En México, la prevención de riesgos ocupacionales es fundamental y está respaldada por 41 Normas Oficiales Mexicanas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Estas normas están clasificadas en cinco categorías:
primeros auxilios, lucha contra incendios, evacuación, riesgo grave o inminente
• Cuando tengan a su servicio más de trescientos trabajadores, instalar un hospital, con el personal médico y auxiliar necesario;
• Mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y el material de curación necesarios para primeros auxilios y adiestrar personal para que los preste;
• Contar con un plan de atención a emergencias de incendio;
Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo.
El empresario estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud.
Derechos y deberes de los trabajadores
artículo 8
Derechos y deberes del empresario
artículo 7
En México, los principales organismos del país cuyas funciones guardan relación directa con la Seguridad y Salud en el trabajo
Dirección General de Inspección Federal del Trabajo
Asociación Interdisciplinaria de Salud Ocupacional e Higiene (AISOHMEX
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
Secretaría de Salud
Secretaria de Trabajo y Previsión Social
se encuentran vigentes 41 Normas Oficiales Mexicanas en materia de Seguridad y Salud en el trabajo.
se agrupan en cinco categorías: de seguridad, salud, organización, específicas y de producto.
busca promover la mejora de la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo, mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para prevenir los riesgos derivados de las condiciones del trabajo,