición de los predios estratégicos de microcuencas abastecedoras de acueductos veredales y municipales, para desarrollar en ellos la recuperación adecuada que garantice la producción suficiente de agua.
1. Recuperación de ecosistemas estratégicos.
3. Reconocer y hacer explícito que hay que enriquecer el modelo de urbanismo actual y que éste sea compatible con la defensa, protección y conservación de los recursos naturales.
2. Adoptar mecanismos que faciliten y apoyen la inversión privada en el municipio para promocionar el establecimiento de pequeña y mediana industria y la generación de procesos productivos ambientalmente limpios.
1. Promover las iniciativas de urbanización que involucren e integren los componentes ambientales y de manejo sostenible del medio ambiente con construcción de espacio público.
Desarrollo social equitativo
Generar procesos de cambio en las costumbres tanto del ámbito personal como institucional para tomar conciencia acerca del derecho de recibir y la mejor manera de servir para no producir desgastes, duplicidades o rupturas en los sistemas de servicios que afecten a sectores de la población con más necesidades.
3. Generar propuestas novedosas en la prestación de los servicios para garantizar el acceso de todos en condiciones de equidad.
2. Establecer criterios de selección de beneficiarios de los servicios sociales básicos acorde con las necesidades reales de la población.
1. Promover la vigilancia en la prestación de los servicios básicos como factor de retroalimentación para hacerlos más efectivos.
Desarrollo económico sostenido
Proporcionar los elementos y espacios para facilitar la inversión privada reduciendo la incertidumbre existente en la región para formular opciones económicas de gran alcance. Es necesario fortalecer la productividad y competitividad local, articulando las cadenas productivas de la región, aprovechando la gran ventaja competitiva que posee el municipio por su localización estratégica regional y nacional, y por su regulación normativa especial
ESTRATEGIAS
3. Establecer acciones interinstitucionales, del sector público y privado, en forma conjunta, para el diseño de mecanismos tributarios de fomento empresarial y de gestión de recursos de financiamiento a escala nacional e internacional para el desarrollo de la actividad económica.
2. Redireccionar los procesos de producción, orientándolos hacia una producción técnica diversificada, agroecológica y sostenible para el mejoramiento de la productividad y la competitividad del agro municipal; además de estimular aquellos que configuren cadenas productivas con el sector agroindustrial
1. Orientar el desarrollo de las actividades económicas que tienen asiento en el área rural del Municipio; para que con un carácter sostenible contribuyan a la creación de eslabonamientos productivos. Fomentando la investigación y el desarrollo tecnológico que permita aumentar la productividad en el mediano y largo plazo conservando los recursos naturales.