Categories: All - recuperación - voluntarios - coordinación - donaciones

by Valeria Padilla 3 years ago

281

Organigrama arbol

El reglamento de la ley general de protección civil establece directrices para asegurar el correcto funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Civil, coordinando labores en beneficio de la población y su entorno.

Organigrama arbol

Reglamento de la ley general de protección civil.

Capítulo IV Del Consejo Nacional de Protección Civil

Capítulo VIII De la Profesionalización de la Protección Civil
Capítulo XII De los Instrumentos Financieros de Gestión de Riesgos

Capítulo XVI De los particulares

Menciona la forma en la que deben integrarse los programas de protección civil con los particulares, personas físicas y morales.

Es la gestión de recursos al momento de identificar o sufrir un desastre en la población.

Habla sobre la profesionalización de los integrantes del Sistema Nacional y su propósito.
Explica la integración y coordinación del Consejo nacional de protección civil, así como cada una de sus atribuciones.

Capítulo III Del Sistema Nacional de Protección Civil

Capítulo VII De la Cultura de Protección Civil
Capítulo XI De la Red Nacional de Brigadistas Comunitarios

Capítulo XV De las Medidas de Seguridad

Son acciones que en caso de riesgo inminente, se ejecutarán a fin de proteger la vida de la población.También regularán los medios, formalidades y demás requisitos para acceder y hacer uso de los recursos financieros tendientes a la prevención y atención de desastres naturales.

Es una estructura organizada y formada por voluntarios con el fin de capacitarse y trabajar coordinadamente con las autoridades de protección civil para enfrentar en su entorno riesgos causados por los diversos agentes perturbadores.

Menciona recomendaciones para inculcar, fomentar y hacer conciencia en cada población la cultura de Protección Civil.
Describe las funciones del Sistema Nacional de Protección Civil, así como la forma en la que se encuentra organizada para su buen desempeño.

Capítulo II De la Protección Civil

Establece el como el Ejecutivo Federal en materia de protección civil debe asegurar el correcto funcionamiento del Sistema Nacional y dictar los lineamientos generales para coordinar las labores de protección civil en beneficio de la población, sus bienes y entorno.
Capítulo VI De los Programas de Protección Civil

Capítulo X De los Grupos Voluntarios

Capítulo XIV De las Donaciones para Auxiliar a la Población

Capítulo XVIII De la Atención a la Población Rural Afectada por Contingencias Climatológicas

Habla de los responsables de la recuperación de zonas rurales afectadas por contingencias climatológicas, así como de lo que deben cumplir los encargados de ello.

Explica quienes expresaran las bases, lineamientos, del destino de las donaciones que se hacen reciben durante o antes de que suceda un siniestro o desastre.

Habla de las funciones y conformación de los grupos voluntarios y de sus derechos y obligaciones.

Describe las funciones, la organización y la conformación de los Programas de Protección Civil.

Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo V Del Comité Nacional de Emergencias
Capítulo IX De la Escuela Nacional de Protección Civil, Capacitación, Acreditación y Certificación

Capítulo XIII Del Fondo de Protección Civil

Cada entidad federativa creará y administrará un Fondo Estatal de Protección Civil, cuya finalidad será la de promover la capacitación, equipamiento y sistematización de las Unidades de Protección Civil de las entidades federativas, municipios y delegaciones.

Capítulo XVII De la Detección de Zonas de Riesgo

Menciona que el Gobierno Federal, con la participación de las entidades federativas y el Gobierno del Distrito Federal, deberán buscar concentrar la información climatológica, geológica y meteorológica de que se disponga a nivel nacional, con el fin de detectar zonas de riesgo.

Menciona las funciones, operación, organización y operación de la Escuela nacional de Protección Civil e igual describe por quienes esta orientada.

Describe como y que conforma el Comité nacional de emergencias.
Establece acciones de coordinación entre los tres órdenes de gobierno en materia de protección civil. Y presenta definiciones de conceptos empleados en materia de Protección Civil.