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da Duvan Diaz mancano 9 anni

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Procuraduria / Contraloria

En Colombia, la Procuraduría General de la Nación es una entidad autónoma e independiente cuya responsabilidad principal es ejercer el ministerio público tanto a nivel nacional como territorial.

Procuraduria / Contraloria

. El Procurador es elegido por el Senado de la República, para un período de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado (arts. 275 y 276, de la Constitución Política de 1991).

Intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario, en defensa del orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales. • Rendir anualmente informe de su gestión al Congreso de la República. • Exigir a los funcionarios públicos y a los particulares la información que considere necesaria. • Las demás que determine la ley.

Edificio Procuraduria

Alejandro Ordóñez Maldonado, Procurador General de la Nación desde el año 2009

Corte Suprema

Senado

Congreso

Topic flotante

La Constitución en su artículo 277 establece que al procurador por sí solo o por medio de sus delegados le corresponde: • Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos. • Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo. • Defender los intereses de la sociedad. • Defender los intereses colectivos, en especial los relacionados con el ambiente. • Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas. • Ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular. Así como ejercer preferentemente el poder disciplinario, adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley.

Es el órgano de control, autónomo e independiente encargado de ejercer el ministerio público en los órdenes nacional y territorial, cuyo jefe es el Procurador General de la Nación, a quien le corresponde fijar las directrices y orientación para el ejercicio de las funciones del Defensor del Pueblo y de los personeros municipales.