En las sociedades mercantiles, existen diferentes estructuras con características variadas que determinan la responsabilidad de los socios, la forma de gestión y la contribución de capital.
La Sociedad Comanditaria Simple es una sociedad de carácter personalista, en la que coexisten socios colectivos que aportan trabajo y, que pueden aportar o no, capital y socios comanditarios que sólo aportan capital, y que se dedica a la explotación del objeto social en nombre colectivo. Los socios colectivos tienen responsabilidad ilimitada. Los socios comanditarios tienen la responsabilidad limitada a su aportación.a
Sociedad cooperativa (S.C.)
– Debe tener mínimo cinco socios.
– No se fija un capital social mínimo ni máximo. Sin embargo, este debe ser siempre variable.
– La responsabilidad puede ser suplementada, donde los socios responden con su propio capital hasta el monto establecido en el acta constitutiva, o limitada, donde responden hasta por la cantidad de su aporte.
– Todos los socios forman parte de la clase trabajadora.
– Tiene una forma más participativa y horizontal de unión de los socios.
elementos
Elemento formal
Es el grupo de reglas que están relacionadas con la solemnidad que debe recubrir el contrato que da inicio a la sociedad como una persona jurídica.
Elemento patrimonial
Está formado por el cúmulo de bienes totales pagados por cada uno de los socios, para así conformar los bienes, trabajo y el capital social.
Elemento personal
Está constituido por los socios, que son las personas que reúnen sus esfuerzos y aportan el capital.
concepto
cuyo objetivo es la ejecución de actos de comercio
ya sean naturales, jurídicas, o una mezcla de ambas, para llevar a cabo una empresa comercial o industrial
Las sociedades mercantiles son entidades legales formadas por una asociación de personas
Sociedad colectiva
Subtopic
– Los socios pueden contribuir al mismo tiempo con su fuerza de trabajo y con capital. Tienen derecho a gestionar la empresa directamente.
– Los socios responden a las deudas de forma personal, son gestores directos.
– No se implanta un capital mínimo.
– Debe haber mínimo dos socios.
– La razón social se creará con el nombre de uno o más socios. Si no están todos los nombres en la razón social, se agregarán las palabras “y compañía” o equivalentes.
Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.)
– Los socios tienen el derecho de tomar decisiones directivas, al igual que pertenecer a la Junta Administrativa.
– Tiene un capital inicial dividido en aportaciones indivisibles y a partes iguales entre los socios. Nadie puede poseer menos o más participación que los otros.
– Constituida por socios solamente obligados al pago de sus aportes, sin que las partes puedan estar representadas por títulos negociables, ya que solo podrán cederse con los requisitos y casos establecidos por la ley.
Sociedad Anónima (S.A.)
– El capital pagado por los socios se divide en acciones. Esta sociedad puede ser abierta o cerrada, ya que puede o no realizar oferta pública de acciones.
– Su permanencia puede ser de hasta 99 años.
– Requiere mínimo dos socios, sin límite de socios.
– Está compuesta exclusivamente por socios cuyo deber se circunscribe a pagar sus acciones.
– Es el tipo más común de sociedad dentro del sistema fiscal.