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da Aldo Nicolas Martinez mancano 3 anni

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Organigrama

En el ámbito del derecho, las cosas se definen como cualquier ente que puede ser objeto de un derecho por parte del ser humano. Estas se dividen en corporales e incorporales, donde las corporales incluyen bienes muebles e inmuebles y las incorporales se refieren a derechos.

Organigrama

Aldo Nicolas Martinez

Genero y Especie

Genero: Agrupación de cosas que son similares. Especie: Al individuo determinado

Conceptos

Cosa

Todo ente que puede ser objeto de un derecho por parte del hombre

Incorporales

Son los derechos

Corporales

Clasificación General

Cosas en patrimonio de los particulaes

Cosas susceptibles de apropiarse

Cosas fuera del patrimonio

Insusceptibles de apropiación individual

Concepto y Clasificacion de las cosas

Definición de las Cosas

Res Mancipi y Nec Mancipi
Nec mancipi: podia transmitirse por la simple traditio(habria de entenderse con cosas que no dan lugar a la propiedad)
Res mancipi:eran aquellas cuyo dominio se transmitia solo por mancipatio o in iure cessio( las unicas cosas susceptibles de propiedad)
Res In Commercio
Efectuadas precedentemente las distinciones de las cosas excluidas del trafico jurídico
Res Universitatis
Eran cosas comunales que estaban abiertas al uso de todos los habitantes.
Res Publicae
Todos podían usar las cosas publicas, siempre que con ello no obstaculicen o impidieran el uso de los demás.
Res nec mancipi
Todas las cosas conocidas por los Romanos

EJEMPLOS: Animales, Dinero, Joyas

Mancipi
Adquirida por la mancipación
Humani iuris
De derecho humano
Divini iuris
Perteneciente a los dioses

Clasificación

In Patrimonium y Extra patrimonium
In Patrimonium: No podían formar parte de una sucesión o ser objeto de contrato

Subtopic

Extra Patrimonium: Se encuentran los derechos humanos y derechos divinos
Frutos
Se consideran frutos los productos naturales o rendimientos a cuya producción periódica está destinada la cosa que los produce
Principales y accesorias
Accesoria: la que se necesita una cosa principal para poder subsistir
Principales: es la que se puede subsistir por si misma
Fungibles y no Fungibles
No Fungibles: aquellos objetos que segun esos usos, no resultan reemplazables por otro
Fungibles: Objeto de un determinado genero que se considera idéntico a cualquier otro del mismo genero
Muebles e Inmuebles
Inmuebles: Son bienes inamovibles. EJ (terrenos)
Muebles: pueden moverse de un lugar a otro. EJ(muebles)
Consumibles e Inconsumibles
Indivisibles: Pueden utilizarse muchas veces
Consumibles: Las cosas cuya utilidad terminan con el primer uso
Simples y Compuestas
Compuestas: Hechas de varios materiales o que constituyen una universalidad
Simples: hechas de un solo material o aquellas que se parecen a una universalidad
Divisibles e Indivisibles
Indivisibles: Cuando la esencia de la cosa ha desaparecido con la division
Divisibles: Posibilidad de dividir una cosa sin que deje de ser tal
Corpóreas e incorpóreas
Incorpóreas: Derecho que caen sobre las cosas
Corpóreas: Las cosas que se pueden tocar