by Estefania Caiza 2 years ago
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Coordinación interinstitucional
La autoridad educativa nacional promoverá la coordinación entre las instituciones publicas y privadas, competentes en el desarrollo y protección integral de las niñas y niños desde su nacimiento asta los 5 años de edad.
Dicha autoridad desarrollará mecanismos que permitirán a la educación inicial complementar y articular transversalmente los programas de protección, salud y nutrición
Es el proceso de acompañamiento al desarrollo integral que considera los aspectos cognitivo, afectivo, psicomotriz, social, de identidad, autonomía de los niños y niñas desde los 3 a 5 años de edad.
La educación de los niños y niñas, entre 3 y 5 años de edad, es obligación del estado a travez de modalides certificadas
La educación de los niñas y niños, desde su nacimiento hasta los 3 años d edad es responsabilidad de la familia
Es corresponsabilidad de la familia la comunidad y el Estado
La educación inicial se articula con la educación general básica para lograr una adecuada transición entre ambos niveles
Tiene tres niveles
Nivel de Educación Bachillerato
Nivel de Educación Básica
Nivel de Educación Inicial
La educación no escolarizada brinda la oportunidad de la formación y desarrollo de los ciudadanos y no está relacionada con los currículos determinados para los niveles educativos.
La educación escolarizada es acumulativa, progresiva conlleva a la obtención de un título o certificado, tiene un año lectivo cuya duración se definirá según el respectivo reglamento.
CAPITULO
Decimo de la universidad nacional de educación
N°76 De la Universidad nacional de educacion
Noveno del instituto nacional de evaluación educativa
N°75.1 Coordinación interinstitucional orientada a la calidad educativa
N°75 Funciones de la Directora o Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Evaluación Educativa
N°74.1 De la terna para Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Evaluación Educativa
N°74 Director ejecutivo del instituto nacional de evolución educativa
N°73 Funciones y atribuciones de la junta directiva
N°72 Requisitos para ser miembro de la junta directiva
N°71 De la junta directiva del instituto nacional de evaluación educativa
N°70 Organización del instituto nacional de evaluación educativa
N°69 Funciones y atribuciones del instituto nacional de evaluación educativa
N°68 Sistema nacional de evaluación y sus componentes
N°67 Instituto nacional de evaluación educativa
Octavo de la protección de los derechos de os miembros de la comunidad educativa y la prevención, atención exigibilidad y preparación de la violencia en el contexto educativo
N°66.5 De la educación para la prevención y reducción de riesgos
N°66.4 De los comité de gestión de riesgo educativos
N°66.3 Plan de gestión de riesgo en instituciones educativas
N°66.2 De las gestión de riesgo en el sistema nacional de educación
Parágrafo V De las gestión de riesgo en el sistema nacional de educación desde art 66.2-66.5
N°66.1 Deberes y atribuciones de las juntas distritales de resolución de conflictos
N°66 Junta distrital de resolución de conflictos
Parágrafo IV De las juntas distritales de resolución de conflictos desde art 66-66.1
N°65.1 Obligaciones de las instituciones educativas en la solución alternativa de conflicto en el ámbito escolar
N°65 De la resistencia para solución alternativa de conflictos en el ambiente educativo
Parágrafo III Mecanismos para solución alternativa de conflictos en el ámbito educativo desde el art 65-65.1
N°64.11 Mecanismos de reparación de personas victimas de grabes violencias de derechos humanos
N°64.10 De la reparación integral
N°64.9 De la detección
N°64.8 Mecanismos administrativos de prevención en el contexto educativo
N°64.7 Plan nacional para la erradicación de la violencia en el contexto educativo
N°64.6 Prevención de la violencia en las instituciones educativas
N°64.5 De la prevención de violencia en el contexto educativo
N°64.4 Definición de conflicto escolar
N°64.3 Hostigamiento académico
N°64.2 Definición de acoso escolar
N°64.1 Definición de violencia escolar
N°64 Definición de cultura de paz y convivencia armónica
Parágrafo II de la cultura de paz y no violencia para la prevención y erradicación de la violencia en el contexto educativo desde el art 64-64.11
N°63.4 Medida diligencia
N°63.3 Articulación con otro sistema
N°63.2 Aplicación obligatoria
N°63.1 Prioridad en la protección
Parágrafo I de la protección de derechos en el sistema educativo nacional desde el art 63-63.4
Séptimo de las Instituciones Educativas
Parágrafo 1 Régimen Especial para la gestión de las instituciones educativas municipales desde el art 62.1 al 62.6
N°62.6 Oferta curricular
N°62.5 Gratuidad y sistema de cupos para grupos de atención prioritaria
N°62.4 Garantías normativas
N°62.3 Gestión de Talento Humano
N°62.2 Gestión administrativa y financiera
N°62.1 Naturaleza
N°60.2 Renovacion
N°60.1 Requisitos
N°60 Instituciones educativas binacionales
N°59 Cursos y refuerzos de la enseñanza
N°58 Deberes y obligaciones de los establecimientos educativos particulares
N°57 Derecho y establecimientos educativos particulares
N°56 Institución educativa particular
N°55.8 De la oferta curricular
N°55.7 Garantia y asignacion de cupos
N°55.6 Estructura mecanica
N°55.5 Extensión de normativas
N°55.4 Gratuidad becas y descuentos
N°55.3 Gestión de apoyo no estatal
N°55.2 Estructura financiera
N°55.1 Instituciones educativas fiscomisionales de las fuerzas armadas y policia nacional
N°55 Instituciones educativas fiscomisionales
N°54 Instituciones educativas publicas
N°53 Tipos de instituciones según su sostenimiento
Sexto de las necesidades educativas especificas de la orientación vocacional de los departamentos de consejería estudiantil
N°50 Educación para personas con escolaridad inconclusa
N°50.9 Sobre el personal de los departamentos de consejería estudiantil
N°50.8 Red de departamentos de consejería estudiantil
N°50.7 Departamentos de consejería estudiantil
N°50.6 Del funcionamiento desconcentrado de los departamentos de consejería estudiantil
N°50.5 Componentes de la orientación profesional
N°50.4 Componentes de la orientación vocacional
N°50.3 Atribuciones de el departamento de consejería estudiantil
N°50.2 Departamento de consejería estudiantil
Parágrafo II de los departamentos de consejería estudiantil desde el 50.2 al 50.9
N°50.1 Educacion comunitaria
N°49 Educación artesanal
N°48 Educación para niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos con dotación superior
N°47 De las necesidades educativas especificas
N47.4 Del centro de recursos Psicopedagógicos
N°47.3 De los docentes de apoyo a la inclusión
N°47.2 De las unidad distrital de apoyo a la inclusión
N°47.1 Educacion para las personas con discapacidad
Parágrafo I de las necesidades educativas especificas desde el art. 47 al 50.1
Quinto de la estructura del sistema nacional de educación
Artículos
N°46 Modalidades del sistema nacional de educación
N°44 Bachillerato técnico productivo
N°43 Nivel educacion bachillerato
N°43.2 De los programas educativos internacionales
N°43.1 Bachillerato complementario en artes
N°42 Nivel de educación general básica
N°41 Coordinación interinstitucional del nivel inicial
N°39.1 Atención y educación de la primera infancia
N°38 Modalidades
N°38.1 Otras modalidades educativas
N°37 Composición y articulación del sistema
Cuarto de los Niveles de Gestión de la Autoridad Educativa Nacional
N°36 De la relacion de los gobiernos autonomos municpales
N°34 Funciones
N°31 De los consejos académicos educativos
Artículo N°32 eliminado
Artículo N°33 Dice eliminese el Artículo 3
N°29 Nivel Distrital
Artículo N°30 eliminado
N°27.1 De los coordinadores zonales
N°27 Niveles desconcentrados
N°25 Rectoría, niveles de gestión del sistema nacional de educación
Tercero del Consejo Nacional de Educación
N°24 Funciones del consejo nacional de educación
N°23.6 Deberes y atribuciones del presidente del consejo nacional de educación
N°23.5 Elección de los miembros del consejo nacional de educación
N°23.4 Atribuciones de la instancia veedora del consejo nacional de educación
N°23.3 Integracion de la instancia veedora del consejo nacional de educacion
N°23.2 Atribuciones de la instancia consultiva del consejo nacional de educación
Agréguese N°23.1 Integración de la instancia constitutiva del consejo nacional de educación
N°23 Consejo Nacional de Educación
Segundo de la Autoridad educativa Nacional
N°22 Competencias de la autoridad educativa nacional
N°21 Autoridad educativa nacional
Primero de los Objetivos del Sistema Nacional de Educación
N°20 Asignación y distribución de recursos
N°19 Objetivos
Capitulo
Septimo de los derechos y obligaciones de la comunidad
N°18 Obligaciones y Responsabilidades
Sexto de los derechos y obligaciones de la comunidad educativa
N°16 Derechos y obligaciones de la cumunidad educativa
N°15 Comunidad Educativa
Quinta de los derechos y obligaciones de las madres padres y/o representantes legales
N°14 De la exigibilidad la restitución y el derecho a la educación
N°13 Obligaciones y responsabilidades
N°12 Derechos
Cuarto de los derechos y obligaciones de las y los docentes
N°11 Obligaciones
N°10 Derechos
Tercero de los derechos y obligaciones de los estudiantes
N°9 De la participación y representación estudiantil
N°8 Obligaciones y responsabilidades
N°7 Derechos
Segundo de las obligaciones del estado respecto al derecho de la educación
N°6 Obligaciones
N°5 La educacion como obligacion del estado
Primero del Derecho a la Educación.
Artículo
N°4.1 Proyecto de vida integral
Formado por
ARTICULOS
N°3 FINES DE LA EDUCACION
N°2 PRINCIPIOS
2.5 Enfoques
2.4 Principios de la Gestión Educativa.
2.3 Principios del Sistema Nacional de Educación.
2.2 Principios de Aplicación de la Ley.
2.1 Principios Rectores de la Educación.
N°1 OBJETIVOS
1.1 Ámbitos
Capitulo Primero Inclusión y Equidad
Sección Primera Educación
Art.357.- Financiamientos de las Instituciones Publicas de la Educación Superior
Se podrán crear fuentes complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica
Art.356.- Gratuidad de la Educación Superior
Sera gratuita hasta el tercer nivel.
Art.352.- Integración del Sistema de Educación Superior
Integrado por universidades y escuelas politécnicas; institutos superiores técnicos, tecnológicos y pedagógicos.
Art.351.- Principios de Sistema de Educación Superior
Estará articulado al sistema nacional de educación.
Art.350.- Finalidad del Sistema de Educación Superior
Tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica.
Art.348.- Gratuidad de la educación publica
La Educación publica será gratuita y el estado la financiara de manera oportuna, regular y suficiente.
Art.347.- Responsabilidad del Estado
Erradicar el analfabetismo, incorporar tecnologías de información.
La Responsabilidad de Estado fortalecer la educación publica.
Art.346.- Calidad de Educación
Existirá una institución publica, con autonomía, de evaluación integral interna y externa, que promueva la calidad de la educación.
Art.345.- La educación como servicio publico
Se prestara a través de instituciones publicas, fiscomisionales y particulares.
Art.344.- Rectoría del Sistema
El sistema nacional de educación comprenderá los niveles de educación inicial, básica y bachillerato, articulado con el sistema de educación superior.
Art.343.- Sistema Nacional de Educación
Visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística del país.
Art.340.- Sistema nacional de Inclusión y Equidad
El sistema nacional de inclusión y equidad social se compone de los ámbitos de educación.
Capitulo Sexto Trabajo y producción
Sección Tercera Formas de trabajo y su retribución
Art.326.- Principios
El derecho al trabajo se sustenta en los siguientes principios: Se prohíbe la paralización de los servicios públicos de educación.
Capitulo Cuarto Soberanía económica
Sección Cuarta Presupuesto General del Estado
Art.298.- Pre asignaciones Presupuestarias
Se estable Pre asignaciones destinadas a la educación.
Sección Segunda Política Fiscal
Art.286.- Manejo de las finanzas publicas
Egresos permanentes para salud y educación.
Capitulo Cuarto Régimen de competencias
Art.264.- Competencia exclusiva de los gobiernos Municipales
Planificar, construir y mantener la infraestructura equipamientos de educación.
Art.261.- Competencia exclusiva del Estado central
El Estado central tendrá competencia exclusiva en política de educación.
Capitulo Tercero Funcion Ejecutiva
Seccion Cuarta Estados de excepción
Art.165.- Atribuciones del Presidente de la republica en estado de excepción
Declarado el estado de excepción se podrá utilizar los fondos públicos, excepto los correspondientes a salud y educación.
Capitulo Sexto Derecho de Libertad
Art.69.- Derechos de la Familia
La madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza y educación de sus hijos.
Art.66.- Derechos de libertad
El derecho a una vida digna, que asegure la salud y educación.
Capitulo Cuarto Derecho de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
Art.57.- Derechos Colectivos
Potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, con créditos de calidad desde la estimulación temprana hasta el nivel superior.
Capítulo Tercero Derecho de las personas y grupos de atención prioritaria
Sección Sexta Personas con Discapacidad
Art.48.- Medidas a favor de las personas con discapacidad
Inclusión social, obtención de créditos que permitirán conseguir becas de estudio en todos los niveles.
Art.47.- Derecho de las personas con discapacidad
La educación especializada para personas con discapacidad intelectual para desarrollar sus habilidades.
Sección Quinta Niños, niñas y adolescentes
Art.46.- Medidas para el bienestar de los niños y adolescentes
Atención a menores de 6 años que garantice su salud, educación y nutrición.
Art.45.- Derecho a la integridad Física y Psíquica
Tienen derecho a la integridad física y psíquica identidad y educación.
Sección Segunda Jóvenes
Art.39.- Derechos de los jovenes
El estado reconoce a los jóvenes como actores estratégicos y les garantiza la educación.
Sección Primera Adultas y Adultos mayores
Art.38.- Política y programas del Estado
Atención a las personas adultas mayores en centros especializados que garantizan su nutrición, salud y educación.
Capítulo Segundo Derechos del Buen Vivir
Sección Séptima Salud
Art.32.- Derecho a la salud
Es un derecho garantizado por el Estado y tiene vinculo con la educación
Sección Quinta Educación
Art.29.- Garantías.
Libertad de escoger una educación acorde a sus principios
Libertad de cátedra en educación superior
Art.28.- Acceso a la educación.
Es universal y laica
Aprendizaje de forma escolar y no escolar
Responsabilidad al interés público
Art.27.- Directrices de la educación.
Es indispensable para la construcción de un país
Art.26.- Derecho a la educación.
La educación es un derecho y un deber inexcusable del Estado
Capítulo Primero Principios fundamentales
Art.3.- Derechos del Estado.
Goce de los derechos en la educación sin discriminar