by DIEGO ARMANDO RAMIREZ CHAVEZ 2 years ago
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El derecho financiero es la rama del derecho público que estudia y regula la actividad financiera del Estado, o sea, el conjunto de actividades que permiten obtener ingresos capitales y realizar gastos para satisfacer diversas necesidades colectivas (como los servicios públicoS), mediante el funcionamiento de los distintos organismos públicos existentes.
Fuente: https://concepto.de/derecho-financiero/#ixzz7IxCjA9zF
Derecho monetario. Centrado en las normas que regulan la emisión monetaria y el manejo del crédito público.
Fuente: https://concepto.de/derecho-financiero/#ixzz7IxJmzpk6
Establece la distinción entre los términos dinero y moneda, partiendo de su raíz etimológica, así como de consideraciones hechas desde el punto de vista coloquial, económico y, sobre todo, jurídico. Señala, respecto a los sistemas monetarios, su fundamento, concepto y tipos.
El Derecho presupuestario regula la asignación, el desembolso y la fiscalización del Presupuesto público, instrumento financiero que equilibra los ingresos y el gasto público en el año fiscal. En una economía de mercado, el destino primordial del gasto público es la satisfacción de las necesidades colectivas, mientras que los gastos públicos destinados a satisfacer el consumo público, sólo se producen para remediar las deficiencias del mercado.
El derecho fiscal o derecho tributario es una rama del derecho financiero dedicada al estudio de las normas que establecen y aplican los impuestos o tributos. Dicho de otro modo, se trata del estudio del poder tributario del Estado, o sea, de sus mecanismos de obtención de ingresos para financiar el gasto público, o sea, las inversiones públicas en pro del bien común.
Fuente: https://concepto.de/derecho-fiscal-o-tributario/#ixzz7IxF3LpoQ
El derecho fiscal formal. Que se interesa en la serie de pasos y normas que el Estado debe seguir para liquidar el tributo
Fuente: https://concepto.de/derecho-fiscal-o-tributario/#ixzz7IxGMdFRF
El derecho fiscal material. Que se ocupa de las normas jurídicas que sostienen la disciplina tributaria de una nación.
Fuente: https://concepto.de/derecho-fiscal-o-tributario/#ixzz7IxGFQTLB
ELderecho fiscal se encuenta intimamente relacionado con otras ramas del derecho de las cuales se ha tomado los elementos necesarios para adaptarlos a sus necesidades.
tales como los principios generales, instituciones jurídicas y terminología.
El derecho fiscal se puede conceptuar como una de las ramas más complejas del derecho, toda vez que en muchos casos la solución de sus problemas e interpretación de sus normas debe hacerse conforme al derecho constitucional, al penal y al civil, lo cual exige firmes, constantes y permanentes estudios.
Por otra parte, se tiene que el derecho fiscal define o establece lo que, para
efectos fiscales, debe entenderse por determinada actividad o concepto, sin que lo
sea necesariamente de igual significado para las demás ramas del derecho u otras
disciplinas.
Así tenemos de manera enunciativa y ejemplificativa, cómo se relaciona el
derecho fiscal con las siguientes ramas del derecho, de las cuales se han tomado
sus principios generales, conceptos o instituciones jurídicas.
Derecho patrimonial público. Centrado en el área de, como su nombre lo indica, la gestión del patrimonio del Estado, es decir, la administración de los bienes públicos, que están en propiedad de todos.
Fuente: https://concepto.de/derecho-financiero/#ixzz7IxJzYNZv
Los derechos patrimoniales son una clasificación dentro de los derechos subjetivos. Son susceptibles de tener un valor económico y se contraponen a los derechos extrapatrimoniales (derechos personalísimos o derechos de la personalidad y derechos de familia).
Los derechos patrimoniales se subdividen en derechos reales, derechos personales y derechos intelectuales.
Los derechos patrimoniales reflejan sobre el patrimonio y son aptos para satisfacer necesidades valorables en dinero. Integran los derechos patrimoniales los derechos reales y los derechos personales. Para los romanos, el patrimonio estaba constituido por todos los bienes, créditos, derechos y acciones de que fuere titular una persona, es decir, únicamente por activos de contenido económico. Los modernos basados en la concepción de Aubry y Rau lo consideraron un atributo de la personalidad, consistente en todos los bienes y créditos de los que era titular una persona, y las cargas que la gravaran. No puede existir persona sin patrimonio, ni patrimonio sin persona de su tutela.
Dentro del derecho tributario definido como el conjunto de normas que disciplinan los tributos, se puede distinguir un derecho tributario material que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la relación jurídico-tributaria y un derecho tributario formal que comprende el conjunto de normas jurídicas que disciplinan la actividad administrativa instrumental que tiene por objeto asegurar el cumplimiento de las relaciones tributarias sustantivas y las que surgen entre la administración pública y los particulares con ocasión del desenvolvimiento de esta actividad.
El derecho tributario material se configura como un derecho tributario de obligaciones cuyas normas son de carácter final. Por el contrario las normas de derecho tributario formal tienen un carácter instrumental, adjetivo, significan solo un paso en el camino que la administración ha de seguir para liquidar el tributo. Derecho tributario formal y derecho tributario material no están sin embargo separados de forma clara, sus normas se encuentran íntimamente relacionadas ya que forman parte de un mismo sistema jurídico. La distinción debe ser realizada con la flexibilidad y relatividad con que toda sistematización de normas ha de ser utilizada.
Normalmente se entiende el derecho tributario como derecho fiscal. Pero ¿podemos encontrar diferencias?
La respuesta es afirmativa, aunque se pueden entender como símiles, existe una diferencia.
El derecho tributario está enfocado a regular los tributos impuestos a los contribuyentes y el derecho fiscal regula todos los ingresos del estado (no solo los tributos), pero siendo de la mayoría de los ingresos del estado su fuente los tributos, se puede estudiar de manera conjunta el derecho tributario y el derecho fiscal.