ESTRUCTURA NORMATIVA EN PROMOCION DE LA DONACION DE SANGRE
CIRCULARES
CIRCULAR 003 DE 2015
Da a conocer algunas recomendaciones a los actores de la red para prevenir o mitigar la deficiencia de hemocomponentes en temporada decembrina y vacacional,
CIRCULAR 054 DE 2014
Su objetivo proporcionar las líneas para mejorar el acceso a sangre y componentes sanguíneos, esto en pro de favorecer el acceso, cobertura, seguridad y calidad de los componentes sanguíneos en el territorio nacional (INS, 2020)
Coordinación Nacional de la Red
Servicio de Transfusion Sanguínea
Banco de sangre
Puesto fijo de recolección de sangre.
Puesto móvil de recolección de sangre
CIRCULAR 001 DE 2006
La donación de sangre se debe dar bajo acciones sociales, y basada en estrategias de información, sensibilización y educación.pic
Topic principal
boletines técnicos
Mecanismos de respuesta de la Red de Sangre en emergencias
Resumen casos de donación coaccionada 2016 (INS, 2020
La promoción como impacto en la seguridad transfusional
LINEAMIENTOS
Promoción de la donación de sangre y componentes anatómicos
Conocer los criterios establecidos y requisitos para que se haga efectiva la donación.
Selección de donantes de sangre
RESOLUCION 0901 DE 1996
El Manual de normas técnicas, administrativas y de procedimientos en bancos de sangre, ha sido publicado a través de la Resolución 0901 de 1996 (Ministerio de Salud, 1996). Tiene como objetivos específicos, proteger tanto a los donantes como a los receptores de sangre, crear y mantener la garantía de la calidad de la sangre y sus hemocomponentes.
DECRETO 1571 DE 1993
BANCO DE SANGRE "Todo establecimiento o dependencia con Licencia Sanitaria de Funcionamiento para adelantar actividades relacionadas con la obtención, procesamiento y almacenamiento de sangre humana destinada a la transfusión de la sangre total o en componentes separados, a procedimientos de aféresis y a otros procedimientos preventivos, terapéuticos y de investigación. Tiene como uno de sus propósitos asegurar la calidad de la sangre y sus derivados".
DONANTE
Persona que, previo cumplimiento de los requisitos señalados en este Decreto, da, sin retribución económica y a título gratuito y para fines preventivos, terapéuticos, de diagnóstico o de investigación, una porción de su sangre en forma voluntaria, libre y consciente