El proceso declarativo verbal sumario es un procedimiento jurídico diseñado para tramitar casos de mínima cuantía o aquellos especificados en el artículo 390 del Código General del Proceso (
DENTRO DEL PROCESO DECLARATIVO VERBAL SUMARIO EXISTEN UNAS PARTICULARIDADES, ESTAS SON:
6. LA SENTENCIA ES DE ÚNICA INSTANCIA, NO CABE RECURSO DE APELACIÓN, ESTE ES UN PROCESO MAS SIMPLE Y SENCILLO DEBIDO A LA CUANTIA Y A SUS PARTICULARIDADES
5. CUANDO SE VENCEN LOS 10 DÍAS HÁBILES PARA QUE EL DEMANDADO EJERZA SUS ACTOS DE DEFENSA, EL JUEZ PROFIERE UN AUTO, FIJANDO FECHA Y HORA PARA LA AUDIENCIA EN DONDE DECRETA LAS PRUEBAS, ES DECIR, CUALES PRUEBAS, CUALES TESTIGOS Y CUALES PERITOS SON LOS QUE SE VAN A ACEPTAR DENTRO DE LA DEMANDA POR AMBAS PARTES.
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4. LOS ACTOS DE DEFENSA DEL DEMANDADO COMO: CONTESTAR LA DEMANDA, PRESENTAR EXCEPCIONES PREVIAS, DEMANDA DE RECONVENCIÓN Y LLAMAMIENTO EN GARANTÍA, EL JUEZ LE VA A DAR 3 DÍAS AL DEMANDANTE PARA RESPONDERLE AL DEMANDADO LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA.
3. EL DEMANDADO TIENE SOLO 10 DÍAS HÁBILES PARA RESPONDER LA DEMANDA Y EJERCER SUS ACTOS DE DEFENSA.
2. TANTO LA DEMANDA COMO SU CONTESTACIÓN SE PUEDEN PRESENTAR DE FORMA ESCRITA O DE FORMA VERBAL
1. TANTO EN LA DEMANDA COMO LA CONTESTACIÓN DE LA MISMA, EL CIUDADANO PUEDE PRESENTARLA CON O SIN ABOGADO.
SE ENTIENDE COMO UN METODO A TRAVÉS DEL CUAL SE TRAMITAN PROCESOS DE MÍNIMA CUANTÍA Y, SIN IMPORTAR LA CUANTÍA, AQUELLOS ASUNTOS QUE SE ENCUENTRAN ENNUMERADOS EN EL ARTÍCULO 390 DEL C.G.P.
ETAPAS DEL PROCESO DECLARATIVO VERBAL SUMARIO.
ACTOS DE DEFENSA DEL DEMANDADO
NOTIFICACIÓN DE LA DEMANDA AL DEMANDADO
ADMISIÓN DE LA DEMANDA
SIGUE CON LA DEMANDA, LA CUAL DEBE CUMPLIR CON LOS ARTICULOS 82 Y 84 DEL C.G.P.