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TIPOS DE CONTRATOS EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO

El documento aborda los distintos tipos de contratos en el comercio electrónico, explicando su clasificación basada en tres criterios principales: la emisión de declaraciones, los sujetos implicados y su forma de ejecución.

TIPOS DE CONTRATOS EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE CIUDAD SERDÁN INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL MERCADOTECNIA ELECTRÓNICA DOCENTE: PASCUAL CORTES RODRÍGUEZ TIPOS DE CONTRATOS EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO ALUMNA: MARICRUZ RODRIGUEZ MARTINEZ NO. CONTROL: 20CS0324

Suazo, A. (2019) Tema 4 "Legislación y seguridad en el comercio electrónico". Blogger. Available at: https://suazomercaelectronica.blogspot.com/p/tema-4-legislacion-y-seguridad-en-el_26.html (Accessed: March 28, 2023).

REFERENCIAS

TIPOS DE CONTRATOS EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO

FORMACIÓN DE CONTRATOS

Para la formación del contrato celebrado por medios electrónicos es requisito indispensable, según dispone el artículo 1262 del CC, la concurrencia de oferta y aceptación sobre la cosa y la causa que lo hayan de constituir por medio de la manifestación del consentimiento sobre estos extremos.

CLASIFICACIÓN

Por los sujetos que son parte del contrato electrónico:
Contrato electrónico mercantil: El contrato será mercantil cuando todas las partes contratantes sean empresarios o profesionales.
Contrato electrónico de consumo: El contrato será de consumo cuando en él participe al menos un consumidor o usuario,.
Por la emisión de las declaraciones:
Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí mismo efectuar la contratación.
Contratos Reactivos: Exigen de las partes el uso de herramientas adicionales de comunicación para poder llevar a cabo la contratación. Son los más comunes en sistemas de micro pagos, contratación de servicios personalizados y venta por catálogo.
Contrato electrónico puro: Las declaraciones de voluntad se manifiestan íntegramente a través de medios electrónicos tales como el correo electrónico las páginas interactivas.
Por su forma de ejecución:
Contrato de comercio electrónico indirecto: Aquel que requiere la entrega física de bienes materiales o la prestación presencial. Su ejecución es necesariamente diferida.
Contrato de comercio electrónico directo: Aquel que permita la entrega virtual de bienes inmateriales o la prestación de servicios que no precisen de presencia física de su prestador. Esta entrega o prestación puede ser, a su vez, inmediata o diferida.

CONTRATOS

Los contratos electrónicos son acuerdos de voluntades celebrados a través de medios electrónicos por los cuales las partes establecen de forma volitiva obligaciones exigibles. Al contrario de la opinión mayoritaria, los contratos electrónicos no son un tipo de contrato especial; ni son contratos referidos a bienes o servicios tecnológicos. El contrato electrónico es el contrato tradicional celebrado a través de medios electrónicos.