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PRINCIPIOS GENERALES DEL TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL DE 1984

El Código Civil de 1984 establece varios principios fundamentales en su título preliminar. Entre ellos, se menciona que una ley solo puede ser derogada por otra ley y que la derogación se produce en caso de incompatibilidad entre ambas.

PRINCIPIOS GENERALES DEL TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL DE 1984

PRINCIPIOS GENERALES DEL TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL DE 1984

Artículo IV: Aplicación analógica de la Ley.

Restringe derechos no se aplica por analogía

Artículo III: Aplicación de la Ley en el tiempo.

No tiene efecto retroactivo, salvo las excepciones previstas

Artículo II: Abuso del Derecho.

La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusivos.

Artículo I: La Ley se deroga sólo por otra Ley.

Se produce por una derogación por incompatibilidad entre la nueva ley

Artículo V: Orden Público, buenas costumbres y nulidad de acto jurídico

Acto Jurídico
Las Buenas Costumbres
Orden Público

Artículo VII: El principio del iura novit curia

Interés económico o Moral

Artículo VIII: Obligación de suplir los derechos o deficiencias de la Ley.

Aplican los principios generales del Derecho
son informadores y son normas

Artículo IX: Aplicación Supletoria del Código Civil.

se aplican a las Situaciones Jurídicas por otras leyes