Categorie: Tutti - subsistencia - pensiones - requisitos - salario

da Nancy Mora mancano 5 anni

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El sistema de pensiones del Magisterio Nacional contempla diferentes regímenes para asegurar la jubilación de sus integrantes. Desde el 15 de julio de 1992, el Régimen de Capitalización Colectiva establece un salario de referencia basado en el promedio de todos los salarios cotizados, con aportes tripartitos del patrono, trabajador y Estado.

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SISTEMA DE PENSIONES

RÉGIMEN DE PENSIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL

RÉGIMEN DE CAPITALIZACION COLECTIVA
Después del del 15 de julio de 1992

Aporte tripartito: •Patrono = 6.75% •Trabajador = 8% •Estado = 0.25%

→Declarado inválido por la CCSS → 36 cotizaciones mínimo

→55 años de edad y 396 cotizaciones

SALARIO REFERENCIA Promedio de todos los salarios cotizados

60% salario referencia primeras 240 cuotas + 0.1% por cada cotización adicional

CÁLCULO BENEFICIO PENSIÓN

VEJEZ 60% salario de referencia x las primeras 240 cotizaciones + 0.1 exceso de cotizaciones + 1.5% del salario por cada trimestre adicional hasta un máx de 4 años.

SUBSISTENCIA Viuda 1 hijo : 50% viudo 20% hijo Viuda 2 hijos: 40 % viuda 40% proporcional a hijos Sólo hijos: se prorratea en forma equivalente el 70% entre ellos

INVALIDEZ 60% del salario de referencia x las primeras 240 cotizaciones + 0.0783% por cada cuota adicional

RÉGIMEN TRANSITORIO DE REPARTO
Antes del 15 de julio de 1992

Cargo al Presupuesto Nacional

SALARIO DE REFERENCIA Promedio mejores 32 salarios de los últimos 60 meses

PENSION: 80% del salario de referencia

SUBSISTENCIA

→ Viudez: Cónyuge 24 cotizaciones/ Compañera convivencia 2 años → Orfandad: solteros menores 18 años o menores de 25 años si estudian Estado de invalidez declarada y dependìa del fallecido Hija soltera mayor 55 años y dependía económicamente

INVALIDEZ

→Declarado inválido por la JMCEI → 36 cotizaciones mínimo

VEJEZ

→400 cotizaciones mensuales →20 años de servicio y 240 cotizaciones →60 años edad 240 cotizaciones (Magisterio)

RÉGIMEN DE PENSIONES DE LA CCSS

CARACTERISTICAS
Tipos pensión

Muerte

Orfandad

Viudez

Reducida

entre 180 y 299 cuotas con 65 años edad

Anticipado

Hombres: 462 cuotas 61 años y 11 meses

Mujeres: 450 cuotas 59 años y 11 meses

Ordinaria

65 años y 300 cotizaciones

Invalidez

Declaratoria de invalidez y al menos 180 cotizaciones

Obligatorio para todos los trabajadores asalariados
SALARIO REFERENCIA promedio últimos 240 salarios actualizados por inflación
PENSIÓN: De 43% a 52% del salario referencia primeras 240 cuotas + 0.0833% por cada cuota adicional
Trabajador 2.84%
Patrono 5.08%
Estado 0.58%

CARGO AL PRESUPUESTO NACIONAL

LE7 7302 15 de julio de 1992
DESPUÉS LEY

IVM

ANTES LEY

REQUISITOS

65 años de edad

Haber trabajado por más de 20 años para alguna de esas instituciones cubiertas

60 años cumplidos

Haber rabajado por lo menos 30 años en alguna institución cubierta

CARGO A PRESUPUESTO NACIONAL

Músicos de Bandas Militares

Ministerio de Hacienda

Registro Nacional

Subtema

Ferrocarriles

Obras Públicas y Transportes

Comunicaciones

RÉGIMEN BOMBEROS

SALARIO REFERENCIA Promedio de los mejores 24 salarios / últimos 5 años
PENSIÓN : 42.5% del salario de referencia + 0.125 por cada mes laborado
REQUISITOS PARA PENSIÓN
Cumplir 25 años de servicio
50 años de edad y 20 años de servicio
37.5% Patrono
12.5% Obrero
0.14% Estado

RÉGIMEN DE PENSIONES DEL PODER JUDICIAL

REQUISITOS DE PENSIÓN
Pensión anticipada

Mujeres 60 años

Hombres 62 años

Vejez

65 años de edad y 35 años de servicio

SALARIO REFERENCIA promedio de los últimos 24 salarios
PENSIÓN: 83% del salario de referencia
CONTRIBUCIÓN
14.36% Patrono
1.24% Estado
13% Funcionario