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by Muriel Jaramillo 2 years ago

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La Verdad

A menudo, una acción discursiva se considera falaz cuando pretende ser una buena argumentación, pero en realidad induce al error mediante un seudoargumento. La verdad y las falacias se excluyen mutuamente; donde hay falacias, no puede haber verdad.

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LA PROBABILIDAD DE LAS PROPOSICIONES REFERIDAS A LOS HECHOS DE LA CAUSA

- El juicio de verosimilitud no brinda ningún dato valioso para afirmar que algo es verdadero o falso, porque se basa únicamente en el hecho de que algo sucede normalmente, de manera continuada. - La probabilidad refiere a razones válidas para calificar una afirmación como verdadera o falsa, porque aporta elementos que informan, y por ello justifican la probable verdad o falsedad de un enunciado
No obstante, el término probabilidad es bastante ambiguo y existen diferentes conceptos sobre él:

Probabilidad lógica: la probabilidad se refiere a la estructura lógica de las inferencias (extraídas de la prueba), por medio de las cuales concluye sobre la verdad o falsedad relativa a los hechos de la causa.

Probabilidad Cuantitativa: El grado de confirmación que las pruebas atribuyen a una proposición de hecho, puede ser determinado matemáticamente y se expresaría con una cifra porcentual. No es idónea en el proceso porque no hay cuantificación matemática en las pruebas.

VERDAD, VERDADERO Y VERISIMILITUD

- Un enunciado verdadero es aquel que contiene la verdad sobre algo. - Un enunciado es verosímil cuando dicho enunciado corresponde a lo que ocurre con frecuencia, ya sean conductas o acontecimientos. Por ejemplo, es verosímil que un lunes, a las ocho de la mañana, haya tráfico en el boulevard Fuerzas Armadas, porque es algo que ocurre con frecuencia. - Para calificar un enunciado como verosímil debe poseerse un conocimiento previo. - No hay coincidencia entre verdadero y verosímil, porque para que algo sea verdadero debe ser probado, pero para que sea verosímil basta que se repita con frecuencia. Verosimilitud se relaciona con la apariencia de que un relato sobre la realidad es verdadero, pero no existen elementos de convicción que permiten justificar su existencia. Algunas figuras procesales no requieren la verdad, sino la verosimilitud, porque no exigen que algo este totalmente probado y sea calificado como verdadero en una controversia jurídica

EL CONOCIMIENTO DE LA VERDAD DEPENDE:

Del contexto en que ese conocimiento es realizado; - Del método con base en el cual se lleva a cabo la investigación, y; - De la cantidad y calidad de la información de que se disponga, la cual sirve de base a ese conocimiento - La determinación de los hechos en juicio es verdadera relativamente a la cantidad y a la calidad de las pruebas que la confirman. - Si el Juez excluye prueba relevante, entonces su decisión no puede resultar veraz. - Lo ideal es que todas las pruebas relevantes sean admitidas y reproducidas en el juicio porque: existirá una confirmación relativamente más elevada de los hechos y habrá una aproximación mayor a la reconstrucción de los hechos correspondientes a la realidad.

VERDAD ABSOLUTA VS. VERDAD RELATIVA

- El pensamiento absolutista implica que la verdad debe ser absoluta, pero que se puede lograr la verdad absoluta en el proceso. La verdad absoluta no se asequible porque es un tipo de verdad ajena al mundo de las cosas humanas. Es imposible lograr verdades absolutas dentro y fuera del proceso, incluso en la ciencia, pero sí es posible lograr verdades relativas. - Si es posible lograr la verdad alética, es decir, el criterio de la correspondencia de las proposiciones factuales a los hechos que describen. La verdad debe ser objetiva y no subjetiva, es decir, basada en las pruebas y no en las visiones particulares que un sujeto tenga sobre ella. - La verdad alética no puede ser lograda en términos absolutos, pero es la búsqueda de esa verdad la que orienta a toda la prueba, porque la decisión final debe aproximarse en la mayor medida a dicha verdad.

VERDAD Y CERTEZA

Entre verdad y certeza no hay una implicación, ni correspondencia mutua, porque:
a) una afirmación es verdadera independientemente de que una persona tenga o no certeza, esté o no convencida de lo afirmado b) una persona puede tener certeza de que una afirmación es verdadera, pero esto no deriva de esa certeza subjetiva, sino de la concordancia o no entre lo afirmado y la realidad. - La certeza es un estado psicológico, una convicción del sujeto. - En cambio, la verdad de una proposición está determinada por su correspondencia con los hechos de los que habla. - La certeza puede ser falsa, porque la certeza nace de fuentes diversas: intuiciones, deseos, sentimientos, actos de fe, opiniones de un astrólogo, spots publicitarios, propagandas políticas, etc. - La certeza también puede ser profunda, pero eso no implica que sea verdadera.

VERDAD PROCESAL O FORMAL VS. VERDAD REAL.

b) Posiciones en contra de la existencia de una verdad procesal o formal
Se concibe así porque existen normas que regulan la adquisición de las pruebas, su admisibilidad y su valor probatorio; además existe la cosa juzgada que impide la búsqueda continua e indefinida de la verdad de los hechos. - Esta concepción puede ser errónea porque los procesos son diferentes: unos son ineficientes en cuanto a la búsqueda de la verdad, pero otros favorecen la admisión de prueba relevante. - La cosa juzgada no impide la búsqueda de la verdad porque si el proceso anterior ha establecido la verdad de los hechos, entonces esa verdad es inmutable.
a) Posiciones a favor de la existencia de una verdad procesal o formal y de una verdad real.
No hay diferencia entre la verdad sobre lo acontecido en el pasado y la verdad reconstruida en el presente, pero sí hay diferencia en cuanto al resultado que se obtiene de la reconstrucción que se hace de los hechos del pasado en el proceso judicial –en el presente–, pues esos acontecimientos son irrepetibles. - Considerar solo la verdad real, no ayuda al estudio y resolución de los problemas propios de la decisión judicial, de la prueba y de la verdad en el derecho, y su impacto en la calidad de la decisión judicial y en el campo social. - Considerar solo la verdad real implica exigir al Juez que su decisión tenga la misma calidad epistémica que las ciencias naturales y exactas.

DIFICULTADES PARA OBTENER LA VERDAD EN EL PROCESO

Algunos problemas presentes en el conocimiento de la verdad de las proposiciones sobre los hechos del proceso
a) El juzgador llega a conocer los hechos de una controversia generalmente, por medio de las proposiciones que las partes, le quieren o le pueden comunicar en sus discursos orales o escritos que formulan dentro del procedimiento. b) El Juez no conoce de manera directa los hechos, sino que lo hace por medio de las proposiciones de las partes. Esto origina problemas derivados del uso del lenguaje: vicios en la redacción, errores gramaticales, falacias. c) El juez conoce los hechos controvertidos utilizando los medios probatorios, los cuales tienen capacidad limitada para restaurar los hechos. d) Los medios probatorios pueden ser tasados legalmente como simples indicios para efectos de valoración del Juez, lo que reduce su capacidad de probar la totalidad de la hipótesis de las partes. e) El juez solo conoce la verdad de los hechos en forma estructural, es decir, a través de la prueba de cada hecho en particular (indicios), que en su conjunto forman una unidad estructural probatoria. Por tanto, se sigue la vía inductiva y no la deductiva, ya que se obtienen resultados basados en deducción (prueba indirecta).

VERDAD VS FALACIAS

Una acción discursiva es falaz cuando pasa, o se quiere hacer pasar, por una buena argumentación, pero se presta o induce a error, pues en realidad se trata de un seudoargumento o de una argumentación fallida o fraudulenta. - Por tanto, la Verdad y las Falacias se excluyen mutuamente, puesto que si hay falacias no hay verdad.

ESTANDARES DE LA PRUEBA

Con la prueba puede ocurrir:
estándares sobre el grado de confirmación probatoria

b) Estándar racional de la prueba: llamada probabilidad preponderante. Frente a una hipótesis factual que tiene un cierto grado de confirmación probatoria, dicha hipótesis debe preferirse si tiene un grado de confirmación probatoria más elevado de aquél de la hipótesis contraria que haya sido formulada.

Subtopic

a) Estándar legal de la prueba: En el juicio se deben haber recibido las pruebas que confirman en forma elevada la proposición factual.

CONCEPCIONES DE LA VERDAD EN EL PROCESO

c) Concepción de la verdad como consenso.
- Según esta concepción, sería verdadero aquello en lo que nos encontramos de acuerdo. - Se aplica esta concepción cuando el no cuestionamiento de un hecho elimina la necesidad de dar su prueba. (Hechos no controvertidos). - La eliminación de prueba por no controversia del hecho tiene relación con la economía procesal, pero no con la búsqueda de la verdad. - Que el juez tome un hecho como “verdadero” porque no ha sido cuestionado y por tanto no necesita ser probado, implica que no se busca la verdad de ese hecho.
b) Concepción de la Verdad como Coherencia.
La verdad de una proposición consistiría en la coherencia de esta proposición con el contexto del que forma parte - En el proceso entonces tiene que existir coherencia narrativa de la descripción referida a los hechos de la causa, culminando con la narración que el Juez elabora. - No es posible considerar que el único criterio de elección de la decisión final de los hechos esté constituido por la coherencia de la una o de la otra entre las tantas narraciones posibles.- Una narración coherente puede ser falsa.
a) Concepción Realista de la Verdad:
Se considera la verdad como correspondencia de las proposiciones relativas a los hechos de la causa con la realidad empírica de tales hechos. - Es la realidad la que decide la verdad del conocimiento. - El problema fundamental del proceso es el de establecer aquello que ha realmente ocurrido en la realidad a propósito de hechos relevantes del caso.

CONCEPCIONES VERIFÓBICAS DEL PROCESO

Se excluye la verdad entre los fines al que debe estar orientado el proceso.
Se conciben dos modelos procesales que excluyen la verdad como fin del proceso:

Teoría estándar el proceso adversarial. Teoría del proceso como un ritual.

los jueces están sujetos solamente a la ley, ello implica:

a) deben aplicar correctamente las normas de derecho que operan como criterios de decisión en cada caso. b) El fin del proceso es resolver una controversia resuelta con una decisión justa y fundada en la correcta aplicación de la norma que regula el caso. No es justa una resolución que decide una controversia violando la ley o aplicando una norma de manera inválida. c)De la definición de un hecho en término general, depende la posibilidad de aplicar la norma a un caso particular.d) Se debe verificar un hecho para que la norma sea aplicada. e) La norma es correctamente aplicada, si y solo sí se ha determinado la verdad de una proposición o conjunto de proposiciones. f) La determinación de la verdad del hecho jurídicamente relevante es condición necesaria para la aplicación de la norma.

LA VERIFOBIA

Son todas aquellas actitudes que son contrarias a cualquier discurso que reconozca significado y valor a la verdad.
La Verdad se niega por:

a) Razones Teóricas: b) Razones Ideológicas c) Razones Técnicas.

¿QUÉ ES LA VERDAD?

Es un concepto abstracto de difícil definición, siendo el resultado de acciones humanas de tipo intelectual, práctico y valorativo.
Existen diferentes problemas sobre la verdad

a) la multiplicidad de sus conceptos; b) la formulación de los criterios para determinarla; c) su tipología; el lugar que ocupa la teoría de la verdad en la filosofía; d) los distintos tipos de teorías y, e) la posibilidad del ser humano de conocerla desde directrices de carácter cuantitativo y cualitativo

Fines que persigue el derecho procesal.

Determinar la verdad es un proceso complejo que implica una serie de factores como ser:
la voluntad del juez, la creencia de que algo es verdadero, el conocimiento de algo (hechos o intenciones), las limitaciones de tipo normativo para imponer el propio derecho a sus operadores (presunciones jure et de jure, plazos, principios jurídicos, etc.), la imposibilidad de reconstruir los hechos como acontecieron en el pasado.

Epistemología

Es una rama de la filosofía que examina los fundamentos en los que se apoya la creación de conocimiento
La epistemología subjetivista reconoce que la objetividad del conocimiento se basa en la capacidad pensante del ser humano y en los juicios de valor que realiza, por lo que lo verdadero es el producto de lo probado en el proceso.
Epistemología objetivista acepta que la objetividad de pensamiento descansa en la correspondencia o adecuación a un mundo independiente.