Categorie: Tutti - aduanero - exportación - comercio - mercancías

da catalina garcia mancano 4 anni

242

Régimen de Exportacion

Un decreto promulgado en 2016 busca armonizar la legislación internacional con los compromisos exigidos, facilitando el comercio exterior y ejerciendo un mayor control sobre las obligaciones aduaneras.

Régimen de Exportacion

DIFERENCIAS

Las modalidades se mantienen en concepto literal , con el decreto 390 se adicionan dos (2) nuevos conceptos como lo son para la exportacion de café, necesariamente registrados en la dederacion nacional de cafeteros, con esto de bloquea la informalidad y se establece los aportes en cuanto al pago de contribucion y tambien exportacion y reimportacion de bienes de patrimonio de la nacion, dado que se trate de programas de intercambio.

Se mantiene que la direccion de impuestos y aduanas DIAN, como ente regulador y control del estado, mediante la aplicabilidad de los diferentes decretos asi como tambien de aquellas resoluciones que modifiquen o mejoren lo previsto en funcion de faculitar las operaciones de comercio exterior del pais.

Con el decreto 2685 , la autoridad aduanera conforme se adelantaba el proceso de autorización de embarque solicitaba la documentación en la inspección, a las novedades presentadas por las demoras en tiempo y lugar, con el decreto 390 se exige que toda la documentación este completa ante la presentación con inspector en zona primaria.

Se simplifica el concepto, en el marco legal un decreto modifica o deroga alguna resolución o articulo al decreto anterior por ello se hacen disposiciones generales.

Régimen de Exportacion

Conclusiones

las diferencias dadas de uno a otro decreto representan la continuidad del estado en trabajar por medio de la autoridad aduanera DIAN , en encontrar facilidades al comercio y la protección de la industria nacional, y salvaguardar que los ingresos a la nación sean debidamente controlados y justificados en cada transaccional internacional.
Es importante considerar que las diferentes interpretaciones o apreciaciones que se puedan obtener del individualismo en la lectura de tales decretos, dado que a manera de aprendizaje es necesario para el comercio internacional es de constatar que las diferentes versiones de los decretos y sus diferentes modificaciones representan un desafió para para la implementacion y puesta en marcha de toda la normalidad allí establecida.
Los cambios asociados a los estatutos aduaneros buscan estar en concordancia con los cambios tecnológicos que requieren los sistemas informáticos aduaneros,los decretos se complementan uno a otro en función de las necesidades del comercio nacional e internacional.

DECRETO 2685 DE 1999 (Diciembre 28) Diario Oficial No. 43.834, del 30 de diciembre de 1999

a) Exportación definitiva b) Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo c) Exportación temporal para re importación en el mismo estado d) Re exportación e) Reembarque f) Exportación por tráfico postal y envíos urgentes g) Exportación de muestras sin valor comercial h) Exportaciones temporales realizadas por viajeros i) Exportación de menajes j) Programas Especiales de Exportación.
En la Solicitud de Autorización de Embarque, el declarante deberá suministrar a la Aduana toda la información que ésta requiera, incluyendo la contenida en los anteriores documentos
Es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país. También se considera exportación, además de las operaciones expresamente consagradas como tales en este Decreto, la salida de mercancías a una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, en los términos previstos en el presente Decreto
Las disposiciones contenidas en este Título conforman el régimen bajo el cual se regula la exportación de mercancías.
VII. REGIMEN DE EXPORTACION CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

DECRETO 390 DE 2016 (marzo 7) D.O. 49.808, marzo 7 de 2016

a)Exportación temporal para re importación en el mismo estado. b )Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo. c)Exportación Temporal para Re importación en el mismo estado de bienes que forman parte del patrimonio d) Exportación definitiva (nacionales o en libre circulación). e)Exportación Temporal para Re importación en el mismo estado de bienes que forman parte del patrimonio cultural de la Nación. f)Exportación de muestras sin valor comercial. g)Exportación de café ( Federación nacional de cafeteros o exportadores registrados.
Documentos soporte de la solicitud de autorización de embarque. Los documentos soporte deben obtenerse antes de la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque
Cualquier mercancía que salga del territorio aduanero nacional
Armonizar la legislación internacional conforme a los compromisos exigidos, facilitando el comercio exterior y ejerciendo un mayor control, en aras del cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras
VII EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS DEL TERRITORIO ADUANERO NACIONAL