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by Angela Melo 1 year ago

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LEGISLACION RELACIONADA A LA GERENCIA DE LA CALIDAD EN SALUD

La legislación relacionada con la gerencia de la calidad en salud se centra en el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

LEGISLACION RELACIONADA A LA GERENCIA  DE LA CALIDAD EN SALUD

COMPONENTES DEL SOGCS

SISTEMA DE INFORMACION PARA LA CALIDAD

RESOLUCION 256 DE 2016

FINALIDAD

Ofrecer insumos para la referenciación por calidad entre los diferentes actores del mismo.

Promover acciones de mejoramiento atendiendo al principio de eficiencia del sistema de información para la calidad contemplado en el artículo 47 del decreto 1011 de 2006 y las normas que la modifiquen adicionen o sustituyan.

Contribuir con la medición del desempeño y resultados de los agentes del sistema general de seguridad social en salud para facilitar la toma de decisiones y suministrar a los ciudadanos información con la cual puede ejercer el derecho a la libre elección

Gestionar el conocimiento y asegurar la implementación efectiva de intervenciones y estrategias para el logro de los resultados en salud

Fomentar un adecuado uso y aprovechamiento de la información para el mejoramiento de la calidad en salud.

Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud

eficiencia
participacion
validez y confiabilidad
Focalizacion
sencilles
OBJETIVO
referenciar
orientar
monitorear
Se dictan otras disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y establecer los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud y el enfoque al mejoramiento de la calidad en salud que impacte en el usuario como finalidad primordial de los diferentes componentes de dicho Sistema.

SISTEMA UNICO DE ACREDITACION

NORMATIVIDAD
Res 5095 del 19 noviembre de 2018
Res 3960 de 2008 Res 3960
Res 2082 de 2014- operatividad del sistema único de acreditación en salud
Decreto 0903 de 2014- sistema único de acreditación en salud
Res 0123 de 2012 Por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución 1445 de 2006

se adoptan los manuales estandares

Manual de Acreditación en Salud Ambulatorio y Hospitalario.

Manuales de Estándares de Acreditación para as Instituciones que ofrecen servicios de Habilitación y Rehabilitación.

Manuales de Estándares de Acreditación para as Instituciones que ofrecen servicios de Imaginología.

Manuales de Estándares de Acreditación para los Laboratorios Clínicos.

Manuales de Estándares de Acreditación para Entidades Administradoras de Planes de Beneficios- EAPB.

PRINCIPIOS
Gradualidad
Eficiencia
Confidencialidad
Es el conjunto de entidades, estándares, actividades de apoyo y procedimientos de autoevaluación, mejoramiento y evaluación externa, destinados a demostrar, evaluar y comprobar el cumplimiento de niveles superiores de calidad por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las EAPB y las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales que voluntariamente decidan acogerse a este proceso.

AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD

Circular 012 de 2016

Realizar adiciones, eliminaciones y modificaciones a la Circular 047 de 2007 (Circular Única) en lo relacionado con el programa de auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud (PAMEC) y el sistema de información para la calidad.

TIPOS DE ACCIONES
Coyunturales
Seguimiento
Preventivas
NIVELES DE OPERACION
Auditoria Externa
Auditoria Interna
Autocontrol
Implica
La adopción por parte de las instituciones de medidas tendientes a corregir las desviaciones detectadas con respecto a los parámetros previamente establecidos y a mantener las condiciones de mejora realizadas.
La comparación entre la calidad observada y la calidad esperada, la cual debe estar previamente definida mediante guías y normas técnicas, científicas y administrativas
La realización de actividades de evaluación, seguimiento y mejoramiento de procesos definidos como prioritarios.

SISTEMA UNICO DE HABILITACION

NORMATIVIDAD
Resolución 3100 De 25 de noviembre de 2019

Capacidad Tecnológica y Científica

Las condiciones tecnológicas y científicas tienen como misión proteger y dar seguridad a los usuarios, al garantizar el cumplimiento de unos criterios mínimos, para el funcionamiento de los servicios que cualquier tipo de prestador de servicios de salud habilite, a partir de los estándares de habilitación.

Suficiencia Patrimonial y Financiera

Cumplimiento de condiciones que posibilitan: • Estabilidad financiera de la IPS en el mediano plazo. • Su Competitividad dentro del área de influencia. • Liquidez y cumplimiento de sus obligaciones de corto plazo.

Capacidad Técnico-Administrativa.

Cumplimiento de los requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación legal, de acuerdo con su naturaleza jurídica.

Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las EAPB.

CAMPO DE APLICACION

CARACTERISTICAS DEL SOGC

Continuidad
Pertinencia
Seguridad
Accesibilidad
Oportunidad

Entidades departamentales, distritales y municipales

EAPB

ips

ENTIDADES RESPONSABLES DEL FUNCIONAMIENTO DEL SOGC

ENTIDADES MUNICIPALES DE SALUD

ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

MINISTERIO DE PROTECCION SOCILA

Resumen

LEGISLACION RELACIONADA GERENCIA DE LA CALIDAD EN SALUD

DECRETO 1011/206

Por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud