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da martha bajaña mancano 4 anni

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Reglamento de Regimen Academico

Este reglamento establece las directrices fundamentales para las instituciones de educación superior, tanto públicas como privadas, en el ámbito de la gestión académica y la emisión de títulos.

Reglamento de Regimen Academico

Reglamento de Regimen Academico

TERCER NIVEL DE FORMACIÓN

Artículo 15
Títulos del tercer nivel técnico - tecnológico superior y de grado

Artículo 3

Objetivos
e) Contribuir a la construcción de una cultura ecológica de conciencia para la conservación, mejoramiento y protección del medio ambiente; los recursos naturales
d) Favorecer la movilidad nacional e internacional de profesores, investigadores y estudiantes; así como la internacionalización de la formación
c) Promover la diversidad, integralidad, permeabilidad y flexibilidad de los planes curriculares, garantizando la libertad de pensamiento y la centralidad del estudiante en el proceso educativo
b) Articular y fortalecer la investigación; la formación académica y profesional; y la vinculación con la sociedad, en un marco de calidad, innovación y sostenibilidad que propenda al mejoramiento continuo
a) Garantizar una formación de calidad, excelencia y pertinencia, de acuerdo con las necesidades de la sociedad; asegurando el cumplimiento de los principios y derechos consagrados en la Constitución, la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y demás normativa aplicable

Artículo 1

Ámbito
El presente Reglamento aplica a todas las instituciones de educación superior públicas y particulares: universidades, escuelas politécnicas, institutos y conservatorios superiores

Artículo 2

Objeto
El objeto del presente instrumento es regular y orientar las funciones sustantivas de las Instituciones de Educación Superior (IES); así como lo relativo a su gestión, en el marco de la normativa del Sistema de Educación Superior (SES).

UNIDADES DE ORGANIZACIÓN CURRICULAR

Artículo 31
Unidades de organización curricular del tercer nivel

c) Unidad de integración curricular

b) Unidad profesional

Desarrolla competencias específicas de la profesión, diseñando, aplicando y evaluando teorías, metodologías e instrumentos para el desempeño profesional específico

a) Unidad básica

Introduce al estudiante en el aprendizaie de las ciencias y disciplinas que sustentan la carrera; sus metodologías e instrumentos; así como en la contextualización de los estudios profesionales

Artículo 32

Diseño, acceso y aprobación de la unidad de integración curricular del tercer nivel

Artículo 33

Reprobación de unidad de integración curricular
Un estudiante podrá reprobar hasta dos (2) veces la unidad de integración curricular, y solicitar autorización para cursarla por tercera (3) ocasión mediante los mecanismos definidos por la IES.

Artículo 50

Vinculación con la sociedad
La vinculación con la sociedad hace referencia a la planificación, ejecución y difusión de actividades que garantizan la participación efectiva en la sociedad y responsabilidad social

Artículo 53

Prácticas preprofesionales y pasantías en las carreras de tercer nivel
Las prácticas preprofesionales y pasantías en las carreras de tercer nivel son actividades de aprendizaje orientadas a la aplicación de conocimientos y/o al desarrollo de competencias profesionales.

Topic principal

Artículo 101

Otorgamiento y emisión de títulos de tercer y cuarto nivel.