CÓDIGO ÉTICO MUNDIAL DEL TURISMO
Es un conjunto omnicomprensivo de principios concebido para orientar a los principales actores del desarrollo del turismo.
Su objetivo:
Es ayudar a ampliar los servicios de este sector minimizando así las diferentes consecuencias posibles para el daño del medio ambiente y de los patrimonios culturales.
Fue aprobado en 1999 por la Asamblea General de la OMT,
el reconocimiento fue dado dos años después por las Naciones
Unidas.
Aunque el Código no es jurídicamente vinculante, este incorpora un mecanismo de aplicación voluntaria a través de su reconocimiento del papel del Comité Mundial de Ética del Turismo, siendo así que puedan remitir cualquier cuestión relativa a la aplicación e interpretación del documento.
Cuenta con diez principios que cumplen ampliamente
los componentes economicos, sociales, culturales y ambientales para los viajes y turismo:
Artículo 10: Aplicación de los principios del Código Ético Mundial para el Turismo
Artículo 9: Derechos de los trabajadores y de los empresarios del sector turístico
Artículo 8: Libertad de desplazamiento turístico
Artículo 7: Derecho al turismo
Artículo 6: Obligaciones de los agentes del desarrollo turístico
Artículo 5: El turismo, actividad beneficiosa para los países y las comunidades de destino
Artículo 4: El turismo, factor de aprovechamiento y enriquecimiento del patrimonio cultural de la humanidad
Artículo 3: El turismo, factor de desarrollo sostenible
Artículo 2: El turismo, instrumento de desarrollo personal y colectivo
Artículo 1: Contribución del turismo al entendimiento y al respeto mutuos entre hombres y sociedades
Se encuentra dirigido:
Al gobierno, empresas del sector turístico
al igual que para los turistas.