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by TATIANA MONTOYA GALVIS 4 years ago

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Organigrama

El fenómeno de la tercerización se ha vuelto una característica destacada en el mundo laboral actual, donde las empresas externalizan servicios que antes realizaban internamente para minimizar riesgos y reducir costos.

Organigrama

"CAMBIOS EN EL MUNDO DEL TRABAJO"

DESLABORIZACIÓN

consiste en plantear relaciones de trabajo o subordinación no regidas por las normas laborales que se consolidaron en el siglo XX
La contratación por servicios, los contratos de asociación y el cuentapropismo, entre otros, son fenómenos asociados a la vinculación de personal fuera del margen de los derechos del trabajo.

Dignidad Humana

Toda persona necesita del trabajo para reafirmar su dignidad, y esto convierte al trabajo en un derecho. ... Para que dignifique al ser humano, el trabajo debe realizarse en condiciones de libertad, creatividad, participación y solidaridad

TERCERIZACIÓN

es un fenómeno propio de la producción flexible, consistente en la contratación externalizada de servicios que en otrora podría proveer la misma unidad beneficiaria, pero que se han dislocado de la unidad beneficiaria, para externalizar los riesgos en unidades productivas independientes y más pequeñas.
fenómenos que a veces se utilizan indistintamente, pero que en esencia tienen diferencias.

outsourcing: está asociada a la externalización de actividades que antes realizaba la misma empresa y que ahora las realiza mediante la contratación de servicios con un tercero

subcontratación: se refiere a la vinculación de personal, al servicio de la empresa beneficiaria pero vinculados contractualmente con un tercero, que asume la respectiva carga laboral.

subcontratado: son en términos generales, precarias, en cuanto, por esa vía se ha dislocado la relación directa entre los trabajadores y el verdadero beneficiario de los servicios que éstos prestan, pues dicho beneficiario aparece más difuso en tanto más intermediada esté la relación entre el primero y el segundo.

PRECARIZACIÓN

se convirtió en la herramienta más importante para asegurar ganancias aún en etapas de recesión económica a partir de la contención de gran parte del personal que no cuenta con las condiciones de estabilidad de los trabajadores clásicos
la clase social surgida de esta nueva realidad global, Gay Standing (2011), le ha dado el nombre de precariado

según este autor, el precariado es una nueva clase social emergente, que surge de las relaciones flexibles de producción, que no cuenta con las condiciones conquistadas por los movimientos obreros en los modelos fordista y taylorista -o que fueron promovidos por el Estado de Bienestar-, y que asumen por cuenta propia los riesgos de su trabajo.

TRABAJO

Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo
de acuerdo con los criterios internacionales y constitucionales precipitados, puede afirmarse que el derecho del trabajo es un derecho complejo.

el trabajo tiene un conjunto de derechos los cuales son

(dignidad, remuneración, higiene y seguridad, derecho de ascenso, igualdad, estabilidad, solidaridad, derecho de asociación y negociación colectiva).