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by Isaac Barajas 5 years ago

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Ley sobre la aprobación de tratados en materia económica

La ley sobre la aprobación de tratados en materia económica establece varios objetivos específicos y generales para guiar la política comercial y económica del país. Entre los objetivos específicos se incluye la eliminación de obstáculos innecesarios al comercio, la garantía de imparcialidad en la resolución de controversias, y asegurar la equidad y el debido proceso para todas las partes involucradas.

Ley sobre la aprobación de tratados en materia económica

Ley sobre la aprobación de tratados en materia económica

Procedimientos de información sobre la celebración de tratados

Artículo 9. Para la aprobación de algún tratado ya firmado deberá someterse al Senado junto con los siguientes documentos:
VI. Las reservas que los países miembros del tratado establecieron y las razones.
V. La manera en que el tratado cumple con los intereses de México.
IV. La forma en que se cumplirán los objetivos que correspondan conforme al tratado firmado.
III. Los rubros que México concedió durante la negociación.
II. Una explicación de cómo la aprobación del tratado afectará las leyes y reglamentos de México.
I. Un escrito con todas las acciones administrativas para aplicar los objetivos que correspondan conforme al tratado de que se trate.
Artículo 7. El Senado de la República con base en la información a que se refiere el artículo anterior emitirá si lo considera necesario, un Punto de Acuerdo, relativo al contenido del informe.
Artículo 6
incluyendo:

IV. Las normas legales y administrativas que tendrían que modificarse de acuerdo con el tratado.

III. Los compromisos de la negociación.

II. Los alcances de la negociación.

I. Los beneficios que se obtuvieron en la negociación.

Con base en la información sobre el avance de las negociaciones las comisiones deberán requerir a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la Administración Pública Federal que represente a México en las negociaciones, con la anticipación necesaria a la fecha determinada para la firma del tratado correspondiente, un informe sobre el resultado final completo de las negociaciones, y sobre la forma en que se atendieron los objetivos de esta ley.
Artículo 5
Al inicio de cada periodo ordinario de sesiones, el Senado requerirá un informe a las Secretarías de Estado y a cualquier organismo de la administración públicaque represente a México sobre el inicio de negociaciones formales de un tratado.
En el informe se incluye:
III. Un programa inicial del proceso de negociación calendarizado.
II. Los beneficios y ventajas que se espera obtener y la expectativa de cumplir con los objetivos de esta ley que correspondan conforme al tratado que se pretende celebrar.
I. Las razones para negociar así como las consecuencias de no hacerlo.

Objetivos particulares

VII. Los demás objetivos que correspondan a la naturaleza del tratado.
VI. Prever que las normas de los tratados consideren las asimetrías, diferencias y desequilibrios así como las medidas correspondientes para compensarlas.
V. Impulsar la eliminación o reducción de obstáculos innecesarios al comercio que sean incompatibles con la ley y con los compromisos internacionales;
IV. Impulsar el fomento y la protección recíproca de las inversiones y las transferencias de tecnología, generación, difusión y aplicación de los conocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional;
III. Fomentar el respeto de los derechos de propiedad intelectual;
II. En materia de prácticas desleales de comercio exterior:
b) Prever y promover mecanismos para contrarrestar los efectos de las prácticas desleales de comercio de los países con los que se contrate;
a) Fomentar la libre concurrencia y buscar las sanas prácticas de competencia.
I. En materia de solución de controversias:
c) Garantizar que la composición de los órganos de decisión aseguren su imparcialidad;
b) Asegurar a las partes la garantía de audiencia y el debido ejercicio de sus defensas, y
a) Otorgar a los mexicanos y extranjeros que sean parte en la controversia el mismo trato conforme al principio de reciprocidad internacional;

Objetivos generales

VI. Promover la transparencia en las relaciones comerciales internacionales y el pleno respeto a los principios de política exterior de la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
V. Fomentar la integración de la economía mexicana con la internacional y contribuir a la elevación de la competitividad el país
IV. Contribuir a la diversificación de mercados;
III. Promover el acceso de los productos mexicanos a los mercados internacionales;
II. Propiciar el aprovechamiento de los recursos productivos del país;
I. Contribuir a mejorar la calidad de vida y el nivel de bienestar de la población mexicana;