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by Estefania Caiza 2 years ago

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EDUCACIÓN INICIAL

La Constitución de la República del Ecuador establece las bases para la organización y funcionamiento del Estado, incluyendo la responsabilidad del gobierno central y de los gobiernos municipales en la planificación y mantenimiento de la infraestructura educativa.

EDUCACIÓN INICIAL

EDUCACIÓN INICIAL

REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGANICA DE EDUCACION INTERCULTURAL

Capitulo Quinto De la estructura del Sistema Nacional de Educación
Art41 Coordinación interinstitucional

Coordinación interinstitucional

La autoridad educativa nacional promoverá la coordinación entre las instituciones publicas y privadas, competentes en el desarrollo y protección integral de las niñas y niños desde su nacimiento asta los 5 años de edad.

Dicha autoridad desarrollará mecanismos que permitirán a la educación inicial complementar y articular transversalmente los programas de protección, salud y nutrición

Art.40 Nivel de Educación Inicial

Es el proceso de acompañamiento al desarrollo integral que considera los aspectos cognitivo, afectivo, psicomotriz, social, de identidad, autonomía de los niños y niñas desde los 3 a 5 años de edad.

La educación de los niños y niñas, entre 3 y 5 años de edad, es obligación del estado a travez de modalides certificadas

La educación de los niñas y niños, desde su nacimiento hasta los 3 años d edad es responsabilidad de la familia

Es corresponsabilidad de la familia la comunidad y el Estado

La educación inicial se articula con la educación general básica para lograr una adecuada transición entre ambos niveles

Art.39 Educación Escolarizada

Tiene tres niveles

Nivel de Educación Bachillerato

Nivel de Educación Básica

Nivel de Educación Inicial

Art.38 Educación Escolarizada y No Escolarizada

La educación no escolarizada brinda la oportunidad de la formación y desarrollo de los ciudadanos y no está relacionada con los currículos determinados para los niveles educativos.

La educación escolarizada es acumulativa, progresiva conlleva a la obtención de un título o certificado, tiene un año lectivo cuya duración se definirá según el respectivo reglamento.

Ley Orgánica de Educación Intercultural

TITULO II DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACION
CONSTITUIDO POR

CAPITULO

Decimo de la universidad nacional de educación

N°76 De la Universidad nacional de educacion

Noveno del instituto nacional de evaluación educativa

N°75.1 Coordinación interinstitucional orientada a la calidad educativa

N°75 Funciones de la Directora o Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Evaluación Educativa

N°74.1 De la terna para Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Evaluación Educativa

N°74 Director ejecutivo del instituto nacional de evolución educativa

N°73 Funciones y atribuciones de la junta directiva

N°72 Requisitos para ser miembro de la junta directiva

N°71 De la junta directiva del instituto nacional de evaluación educativa

N°70 Organización del instituto nacional de evaluación educativa

N°69 Funciones y atribuciones del instituto nacional de evaluación educativa

N°68 Sistema nacional de evaluación y sus componentes

N°67 Instituto nacional de evaluación educativa

Octavo de la protección de los derechos de os miembros de la comunidad educativa y la prevención, atención exigibilidad y preparación de la violencia en el contexto educativo

N°66.5 De la educación para la prevención y reducción de riesgos

N°66.4 De los comité de gestión de riesgo educativos

N°66.3 Plan de gestión de riesgo en instituciones educativas

N°66.2 De las gestión de riesgo en el sistema nacional de educación

Parágrafo V De las gestión de riesgo en el sistema nacional de educación desde art 66.2-66.5

N°66.1 Deberes y atribuciones de las juntas distritales de resolución de conflictos

N°66 Junta distrital de resolución de conflictos

Parágrafo IV De las juntas distritales de resolución de conflictos desde art 66-66.1

N°65.1 Obligaciones de las instituciones educativas en la solución alternativa de conflicto en el ámbito escolar

N°65 De la resistencia para solución alternativa de conflictos en el ambiente educativo

Parágrafo III Mecanismos para solución alternativa de conflictos en el ámbito educativo desde el art 65-65.1

N°64.11 Mecanismos de reparación de personas victimas de grabes violencias de derechos humanos

N°64.10 De la reparación integral

N°64.9 De la detección

N°64.8 Mecanismos administrativos de prevención en el contexto educativo

N°64.7 Plan nacional para la erradicación de la violencia en el contexto educativo

N°64.6 Prevención de la violencia en las instituciones educativas

N°64.5 De la prevención de violencia en el contexto educativo

N°64.4 Definición de conflicto escolar

N°64.3 Hostigamiento académico

N°64.2 Definición de acoso escolar

N°64.1 Definición de violencia escolar

N°64 Definición de cultura de paz y convivencia armónica

Parágrafo II de la cultura de paz y no violencia para la prevención y erradicación de la violencia en el contexto educativo desde el art 64-64.11

N°63.4 Medida diligencia

N°63.3 Articulación con otro sistema

N°63.2 Aplicación obligatoria

N°63.1 Prioridad en la protección

Parágrafo I de la protección de derechos en el sistema educativo nacional desde el art 63-63.4

Séptimo de las Instituciones Educativas

Parágrafo 1 Régimen Especial para la gestión de las instituciones educativas municipales desde el art 62.1 al 62.6

N°62.6 Oferta curricular

N°62.5 Gratuidad y sistema de cupos para grupos de atención prioritaria

N°62.4 Garantías normativas

N°62.3 Gestión de Talento Humano

N°62.2 Gestión administrativa y financiera

N°62.1 Naturaleza

N°60.2 Renovacion

N°60.1 Requisitos

N°60 Instituciones educativas binacionales

N°59 Cursos y refuerzos de la enseñanza

N°58 Deberes y obligaciones de los establecimientos educativos particulares

N°57 Derecho y establecimientos educativos particulares

N°56 Institución educativa particular

N°55.8 De la oferta curricular

N°55.7 Garantia y asignacion de cupos

N°55.6 Estructura mecanica

N°55.5 Extensión de normativas

N°55.4 Gratuidad becas y descuentos

N°55.3 Gestión de apoyo no estatal

N°55.2 Estructura financiera

N°55.1 Instituciones educativas fiscomisionales de las fuerzas armadas y policia nacional

N°55 Instituciones educativas fiscomisionales

N°54 Instituciones educativas publicas

N°53 Tipos de instituciones según su sostenimiento

Sexto de las necesidades educativas especificas de la orientación vocacional de los departamentos de consejería estudiantil

N°50 Educación para personas con escolaridad inconclusa

N°50.9 Sobre el personal de los departamentos de consejería estudiantil

N°50.8 Red de departamentos de consejería estudiantil

N°50.7 Departamentos de consejería estudiantil

N°50.6 Del funcionamiento desconcentrado de los departamentos de consejería estudiantil

N°50.5 Componentes de la orientación profesional

N°50.4 Componentes de la orientación vocacional

N°50.3 Atribuciones de el departamento de consejería estudiantil

N°50.2 Departamento de consejería estudiantil

Parágrafo II de los departamentos de consejería estudiantil desde el 50.2 al 50.9

N°50.1 Educacion comunitaria

N°49 Educación artesanal

N°48 Educación para niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con dotación superior

N°47 De las necesidades educativas especificas

N47.4 Del centro de recursos Psicopedagógicos

N°47.3 De los docentes de apoyo a la inclusión

N°47.2 De las unidad distrital de apoyo a la inclusión

N°47.1 Educacion para las personas con discapacidad

Parágrafo I de las necesidades educativas especificas desde el art. 47 al 50.1

Quinto de la estructura del sistema nacional de educación

Artículos

N°46 Modalidades del sistema nacional de educación

N°44 Bachillerato técnico productivo

N°43 Nivel educacion bachillerato

N°43.2 De los programas educativos internacionales

N°43.1 Bachillerato complementario en artes

N°42 Nivel de educación general básica

N°41 Coordinación interinstitucional del nivel inicial

N°39.1 Atención y educación de la primera infancia

N°38 Modalidades

N°38.1 Otras modalidades educativas

N°37 Composición y articulación del sistema

Cuarto de los Niveles de Gestión de la Autoridad Educativa Nacional

N°36 De la relacion de los gobiernos autonomos municpales

N°34 Funciones

N°31 De los consejos académicos educativos

Artículo N°32 eliminado

Artículo N°33 Dice eliminese el Artículo 3

N°29 Nivel Distrital

Artículo N°30 eliminado

N°27.1 De los coordinadores zonales

N°27 Niveles desconcentrados

N°25 Rectoría, niveles de gestión del sistema nacional de educación

Tercero del Consejo Nacional de Educación

N°24 Funciones del consejo nacional de educación

N°23.6 Deberes y atribuciones del presidente del consejo nacional de educación

N°23.5 Elección de los miembros del consejo nacional de educación

N°23.4 Atribuciones de la instancia veedora del consejo nacional de educación

N°23.3 Integracion de la instancia veedora del consejo nacional de educacion

N°23.2 Atribuciones de la instancia consultiva del consejo nacional de educación

Agréguese N°23.1 Integración de la instancia constitutiva del consejo nacional de educación

N°23 Consejo Nacional de Educación

Segundo de la Autoridad educativa Nacional

N°22 Competencias de la autoridad educativa nacional

N°21 Autoridad educativa nacional

Primero de los Objetivos del Sistema Nacional de Educación

N°20 Asignación y distribución de recursos

N°19 Objetivos

TITLO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
Que representa los

Capitulo

Septimo de los derechos y obligaciones de la comunidad

N°18 Obligaciones y Responsabilidades

Sexto de los derechos y obligaciones de la comunidad educativa

N°16 Derechos y obligaciones de la cumunidad educativa

N°15 Comunidad Educativa

Quinta de los derechos y obligaciones de las madres padres y/o representantes legales

N°14 De la exigibilidad la restitución y el derecho a la educación

N°13 Obligaciones y responsabilidades

N°12 Derechos

Cuarto de los derechos y obligaciones de las y los docentes

N°11 Obligaciones

N°10 Derechos

Tercero de los derechos y obligaciones de los estudiantes

N°9 De la participación y representación estudiantil

N°8 Obligaciones y responsabilidades

N°7 Derechos

Segundo de las obligaciones del estado respecto al derecho de la educación

N°6 Obligaciones

N°5 La educacion como obligacion del estado

Primero del Derecho a la Educación.

Artículo

N°4.1 Proyecto de vida integral

TITULO I DE LOS PRINCIPIOS GENERALES
Capitulo Unico

Formado por

ARTICULOS

N°3 FINES DE LA EDUCACION

N°2 PRINCIPIOS

2.5 Enfoques

2.4 Principios de la Gestión Educativa.

2.3 Principios del Sistema Nacional de Educación.

2.2 Principios de Aplicación de la Ley.

2.1 Principios Rectores de la Educación.

N°1 OBJETIVOS

1.1 Ámbitos

Constitucion de la república

Es el fundamento y la fuente de la autoridad jurídica que sustenta la existencia del Ecuador y su gobierno.
Titulo VII Regimen del buen vivir

Capitulo Primero Inclusión y Equidad

Sección Primera Educación

Art.357.- Financiamientos de las Instituciones Publicas de la Educación Superior

Se podrán crear fuentes complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica

Art.356.- Gratuidad de la Educación Superior

Sera gratuita hasta el tercer nivel.

Art.352.- Integración del Sistema de Educación Superior

Integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos.

Art.351.- Principios de Sistema de Educación Superior

Estará articulado al sistema nacional de educación.

Art.350.- Finalidad del Sistema de Educación Superior

Tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica.

Art.348.- Gratuidad de la educación publica

La Educación publica será gratuita y el estado la financiara de manera oportuna, regular y suficiente.

Art.347.- Responsabilidad del Estado

Erradicar el analfabetismo, incorporar tecnologías de información.

La Responsabilidad de Estado fortalecer la educación publica.

Art.346.- Calidad de Educación

Existirá una institución publica, con autonomía, de evaluación integral interna y externa, que promueva la calidad de la educación.

Art.345.- La educación como servicio publico

Se prestara a través de instituciones publicas, fiscomisionales y particulares.

Art.344.- Rectoría del Sistema

El sistema nacional de educación comprenderá los niveles de educación inicial, básica y bachillerato, articulado con el sistema de educación superior.

Art.343.- Sistema Nacional de Educación

Visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país.

Art.340.- Sistema nacional de Inclusión y Equidad

El sistema nacional de inclusión y equidad social se compone de los ámbitos de educación.

Titulo VI Régimen de Desarrollo

Capitulo Sexto Trabajo y producción

Sección Tercera Formas de trabajo y su retribución

Art.326.- Principios

El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios: Se prohíbe la paralización de los servicios públicos de educación.

Capitulo Cuarto Soberanía económica

Sección Cuarta Presupuesto General del Estado

Art.298.- Pre asignaciones Presupuestarias

Se estable Pre asignaciones destinadas a la educación.

Sección Segunda Política Fiscal

Art.286.- Manejo de las finanzas publicas

Egresos permanentes para salud y educación.

Titulo V Organización territorial del estado

Capitulo Cuarto Régimen de competencias

Art.264.- Competencia exclusiva de los gobiernos Municipales

Planificar, construir y mantener la infraestructura equipamientos de educación.

Art.261.- Competencia exclusiva del Estado central

El Estado central tendrá competencia exclusiva en política de educación.

Titulo IV Participación y organización del poder

Capitulo Tercero Funcion Ejecutiva

Seccion Cuarta Estados de excepción

Art.165.- Atribuciones del Presidente de la republica en estado de excepción

Declarado el estado de excepción se podrá utilizar los fondos públicos, excepto los correspondientes a salud y educación.

Título II Derechos

Capitulo Sexto Derecho de Libertad

Art.69.- Derechos de la Familia

La madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza y educación de sus hijos.

Art.66.- Derechos de libertad

El derecho a una vida digna, que asegure la salud y educación.

Capitulo Cuarto Derecho de las comunidades, pueblos y nacionalidades.

Art.57.- Derechos Colectivos

Potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, con créditos de calidad desde la estimulación temprana hasta el nivel superior.

Capítulo Tercero Derecho de las personas y grupos de atención prioritaria

Sección Sexta Personas con Discapacidad

Art.48.- Medidas a favor de las personas con discapacidad

Inclusión social, obtención de créditos que permitirán conseguir becas de estudio en todos los niveles.

Art.47.- Derecho de las personas con discapacidad

La educación especializada para personas con discapacidad intelectual para desarrollar sus habilidades.

Sección Quinta Niños, niñas y adolescentes

Art.46.- Medidas para el bienestar de los niños y adolescentes

Atención a menores de 6 años que garantice su salud, educación y nutrición.

Art.45.- Derecho a la integridad Física y Psíquica

Tienen derecho a la integridad física y psíquica identidad y educación.

Sección Segunda Jóvenes

Art.39.- Derechos de los jovenes

El estado reconoce a los jóvenes como actores estratégicos y les garantiza la educación.

Sección Primera Adultas y Adultos mayores

Art.38.- Política y programas del Estado

Atención a las personas adultas mayores en centros especializados que garantizan su nutrición, salud y educación.

Capítulo Segundo Derechos del Buen Vivir

Sección Séptima Salud

Art.32.- Derecho a la salud

Es un derecho garantizado por el Estado y tiene vinculo con la educación

Sección Quinta Educación

Art.29.- Garantías.

Libertad de escoger una educación acorde a sus principios

Libertad de cátedra en educación superior

Art.28.- Acceso a la educación.

Es universal y laica

Aprendizaje de forma escolar y no escolar

Responsabilidad al interés público

Art.27.- Directrices de la educación.

Es indispensable para la construcción de un país

Art.26.- Derecho a la educación.

La educación es un derecho y un deber inexcusable del Estado

Título I Elementos constitutivos del Estado

Capítulo Primero Principios fundamentales

Art.3.- Derechos del Estado.

Goce de los derechos en la educación sin discriminar