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によって ARLEY ROLANDO GARCES PINZON 7年前.

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RESOLUCION 03504_2006

Este texto proporciona directrices y funciones específicas para diversos roles dentro de un centro de investigación y desarrollo tecnológico, con énfasis en la promoción y gestión de la investigación.

RESOLUCION 03504_2006

13.LAS DEMÁS QUE LE SEAN ASIGNADAS DE ACUERDO CON LA LEY

12.GESTIONAR EL ESTABLECIMIENTO Y APLICACIÓN DE ESTÍMULOS E INCENTIVOS

11.ESTABLECER LOS NEXOS Y REDES CON OTROS CENTROS

10.DEFINIR REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN

9.COORDINAR LA RED NACIONAL DE ASESORES EN INVESTIGACIÓN

8.DIFUNDIR, MEDIANTE PUBLICACIONES,

7.GESTIONAR LOS RECURSOS ASIGNADOS PARA LA INVESTIGACIÓN

6.APOYAR Y ESTIMULAR A LAS FACULTADES

5.HACER SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

4.PROMOVER Y ORIENTAR PROYECTOS

3.ELABORAR ANUALMENTE PLAN DE INVESTIGACION

2.PROMOVER Y HACER SEGUIMIENTO

1.FOMENTAR LA CULTURA

RESOL 03504_2006 Capitulo 3

ARTÍCULO 17. PERFIL JEFE DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO.

debe ser ocupado por un oficial superior de la PONAL, mínimo en el grado MY O TC, con título profesional en un área del conocimiento, con maestría y experiencia en cargos de Dirección Académica, Administrativa o de Investigación, mínima de tres (3) años, o experiencia mínima en Docencia de tres años

ARTÍCULO 18. FUNCIONES DE LAS FACULTADES DE LA ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA “GENERAL SANTANDER” RESPECTO A LA INVESTIGACIÓN.

La Facultad de Investigación Criminal, Administración Policial, y de Estudios Técnicos y Tecnológicos y las que se creen con posterioridad a esta Resolución, son parte fundamental del Sistema Institucional de Ciencia y Tecnología de la Policía Nacional.

Estas facultades deben contar con su respectivo Comité de Investigación y cumplir las siguientes funciones: 


FUNCIONES
ESTIMULAR A LOS INVESTIGADORES
PROMOVER Y FORTALECER LOS GRUPOS DE INVESTIGACIÓN
APOYAR Y PROMOVER LOS PROYECTOS
FORTALECER EL COMPONENTE INVESTIGATIVO
INCLUIR DENTRO DEL PLAN DE ACCIÓN ANUAL
IMPLEMENTAR LA POLÍTICA DE INVESTIGACIÓN

ARTÍCULO 19. INTEGRACIÓN DEL COMITÉ DE INVESTIGACIÓN DE LAS FACULTADES.

está integrado por:


a. El Decano de la respectiva Facultad.

b. Un asesor de investigación de la Facultad.

c. El Jefe y un asesor del Centro del Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

e. Un representante de la (s) escuela (s) relacionada (s) con el tema a tratar. 


ARTÍCULO 16. CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO DE LA ESCUELA NACIONAL DE POLICÍA “GENERAL SANTANDER” MISIÓN.

ES FOMENTAR LA INVESTIGACIÓN Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN LOS PROGRAMAS DE PRE GRADO Y POS GRADO DEL PERSONAL UNIFORMADO , NO UNIFORMADO Y DOCENTES PARA CONTRIBUIR A LA MISIÓN INSTITUCIONAL

ARTÍCULO 15. FUNCIONES DEL GRUPO ASESOR DE ÉTICA Y BIOÉTICA

a. Actuar como órgano asesor del Comité Directivo de Investigación

b. Velar por la aplicación de los principios de Ética y Bioética en los procesos de investigación que se adelanten

c. Dar concepto sobre los proyectos y casos que se presenten a su consideración, relacionados con el cumplimiento de las normas de Ética y Bioética.

d. Rendir informe sobre las anomalías de los principios de Ética y Bioética en los procesos investigativos al Director de la EGSAN 


ARTÍCULO 14. INTEGRACIÓN DEL GRUPO ASESOR DE ÉTICA Y BIOÉTICA.

está integrado por:


a. El Vicerrector Académico.

b. El Jefe del Centro de Investigación y Desarrollo Tecnológico.

c. Un representante de la – DIJIN.

d. Un representante de la ASCUN,


ARTICULO 13. GRUPO ASESOR DE ÉTICA Y BIOÉTICA

responsable de velar por el estricto cumplimiento de los principios y valores humanistas que deben orientar la investigación y el desarrollo tecnológico en la Institución Policial.


El Grupo Asesor de Ética y Bioética sesiona por convocatoria del Director de la Escuela Nacional de Policía “General Santander”, por lo menos dos (2) veces al año, o cuando las circunstancias lo exijan.