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by alexandra claros 5 years ago

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legislacion ambiental

Diversos instrumentos internacionales se han desarrollado para abordar la protección ambiental y la sostenibilidad global. El Convenio sobre la Diversidad Biológica se centra en la conservación de la diversidad, el uso sostenible de sus componentes y la distribución justa de los beneficios derivados de los recursos genéticos.

legislacion ambiental

Principales instrumentos internacionales de protección Ambiental

Protocolo de cartagena

El objetivo principal del protocolo de bioseguridad es garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transparencia , manipulación y utilización seguras de los organizamos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que pueden tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica , teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana , centrándose concreta mente en los movimientos transferiros .

Convenio de viena

El convenio de viena de complementa con el tratado de monte real , el cual tiene establecidas medidas de control y planes para la reducción en el consumo y producción de las sustancias agotadoras del ozono. Su objetivo principal es reducir el consumo de sustanciosas agota doras del ozono (SAO), de acordados en el marco del protocolo .

Convenio diversidad biológica

Los objetivos del convenio diversidad biológica son la conservación de la diversidad , el uso sostenible de sus componentes y la particionero justa y equitativa de los beneficios resultantes de la utilización de los recursos genéticos

Convenio protocolo de kioto

Un objetivo importante de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC), es la estabilización de las concentraciones de los gases de efecto invernadero en la atmósfera, a un nivel que no implique una interferencia peligrosa con el sistema climático, y que permita un desarrollo sostenible. Como las actividades relacionadas con la energía (procesado, transformación, consumo...) representan el 80% de las emisiones de CO2 a escala mundial, la energía es clave en el cambio climático. Dentro de la Convención Marco UNFCCC se ha desarrollado el Protocolo de Kioto.
Entre las actividades a las que se exige que reduzcan sus emisiones, se encuentran la generación de electricidad, el refino de hidrocarburos, las coquerías, la calcinación o sinterización de minerales metálicos, la producción de arrabio o de acero, la fabricación de cemento y cal, la fabricación de vidrio, la fabricación de productos cerámicos y la fabricación de papel y cartón. Sin embargo, no se encuentran reguladas por el Protocolo las emisiones procedentes del sector del transporte y del sector residencial, que son considerados como sectores difusos.

Convenio de Basilea

• Protocolo sobre Responsabilidad e Indemnización por Daños Resultantes de los Movimientos Transfronterizos, de Desechos Peligrosos y su eliminación. Las Partes prohibirán o no permitirán la exportación de desechos. • las partes prohibirán o no permitirán la exportación de desechos Peligrosos y otros desechos si el Estado de importación no da su consentimiento por escrito a la importación de que se trate, siempre que dicho Estado de importación no haya prohibido la importación de tales desechos.
Cada Parte tomará las medidas apropiadas para: a) Reducir al mínimo la generación de desechos peligrosos y otros desechos en ella, teniendo en cuenta los aspectos sociales, tecnológicos y económicos; b) Establecer instalaciones adecuadas de eliminación para el manejo ambientalmente racional de los desechos peligrosos y otros desechos, cualquiera que sea el lugar donde se efectúa su eliminación que, en la medida de lo posible, estará situado dentro de ella; c) Velar por que las personas que participen en el manejo de los desechos peligrosos y otros desechos dentro de ella adopten las medidas necesarias para impedir que ese manejo dé lugar a una contaminación y, en caso de que se produzca ésta, para reducir al mínimo sus consecuencias sobre la salud humana y el medio ambiente; d) Velar por que el movimiento transfronterizo de los desechos peligrosos y otros desechos se reduzca al mínimo compatible con un manejo ambientalmente racional y eficiente de esos desechos, y que se lleve a cabo de forma que se protejan la salud humana y el medio ambiente de los efectos nocivos que puedan derivarse de ese movimiento