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by Marisol Perez Limon 3 years ago

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Normatividad en el trabajo

Las horas extras en el trabajo se refieren al tiempo adicional que un empleado trabaja más allá de su jornada laboral regular. Estas horas no deben superar las tres diarias y seis días a la semana, con una remuneración doble para las primeras nueve horas extras y triple para las horas adicionales.

Normatividad en el trabajo

Normatividad en el trabajo

Salario mínimo

Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo (ART. 90 L.F.T).

Jornada extra

Son las cantidades de tiempo adicionales que un trabajador realiza sobre su jornada de trabajo

Jornada extra. Primeras 9 horas doble y mas de 9 al triple

El trabajador no podrá exceder Mas de 3 horas diarias 6 días a la semana ni mas de tres días 6 días a la semana

Salario

Tipos de salario
Por comisión

Consiste en que el trabajador recibe un porcentaje sobre cada una de las operaciones que realiza para la empresa a la que presta sus servicios. Por ejemplo, el pago a los agentes de seguros, vendedores, etc.

Por unidad de obra o destajo

Se calcula en razón de las unidades realizadas. La naturaleza de las unidades que se toman como base son de una gran diversidad: Metros de soldadura, piezas, medidas, kilómetros recorridos.

Por unidad de tiempo.

El salario se calcula teniendo en cuenta el lapso de tiempo empleado en el trabajo: hora, día, semana, quincena o mes. Es el sistema de pago más usual o común.

Deducciones

Todas las cantidades que disminuyen el salario

Seguro social

Caja de ahorro

Abonos al INFONAVIT

Todas las cantidades que aumentan el salario

Ejemplo

Horas extras

Bonos

Integración
Cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo
Prestaciones en especie
Comisiones
Primas
Habitacion
Percepciones
Gratificaciones
Cuota diaria
El Salario, es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo (Art. 82).

Sujetos que lo conforman

Los sujetos de la relación de trabajo son el patrón y el trabajador, y dicha relación se formaliza a través de los derechos y las obligaciones que se estipulan en el contrato individual de trabajo.

Jornadas

Diurna. 6 alas 20pm
Nocturna. 20 a 6am
Mixta. De la dos

Patrón-Trabajador

Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

Capacitación.

El patrón se obliga y el trabajador acepta ser capacitado o adiestrado conforme a los planes y programas establecidos o que establezca el patrón.

Aguinaldo

Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre equivalente a 15 días de salario por lo menos. Cuando no se hubiere cumplido con el año de servicio, se le pagara al trabajador de manera proporcional por el tiempo laborado.

Días de descanso obligatorio

el día de la jornada electoral, federal y local, con pago íntegro del salario.
el 25 de Diciembre
el 1º de Diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal
el 20 de Noviembre
el 16 de Septiembre
el 1º de Mayo
el 21 de Marzo
el 5 de Febrero
1º de Enero

Vacaciones

¿Qué son?
Es el período de descanso legalmente reconocido a los funcionarios, empleados y obreros.

Relación de trabajo.

Duracion.
De acuerdo con el articulo 35 con la ley federal de trabajo, este señala que pueden ser:

Por estar sujeto a prueba o capacitación inicial

Por tiempo indeterminado.

Por obra o tiempo determinado.

¿Qué es?
Acto que le a origen a la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.