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by JUAN MIGUEL MARTELL MORALES 3 years ago

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EL COSTO BENEFICIO DEL SISTEMA CONCURSAL - Grupo 04

El análisis se centra en evaluar un sistema concursal enfocado en tres características principales. Primero, se busca que los excedentes obtenidos por acreedores y deudores dentro del sistema superen aquellos obtenidos fuera de él.

EL COSTO BENEFICIO DEL SISTEMA CONCURSAL - Grupo 04

Introducción: La discusión respecto del costo-beneficio de un sistema concursal, parte del concepto de eficiencia económica, a través de los costos y beneficios del este dicho sistema los resultados alcanzarían en ausencia los resultados de mecanismos alternativos de resolución de controversias.

En el artículo desarrollaremos el análisis de un sistema concursal que principalmente nos enfocaremos en tres principales características. La primera que la suma de los excedentes que obtienen acreedores y deudores dentro del sistema resulte mayor que si no existiera tal sistema, la segunda que, en un escenario con sistema concursal, los requisitos legales de acceso así como las reglas que rigen dicho sistema, aseguren que la suma de los excedentes que obtienen acreedores y deudores dentro del mismo sea mayor que la que obtendrían fuera de él, y por último la tercera que las decisiones que se realizan al interior del sistema maximicen el valor de la empresa.

Integrantes: Bautista Costilla Cristian Daniel Martell Morales Juan Miguel Peralta LLanos Lily Romero Hoffmeister Stefano Fernando Saavedra Tuesta Laura Melissa Torres Melendez Deisy Zelada Rodas Leonardo

EL COSTO BENEFICIO DEL SISTEMA CONCURSAL

4- INTERESES COLECTIVOS VS INTERESES PRIVADOS

En esquema, las percepciones de acreedores y deudores estarán influidas por el accionar de la autoridad o por las reglas establecidas para el sistema concursal. Si los requisitos de entrada son muy estrictos o muy laxos, o si no están claramente establecidos, ello influirá en x y por tanto en la decisión de prestar o no prestar por parte del prestamista. Si el sistema es oneroso, ineficiente, ineficaz e impredecible en comparación' con otros sistemas privados; ello no sólo influirá en la posibilidad de que deudores o prestamistas se acojan al procedimiento; sino también en x (la misma decisión de prestar por parte del propio prestamista e incluso de terceros). Si no existen reglas claras y predictibilidad para la adopción de decisiones al interior del mismo sistema concursal, ello influirá e y por tanto en las decisiones' de liquidar o reestructurar que en definitiva se adopten. Asimismo, ello influirá en la· decisión de acogerse al sistema concursa! por parte de deudores y acreedores y también en la decisión de prestar o no prestar por parte de los mismos prestamistas o de terceros.

2- ESCENARIO SIN SISTEMA CONCURSAL

El sistema concursal, en principio, está concebido como un mecanismo de excepción que permite resolver controversias en contextos en los que un deudor ilíquido o insolvente, debe hacer frente a múltiples obligaciones de pago asumidas con diversos agentes económicos. De desencadenarse una crisis, frente a insolvencia o iliquidez, en un escenario sin sistema concursal, el acreedor tendrá como única alternativa recurrir a procesos de ejecución ordinaria a través el Proceso Judicial o simplemente a la conciliación privada. En principio, la falta de correspondencia entre los incentivos individuales y los intereses colectivos de deudores y acreedores, justifica algún tipo de intervención del Estado. El objetivo de esta intervención consistiría en establecer un sistema de premios y castigos que permita alinear los incentivos individuales con los intereses colectivos de acreedores y deudores. Lograr dicho objetivo a un bajo costo, constituye la principal tarea de un sistema concursal.

5- CONSIDERACIONES FINALES

Las consideraciones en dicho proceso, el regulador ·ha procurado mantener un adecuado equilibrio entre el respeto de la autonomía privada y el objetivo de prevenir o corregir el oportunismo, así como otros objetivos, mejorar la transparencia de la información disponible para todos los agentes Y la predictibilidad del proceso (por ejemplo, mediante la especificación más clara de plazos procesales). Los costos de aprendizaje y de adaptación asociados a cada uno de estos cambios han sido significativos y no es claro si todos estuvieron acompañados de un claro diagnóstico y evaluación, (dado el corto período de vigencia de las normas modificadas). Todo ello debe apuntar a continuar garantizando que, a pesar de constituir un modelo perfectible, los beneficios del sistema concursal superan los costos que éste genera a nuestra sociedad.

3- ESCENARIO CON SISTEMA CONCURSAL

Al surgir una situación de liquidez o solvencia por parte del deudor, este o alguno de sus prestamistas podría tomar la decisión de usar el sistema. Ello sin embargo estará sujeto a la definición de crisis que establezca la regulación. En base a la definición “LEGAL” de crisis los deudores o prestamistas podrá o no recurrir a los mecanismos alternativos de solución de controversias o al uso del sistema concursal.

1- EL OBJETIVO DE EFICIENCIA ECONÓMICA

1. Uno mejora, otro empeora. Una situación es eficiente: En una situación ganador-ganador. 2. En el caso del sistema concursal: El costo-beneficio tiene Dos niveles: • Acreedores y deudores en crisis, Obtienen mejores excedentes bajo el sistema concursal, que si este no existiera. • Establecido el sistema concursal Las decisiones privadas maximizan el valor de los excedentes incluido el propio deudor, los terceros potencialmente afectados (como potenciales demandantes u ofertantes de crédito).